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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2003 (23/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 72

PÆg. 248626 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 23 de julio de 2003 mente y de manera unilateral o en conjunto con su pare- ja, podrán solicitar el registro de su unión de hecho. Paradicho efecto la Municipalidad Provincial del Callao, por intermedio de la Oficina de Participación Vecinal y con la presencia de un Notario Público, verificar la situación dehecho, emitiendo el informe correspondiente, en un pla- zo no mayor de quince (15) días útiles, bajo responsabi- lidad. La inscripción en el REMUH se efectuará de manera gratuita, bajo criterios simplificados, mediante el empleo de formularios, que permita acreditar la situación de he-cho materia de la inscripción, asignándole un código úni- co de identificación. La inscripción, también podrá ser solicitada por los hijos mayores de edad, producto de las uniones de he- cho y los padres de la pareja. Artículo 5º.- DE LA PROMOCIÓN PARA EL ACCE- SO AL MATRIMONIO Todas las parejas inscritas en el REMUH materia de la presente Ordenanza, que decidan voluntariamente for- malizar su situación legal contrayendo matrimonio civil ante la Municipalidad Provincial del Callao, serán exone-rados del pago de la tasa respectiva, que por dicho con- cepto deban abonar, así como de los tributos municipa- les de los dos trimestres siguientes a la fecha de realiza-ción del matrimonio, respecto al domicilio conyugal. Asi- mismo, se les condonará toda deuda relacionada a arbi- trios municipales pendiente de pago, del citado inmue-ble. Asimismo, la Municipalidad Provincial del Callao pro- moverá que la realización voluntaria del matrimonio civilse realice comunitariamente y de periodicidad trimestral, conjuntamente con el matrimonio religioso, para quienes lo deseen, respetando el credo que cada pareja profese. Artículo 6º.- FACULTADES REGLAMENTARIAS Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, reglamente la presente Ordenanza y dicte otras medidas orientadas al registro de las uniones de hecho y la promoción del acceso al matrimonio civil. Artículo 8º.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. DISPOSICIÓN FINAL Única.- Confórmese una Comisión integrada por el Gerente General de Asesoría Jurídica, la Gerente Gene- ral de Administración Tributaria y Rentas, el Gerente Ge- neral de Asentamientos Humanos, el Gerente Generalde Participación Vecinal y el Gerente General de Servi- cios Sociales y Culturales, para la elaboración del res- pectivo Reglamento del Registro Municipal de Unionesde Hecho, la emisión de otras medidas complementa- rias, así como para la unificación, reducción y simplifica- ción de todos los procedimientos y trámites administrati-vos que se seguirán ante la Municipalidad Provincial del Callao para dicho efecto, el mismo que se efectuará in- defectiblemente en un plazo perentorio de treinta (30) días. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callaoparejas que conviven en situaciones de hecho en la Pro- vincia Constitucional del Callao, con una mayor inciden-cia en los diversos Asentamientos Humanos, los mismos que se hace necesario registrarlos a efectos de promo- ver su formalización vía el matrimonio civil y facilitar elcumplimiento de los deberes y derechos que por ley les corresponde y nacen de ésta; Que, en efecto, si bien la convivencia o unión de he- cho, no podría considerarse como un estado civil formal reconocida por ley, se ha podido advertir de las Declara- ciones Juradas del Impuesto Predial y los Títulos de Pro-piedad, que en la Zona Urbana el 30% de la población adulta tiene la condición de conviviente, porcentaje que se incrementa significativamente en los diferentes Asen-tamientos Humanos del Primer Puerto del País hasta el 50%; razón por la cual resulta de imperiosa necesidad brindarles la seguridad jurídica a las parejas que se en-cuentren conviviendo en situaciones de hecho, promo- viendo el acceso a la institución matrimonial y la forma- ción de la familia, y lo que es más trascendental aún,estableciendo una fecha cierta que, eventualmente, po- dría servir como elemento probatorio en la exigencia de los derechos que por ley les corresponde; Que, la experiencia de diversas culturas ha demos- trado como es necesario para la sociedad reconocer y defender la institución familiar, generando con ello la obli-gación en la autoridad pública de respetar y promover la dignidad, intimidad, integridad y estabilidad de la familia, sabiendo que el matrimonio y la familia son la célula ger-minal para la renovación de la sociedad; Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el numeral 8 del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica deMunicipalidades; el Concejo Municipal Provincial del Ca- llao aprobó la siguiente Ordenanza Municipal: ORDENANZA QUE CREA EL REGISTRO DE UNION DE HECHO Y PROMOCIÓN DE ACCESO AL MATRIMONIO Artículo 1º.- DEL REGISTRO MUNICIPAL Créase el Registro Municipal de Unión de Hecho (RE- MUH), al amparo de los derechos establecidos en el ar- tículo 5º de la Constitución Política del Estado y el artículo 326º del Código Civil, el mismo que dependerá de la Ge-rencia General de Servicios Sociales y Culturales. Artículo 2º.- OBJETO La presente Ordenanza tiene por objeto establecer la regulación jurídica del proceso de inscripción en el RE- MUH de las Uniones de Hecho existentes en toda la ju-risdicción de la Provincia Constitucional del Callao, pro- moviendo su formalización vía el matrimonio civil y facili- tando el cumplimiento de los deberes y derechos que porley les corresponde a las parejas conformadas por un varón y una mujer libres de impedimento matrimonial. Artículo 3º. - ÁMBITO DE APLICACIÓN Se encuentran comprendidos dentro de los alcances de la presente Ordenanza, las personas naturales, queresidan en la jurisdicción de la Provincia Constitucional del Callao, y que voluntariamente y libre de impedimen- tos para acceder al matrimonio, mantengan una relaciónde convivencia con su pareja, dentro de los alcances del artículo 326º del Código Civil. Artículo 4º.- PROCEDIMIENTO Cualquier persona natural, que resida en la jurisdic- ción de la Provincia Constitucional del Callao, voluntaria- SUGERENCIAS: Cualquier sugerencia deberá ser enviada a los siguientes correos electrónicos: eflores@m unicallao.gob.pe y ogaj@municallao.gob.pe MESA DE TRABAJO: Todos los interesados en el tema materia de la presente Ordenanza, podrán asistir a una Mesa de Trabajo a realizarse el día Viernes 1 de agosto del presente año a las 04.00 p.m. en la Municipalidad Provincial del Callao, debiendo para dicho efecto confirmar su asistencia con la Srta. Nancy Caballero a los teléfonos 453-6144, 4536137 ó465-5560. 13837PREPUBLICACIÓN