Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2003 (23/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, miercoles 23 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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tracion y Rentas, en uso de las atribuciones concedidas por la Ley Organica de las Municipalidades Nº 27972, y contando con el MORDAZA Legal de la Sesion de Concejo se expide el siguiente: SE RESUELVE: Articulo 1º.- MODIFICAR el ITEM Nº 22, e) del Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por la Ordenanza Municipal Nº 039-2002-MVES, en el sentido que el subsidio a que hace referencia dicho item sera hasta el 70%, a partir de la fecha. Articulo 2º.- La MUNICIPALIDAD se encargara de la cobranza directa de ser necesario con el acompanamiento de Dirigentes de cada mercado. Articulo 3º.- LOS COMERCIANTES se encargaran de entregar los padrones de sus socios en un plazo de 48 horas de aprobada la presente Ordenanza. Articulo 4º.- LAS JUNTAS DIRECTIVAS de los comerciantes se comprometen a que la totalidad de sus socios paguen dichas cuotas todos los dias. Articulo 5º.- Se ordena a la Direccion de Rentas informar al termino del plazo de tres meses de la presente, sobre el cumplimiento de dicho compromiso, asimismo los comerciantes respaldaran plenamente a esta Direccion cuando se efectuaran actos de coercion para el cumplimiento del pago y cuando existiera incumplimiento de parte de los comerciantes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 13739

nes inseguras, incorrecta ubicacion de predios, subvaloracion de la infraestructura de MORDAZA El MORDAZA y deficitario servicio al publico consumidor; Que, ante ello se hace necesario complementar mediante Ordenanza Municipal las Leyes Nºs. 27157, 27333 y D.S. Nº 008-2000-MTC, a fin de facilitar y promocionar la regularizacion de las edificaciones; Estando a lo informado, contando con la opinion legal favorable de la Direccion de Asesoria Juridica expresada mediante Informe Nº 323-2003-OAJ/MVES de fecha 8.7.2003 y el Dictamen favorable de la Comision de Administracion y Rentas, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y contando con el MORDAZA Unanime del Concejo Municipal, se expide la siguiente; ORDENANZA: Articulo 1º.- Suspender hasta el 31.7.2003 la aplicacion de la multa senalada en el punto 8.1 del Art. 8º de la Ley Nº 27333 para las edificaciones construidas a partir de la vigencia de la Ley Nº 27157 hasta el 31.12.2002, siempre y cuando hasta el 31.7.2003 se MORDAZA cumplido con iniciar los tramites de regularizacion de dichas edificaciones segun la normatividad vigente. Articulo 2º.- Suspender hasta el 31.7.2003 la aplicacion del 90% de la multa senalada en el punto 8.1 del Art. 8º de la Ley Nº 27333 y para las edificaciones construidas en el presente ano MORDAZA de la emision de la presente ordenanza, siempre y cuando hasta el 31.7.2003 se MORDAZA cumplido con iniciar los tramites de regularizacion de dichas edificaciones segun la normatividad vigente. Articulo 3º.- Suspender hasta el 31.7.2003 la aplicacion y cobranza de las multas establecidas en el item 2.1.11 del Regimen de Aplicacion de Sanciones y Escala de Multas e Infracciones aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 11-97-MVES, siempre y cuando hasta dicha fecha se MORDAZA cumplido con iniciar los tramites de regularizacion de las edificaciones construidas, segun la normatividad vigente. Articulo 4º.- Establezcase la exoneracion y/o condonacion del 100% de la multa senalada en el Art. 1º de la presente Ordenanza siempre y cuando el 31.10.2003 se MORDAZA concluido el tramite de regularizacion de obra sin licencia, mediante la obtencion de la "Licencia de obra en via de regularizacion". Articulo 5º.- Establezcase la condonacion del 90% de la multa senalada en el Art. 2º de la presente Ordenanza siempre y cuando hasta el 31.10.2003 se MORDAZA concluido el tramite de regularizacion de obra sin licencia, mediante la obtencion de la "Licencia de obra en via de regularizacion". Articulo 6º.- Las multas aplicadas y en cobranza a la fecha de la expedicion de la presente Ordenanza, tambien seran exoneradas y/o condonadas segun MORDAZA lo previsto en los articulos anteriores, segun sea el caso dentro del cual esta enmarcado el vecino. Articulo 7º.- Los vecinos que realicen hasta el 31.7.2003 el procedimiento senalado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente, referido a regularizacion de obra sin licencia, no se les exigira la MORDAZA del recibo de pago de la multa de 10% del valor de la obra ejecutada, salvo el valor establecido en el Art. 2º de la presente Ordenanza, segun sea el caso. Si no se concluyera el tramite de regularizacion y no se obtuvo la licencia de obra en via de regularizacion, dentro de los plazos previstos en esta Ordenanza, le sera exigida posteriormente la multa o el saldo de la multa segun corresponda. Tambien podran acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza los expedientes en tramite referidos a regularizacion de obra sin licencia de construccion. No se devolveran las multas pagadas con anterioridad. Articulo 8º.- Reducir hasta el 31.7.2003 los porcentajes afectos para derechos municipales de licencias de obra, derechos de pistas y veredas, y control de obras establecidos en el MORDAZA, item 65, procedimiento de regularizacion de obra sin licencia, en: PARA VIVIENDAS HASTA 200 m2 Licencia de Obra de 0.60% del Valor de la Obra a 3.23 UIT (S/. 100.20)

Suspenden aplicacion de diversas multas y establecen exoneraciones y condonaciones
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 058-MVES MORDAZA El MORDAZA, 8 de MORDAZA del 2003 POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA EL MORDAZA EN SESION EXTRAORDINARIA DE LA FECHA; Visto: El Informe Nº 363-03/MVES-DESUR-FPCU, suscrito por la Direccion de Desarrollo MORDAZA, Direccion de Rentas y Direccion de Servicios Comunales; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27157 y su Reglamento MORDAZA el tramite de regularizacion de las edificaciones construidas o demolidas MORDAZA del 21 de MORDAZA de 1999, que no cuenten con licencia y/o conformidad de obra o que carezca de declaratoria de fabrica; Que, en el distrito de MORDAZA El MORDAZA la gran mayoria cuenta con construcciones informales y/o carecen de licencia de obra, y por ende de la respectiva declaratoria de fabrica, siendo uno de los motivos principales la falta de difusion directa o indirecta de esta MORDAZA hacia los vecinos de la comunidad; Que, la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA tiene entre sus funciones especificas, el de adoptar acciones de control de construcciones, viviendas y de la planificacion, ordenamiento y control MORDAZA, apoyados en el catastro municipal; Que, se hace necesario adoptar las acciones que contribuyan con el bienestar del vecino del distrito, a fin de lograrse una adecuada planificacion MORDAZA de la MORDAZA, asi como de espacios publicos mas ordenados y formalizados, viviendas y establecimiento reglamentarios, reduccion de construcciones ilegales, con una consecuente mejora de los ingresos municipales; Que, la informalidad y falta de presencia municipal permanente, ha generado el riesgo de tener: construccio-

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