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PÆg. 248270 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de julio de 2003 Que, el artículo 13º del citado Reglamento, establece que son miembros del Comité de Coordinación Multisec-torial, los directores, jefes de las oficinas responsables decooperación de los Ministerios o quienes hagan sus veces,los que serán designados por Resolución del titular de laentidad; y, De conformidad con el artículo 3º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Capitán de Fragata, Ja- vier Bravo de Rueda Delgado, como representante del Mi-nisterio de Defensa ante el Comité de Coordinación Multi-sectorial de la Agencia Peruana de Cooperación Interna-cional - APCI. Regístrese, comuníquese y publíquese.AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 13426 Declaran infundada apelación contra buena pro otorgada a Gester Perœ S.A.C.en proceso de adjudicación de menorcuantía para adquisición de dupli-cadora digital RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1120-DE/FAP Lima, 10 de julio de 2003 VISTO: El Oficio V-67-COFA-SACFA Nº 0330 del 24.junio.2003 de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perúque pone en conocimiento el Recurso Impugnativo de Ape-lación interpuesto por la empresa Sistemas de Codifica-ción S.A. -SISCODE S.A.- contra la Buena Pro otorgada ala empresa Gester Perú S.A.C., en el proceso de selecciónde Adjudicación de Menor Cuantía AMC-Nº 0036-2003-EOFAP, convocada por la Escuela de Oficiales de la Fuer-za Aérea del Perú para la adquisición de "Una DuplicadoraDigital con capacidad de impresión a color"; CONSIDERANDO: Que, mediante escrito de fecha 9.junio.2003, la empre- sa Sistemas de Codificación S.A. -SISCODE S.A.- interpu-so Recurso Impugnativo de Apelación ante el Comité Es-pecial Permanente de la Escuela de Oficiales de la FuerzaAérea del Perú por no encontrarse de acuerdo con el otor-gamiento de la Buena Pro en el proceso de selección deAdjudicación de Menor Cuantía AMC-Nº 0036-2003-EOFAP,convocada para la adquisición de "Una Duplicadora Digitalcon capacidad de impresión a color"; Que, con fecha 13.junio.2003, la empresa SISCODE S.A. subsana la omisión de los requisitos de admisibilidad esta-blecidos en los incisos 2) y 10) del artículo 168º del Regla-mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado con el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, indicando que las especificaciones técnicas solicita-das favorecen a una marca y modelo en particular, para locual acompañan un cuadro con el cual demuestran que noexiste uniformidad en los equipos de duplicado digital, queparticipó en el proceso de selección convocado en razónque en las Bases no se indicaban las características solici-tadas eran mínimas, y que el Comité Especial de la Escue-la de Oficiales de la Fuerza Aérea del Perú al efectuar elCuadro de Evaluación Técnica y puntaje asignado la perju-dica en vista de que ofertó 3 años de garantía sin límite decopias y no 2 años y/o 500,000 copias; que el modelo ofer-tado tiene más rangos de velocidad de 60 a 130 cpm; queel Comité Especial no consideró el servicio de manteni-miento preventivo y de limpieza gratuito y de por vida por lacompra de suministros originales, asimismo indica que lacaracterística de reproducción de un libro sin la necesidadde deshojado no es una característica mínima ni excluyen-te, y que su propuesta económica es de S/. 2,275.00 másbaja que la del ganador de la Buena Pro, y que esta empre-sa no ha acreditado ser distribuidor autorizado; Que, con fecha 13.junio.2003, mediante carta VI-70- ACAL-Nº 0045, la Fuerza Aérea corrió traslado del Recur-so de Apelación a la empresa Gester Perú S.A.C. para que presentara su absolución correspondiente, de acuerdo a loestablecido en el artículo 170º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, la empresa Gester Perú S.A., mediante escrito Nº GV-213/03 del 18.junio.2003, absuelve el traslado, mani-festando que se han cumplido con presentar todos los re-quisitos establecidos en las Bases Administrativas, que re-chazan la afirmación de que la plantilla técnica favorece auna determinada marca, ya que las bases son generales yque no afectan a marca alguna si ofertan equipos de últimatecnología, que en relación a la velocidad lo más importan-te es la alta velocidad (130 ccm), que la función libro esuna característica ventajosa, que son Distribuidores Auto-rizados de Gestener para lo cual adjuntan copia de la cartarespectiva, que el equipo ofertado reúne las característi-cas establecidas en las Bases Administrativas; Que, en las Bases Administrativas del proceso de se- lección de Adjudicación de Menor Cuantía AMC-Nº 0036-2003-EOFAP se comprueba, que entre otras característi-cas técnicas, se solicitaba: garantía de dos años o 400,000copias, servicio de mantenimiento preventivo mensual sincosto por un año, que la Duplicadora Digital tuviera unavelocidad de impresión de 120 PPM, así como la capaci-dad de escanear libros sin necesidad de deshojarlos y bo-rrado automático de márgenes; Que, de las propuestas técnicas y económicas de las empresas Gester Perú S.A.C. y SISCODE S.A., se apre-cia que la primera empresa ofertó una garantía de 2 añoscontra cualquier defecto de fabricación, mientras que lasegunda ofertó 3 años de garantía contra cualquier de-fecto de fabricación no incluyendo el cabezal térmico, su-ministros y repuestos consumibles; en cuanto al manteni-miento preventivo Gester Perú S.A.C., ofreció un mante-nimiento preventivo mensual, y la empresa SISCODE S.A.ofertó una visita trimestral para mantenimiento preventivodurante el tiempo que dure la garantía siempre y cuandose le adquiera los suministros originales; en lo concer-niente a la velocidad de impresión ambas empresas re-unían el mínimo máximo solicitado de 120 CPM, no sien-do motivo del requerimiento y de la calificación la varie-dad de velocidades inferiores a lo solicitado; en relación ala capacidad de escanear libros sin necesidad de desho-jarlos, esta bondad no fue ofertada por la empresa SIS-CODE S.A., lo cual le restó puntaje en la evaluación com-parativa final en razón de que la Escuela de Oficiales re-quiere una Duplicadora que cuente con esta capacidadbásica esencial para el duplicado oportuno, rápido y efi-caz de los Manuales, Reglamentos y Libros de Instruc-ción de la Fuerza Aérea utilizados en la Escuela de Ofi-ciales de la Fuerza Aérea, cualidad que en relación almenor precio ofertado por SISCODE S.A. era perjudicialal costo-beneficio requerido por dicha Unidad de Instruc-ción de la Fuerza Aérea del Perú; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 25º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado y el artículo 40º de suReglamento, se establece que en las Bases Administrati-vas se deben precisar las especificaciones, quedando pro-hibido hacer referencias a marcas, disposición que ha sidocumplida por el Comité Especial Permanente de la Es-cuela de Oficiales de la Fuerza Aérea, al precisar en lasBases Administrativas sólo las características del equipoque requerían, y en lo referente al hecho de que estasespecificaciones técnicas orientaban hacia una marca ymodelo, esta afirmación queda desvirtuada con el cuadrocomparativo presentado por SISCODE S.A. en su recur-so de impugnación, donde se aprecia que más de unamarca y modelo reunía las características técnicas de laDuplicadora Digital requerida por la Escuela de Oficialesde la Fuerza Aérea del Perú; Estando a lo informado por el Secretario de Adquisi- ciones y Contrataciones de la Fuerza Aérea, a lo opinadopor el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea ya lo acordado con el Comandante General de la FuerzaAérea; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar infundado el Recurso Im- pugnativo de Apelación interpuesto por la empresa Sis-temas de Codificación S.A. -SISCODE S.A.- contra laBuena Pro otorgada a la empresa Gester Perú S.A.C. enel proceso de selección de Adjudicación de Menor Cuan-tía AMC-Nº 0036-2003-EOFAP convocada por la Escue-la de Oficiales de la Fuerza Aérea del Perú para laadquisición de "Una Duplicadora Digital con capacidad