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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2003 (17/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 6

PÆg. 248268 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de julio de 2003 AGRICULTURA Aprueban nuevo Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 0496 - Estación Experimental Andenes Cusco, del Pliego 163 - INIA,para el ejercicio presupuestal 2003 ESTACIÓN EXPERIMENTAL ANDENES - CUSCO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 022-2003-AG-INIA-EEA-C/D Cusco, 11 de julio del 2003 VISTO:El Oficio Nº 174-2003-AG-INIA-EEA-ADM/LOG del Responsable del Área de Logística, mediante el cual pro-pone el nuevo Plan Anual de Adquisiciones y Contra-taciones para la Unidad Ejecutora 0496 - Estación Expe-rimental Andenes Cusco, del pliego 163 - Instituto Na-cional de Investigación Agraria - INIA, Ejercicio Presu-puestal 2003; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento al artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la Esta-ción Experimental Andenes del Instituto Nacional de In-vestigación Agraria - INIA, ha elaborado el nuevo PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejerciciopresupuestal 2003, en el que se prevé los bienes y servi-cios que requerirán durante dicho ejercicio y el monto desu presupuesto; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 071-2003-INIA, del 20-3-03 y Resolución Jefatural Nº 077-2003-INIA del28-3-03; donde se incrementa y/o modifica el PresupuestoInstitucional para el año 2003; Que, el artículo 6º del Reglamento de la referida Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM esta-blece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacionesdebe contener las Licitaciones Públicas, Concursos Pú-blicos y Adjudicaciones Directas que se realizarán en elaño fiscal; Que, la Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003, señala en el artículo 32ºlos montos que determinan los procesos de selección paraefectuar las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos yAdjudicaciones Directas; De conformidad con el artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado por elDecreto Supremo Nº 020-2003-AG y con las visacionesde las Oficinas de Administración, Logística y AsesoríaLegal; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Di- rectoral Nº 007-2003-INIA-EEA-C/D, de fecha 4-2-03, porla cual se propone aprobar el Plan Anual de Adquisicionesy Contrataciones de la Estación Experimental AndenesCusco, del Pliego 163 - Instituto Nacional de Investiga-ción Agraria - INIA, al haber sido modificado y/o incre-mentado el Presupuesto Institucional Inicial del año 2003. Artículo Segundo.- Aprobar el nuevo Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 0496- Estación Experimental Andenes Cusco, del Pliego 163 -Instituto Nacional de Investigación Agraria - INIA, para elEjercicio Presupuestal 2003, contenido en el Anexo queforma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los (10) primerosdías hábiles siguientes a su emisión; asimismo, que en igualplazo se remita el nuevo Plan, al Consejo Superior de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE. Artículo Cuarto.- Determinar que el nuevo Plan apro- bado sea puesto a disposición de los interesados en el Áreade Logística, sito en la avenida Micaela Bastidas Nº 310-314 del distrito de Wanchaq - Cusco. Artículo Quinto.- Disponer que se remita copia del nuevo Plan a la Comisión de Promoción de la Pequeña yMicro Empresa - PROMPYME por el medio de comunica-ción más rápido y en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles a partir de su aprobación. Regístrese y comuníquese. EYLA C. VELASCO URQUIZO Directora 13339 MINCETUR Autorizan inscripción y registro de me- morias de sólo lectura solicitadas porla empresa Atronic International GMBH RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 449-2003-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 10 de julio de 2003 Visto, el Expediente Nº 000696-2003-MINCETUR, de fecha 19.6.2003, presentado por la empresa Atronic Inter-national GMBH, en el que solicita autorización y registro dememorias de sólo lectura; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, estable-ciéndose en el artículo 11º que los programas de juegocuya explotación es permitida en el país son aquellos quecuentan con autorización y registro; Que, el artículo 18º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR,establece la información y documentación que deben pre-sentar los interesados en obtener la autorización y registrode las memorias de sólo lectura que integran los progra-mas de juego de las máquinas tragamonedas; Que, por su parte, el artículo 21º del citado Reglamento señala que los modelos de máquinas tragamonedas y lasmemorias de sólo lectura de los programas de juego debe-rán someterse con anterioridad a su autorización y registro,a un examen técnico ante una Entidad Autorizada, la cualexpedirá un Certificado de Cumplimiento que acreditará queel modelo o las memorias que componen el programa dejuego, según sea el caso, cumplen con los requisitos esta-blecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluación del Certificado de Cumpli- miento Nº 200306-28 de fecha 10.6.2003 expedido por elLaboratorio de Certificación de la Pontificia Universidad Ca-tólica del Perú, así como de las memorias de sólo lectura, seadvierte que las mismas cumplen con lo dispuesto en el ar-tículo 18º del Decreto Supremo Nº 09-2002-MINCETUR,registrando los programas principales y de personalidad unporcentaje de retorno al público no menor del 85%; Que, de acuerdo con lo establecido en el primer párrafo del artículo 18º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MIN-CETUR, sólo podrán ser materia de Autorización y Regis-tro las memorias de sólo lectura que contengan los progra-mas principales y de personalidad; De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Supre- mo Nº 009-2002-MINCETUR y el Procedimiento Nº 06 delT.U.P.A. del MITINCI aprobado mediante Decreto SupremoNº 009-2003-MINCETUR, estando a lo opinado en los In-formes Técnico Nº 048-2003-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR-JYM y Legal Nº 379-2003-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la inscripción y registro de dos (2) memorias de sólo lectura solicitadas por la empresa AtronicInternational GMBH, fabricadas por la misma empresa soli-citante (Alemania), según el siguiente detalle: Nº Registro Código de Memoria 1 A0004751 0_-PHAN01-ACBAA-CB- STD (U2) 2 A0004752 PHAN02-A-ZB-STD_-5-XX-XX- AXX (U6) Regístrese, comuníquese y publíquese MIGUEL ANTONIO ZAMORA S. Director Nacional de Turismo 13348