Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2003 (23/07/2003)


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NORMAS LEGALES PREPUBLICACION

MORDAZA, miercoles 23 de MORDAZA de 2003

parejas que conviven en situaciones de hecho en la Provincia Constitucional del Callao, con una mayor incidencia en los diversos Asentamientos Humanos, los mismos que se hace necesario registrarlos a efectos de promover su formalizacion via el matrimonio civil y facilitar el cumplimiento de los deberes y derechos que por ley les corresponde y nacen de esta; Que, en efecto, si bien la convivencia o union de hecho, no podria considerarse como un estado civil formal reconocida por ley, se ha podido advertir de las Declaraciones Juradas del Impuesto Predial y los Titulos de Propiedad, que en la MORDAZA MORDAZA el 30% de la poblacion adulta tiene la condicion de conviviente, porcentaje que se incrementa significativamente en los diferentes Asentamientos Humanos del Primer Puerto del MORDAZA hasta el 50%; razon por la cual resulta de imperiosa necesidad brindarles la seguridad juridica a las parejas que se encuentren conviviendo en situaciones de hecho, promoviendo el acceso a la institucion matrimonial y la formacion de la familia, y lo que es mas trascendental aun, estableciendo una fecha cierta que, eventualmente, podria servir como elemento probatorio en la exigencia de los derechos que por ley les corresponde; Que, la experiencia de diversas culturas ha demostrado como es necesario para la sociedad reconocer y defender la institucion familiar, generando con ello la obligacion en la autoridad publica de respetar y promover la dignidad, intimidad, integridad y estabilidad de la familia, sabiendo que el matrimonio y la familia son la celula germinal para la renovacion de la sociedad; Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el numeral 8 del Articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; el Concejo Municipal Provincial del Callao aprobo la siguiente Ordenanza Municipal: ORDENANZA QUE CREA EL REGISTRO DE UNION DE HECHO Y PROMOCION DE ACCESO AL MATRIMONIO Articulo 1º.- DEL REGISTRO MUNICIPAL Crease el Registro Municipal de Union de Hecho (REMUH), al MORDAZA de los derechos establecidos en el articulo 5º de la Constitucion Politica del Estado y el articulo 326º del Codigo Civil, el mismo que dependera de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales. Articulo 2º.- OBJETO La presente Ordenanza tiene por objeto establecer la regulacion juridica del MORDAZA de inscripcion en el REMUH de las Uniones de Hecho existentes en toda la jurisdiccion de la Provincia Constitucional del Callao, promoviendo su formalizacion via el matrimonio civil y facilitando el cumplimiento de los deberes y derechos que por ley les corresponde a las parejas conformadas por un varon y una mujer libres de impedimento matrimonial. Articulo 3º. - AMBITO DE APLICACION Se encuentran comprendidos dentro de los alcances de la presente Ordenanza, las personas naturales, que residan en la jurisdiccion de la Provincia Constitucional del Callao, y que voluntariamente y libre de impedimentos para acceder al matrimonio, mantengan una relacion de convivencia con su MORDAZA, dentro de los alcances del articulo 326º del Codigo Civil. Articulo 4º.- PROCEDIMIENTO Cualquier persona natural, que resida en la jurisdiccion de la Provincia Constitucional del Callao, voluntaria-

mente y de manera unilateral o en conjunto con su MORDAZA, podran solicitar el registro de su union de hecho. Para dicho efecto la Municipalidad Provincial del Callao, por intermedio de la Oficina de Participacion Vecinal y con la presencia de un Notario Publico, verificar la situacion de hecho, emitiendo el informe correspondiente, en un plazo no mayor de quince (15) dias utiles, bajo responsabilidad. La inscripcion en el REMUH se efectuara de manera gratuita, bajo criterios simplificados, mediante el empleo de formularios, que permita acreditar la situacion de hecho materia de la inscripcion, asignandole un codigo unico de identificacion. La inscripcion, tambien podra ser solicitada por los hijos mayores de edad, producto de las uniones de hecho y los padres de la pareja. Articulo 5º.- DE LA PROMOCION PARA EL ACCESO AL MATRIMONIO Todas las parejas inscritas en el REMUH materia de la presente Ordenanza, que decidan voluntariamente formalizar su situacion legal contrayendo matrimonio civil ante la Municipalidad Provincial del Callao, seran exonerados del pago de la tasa respectiva, que por dicho concepto deban abonar, asi como de los tributos municipales de los dos trimestres siguientes a la fecha de realizacion del matrimonio, respecto al domicilio conyugal. Asimismo, se les condonara toda deuda relacionada a arbitrios municipales pendiente de pago, del citado inmueble. Asimismo, la Municipalidad Provincial del Callao promovera que la realizacion voluntaria del matrimonio civil se realice comunitariamente y de periodicidad trimestral, conjuntamente con el matrimonio religioso, para quienes lo deseen, respetando el credo que cada MORDAZA profese. Articulo 6º.- FACULTADES REGLAMENTARIAS Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, reglamente la presente Ordenanza y dicte otras medidas orientadas al registro de las uniones de hecho y la promocion del acceso al matrimonio civil. Articulo 8º.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. DISPOSICION FINAL Unica.- Conformese una Comision integrada por el Gerente General de Asesoria Juridica, la Gerente General de Administracion Tributaria y Rentas, el Gerente General de Asentamientos Humanos, el Gerente General de Participacion Vecinal y el Gerente General de Servicios Sociales y Culturales, para la elaboracion del respectivo Reglamento del Registro Municipal de Uniones de Hecho, la emision de otras medidas complementarias, asi como para la unificacion, reduccion y simplificacion de todos los procedimientos y tramites administrativos que se seguiran ante la Municipalidad Provincial del Callao para dicho efecto, el mismo que se efectuara indefectiblemente en un plazo perentorio de treinta (30) dias. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao

SUGERENCIAS:

Cualquier sugerencia debera ser enviada a los siguientes correos electronicos: eflores@municallao.gob.pe y ogaj@municallao.gob.pe

MESA DE TRABAJO: Todos los interesados en el tema materia de la presente Ordenanza, podran asistir a una Mesa de Trabajo a realizarse el dia Viernes 1 de agosto del presente ano a las 04.00 p.m. en la Municipalidad Provincial del Callao, debiendo para dicho efecto confirmar su asistencia con la Srta. MORDAZA MORDAZA a los telefonos 453-6144, 4536137 o 465-5560. 13837

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