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PÆg. 248618 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 23 de julio de 2003 dir ha visto por conveniente la realización del Matrimonio Masivo Civil - Religioso, el cual se realizará en el MóduloSiglo XXI del GRAN PARQUE WIRACOCHA, ubicado en la Av. Próceres de la Independencia cuadra 15, el día 20 de setiembre del presente año, a partir de las 11.00 a.m.;a fin de que puedan aprovechar esta oportunidad para regularizar ante la Ley del hombre y la Ley de Dios su situación conyugal las parejas que actualmente se en-cuentran conviviendo; Que con Informe Nº 259-2003-OP/MDSJL de la Ofici- na de Planeamiento, se tienen previstas las partidas pre-supuestales de gastos por diversos conceptos: 5.3.11.31 - Bienes de Distribución Gratuita; 5.3.11.37 - Alquiler de Bienes; 5.3.11.24 - Alimentos de Personas; 5.3.11.30 -Bienes de Consumo; 5.3.11.20 - Viáticos y Asignacio- nes; 5.3.11.39 - Otros Servicios Terceros, que permitirán la cobertura de la realización del Matrimonio Civil Masi-vo, las mismas que se ejecutarán sobre los documentos fuentes de gastos los cuales serán remitidos por la Ofici- na correspondiente; Que mediante Informe Nº 63-03-DRRCC/MSJL la Di- visión de Registros Civiles, establece la Tarifa Única y los requisitos indispensables debiendo adjuntar de acuerdoal Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente; Que, las Oficinas de la División de Registro Civil ubi- cadas en el Palacio Municipal y la Agencia Municipal Nº 1 de Canto Grande de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, podrán recepcionar la documentaciónrequerida debiéndose tomar en cuenta los requisitos in- dispensables, de los cuales la totalidad de los datos del Documento Nacional de Identidad y Partidas de Nacimien-to coincidan; Que el artículo 252º del Código Civil vigente, faculta al Alcalde a dispensar la publicación de los avisos simedian causas razonables y siempre que se presenten todos los requisitos establecidos en el artículo 248º del mismo cuerpo legal; Que, estando a las atribuciones conferidas al Alcalde por el artículo 20º inciso 6) de la Ley Orgánica de Munici- palidades - Ley Nº 27972 y de conformidad con los artí-culos 248º y 252º del Código Civil vigente; RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR Y EJECUTAR, la cere- monia del MATRIMONIO MASIVO CIVIL - RELIGIOSO,el cual tendrá lugar el día SÁBADO 20 DE SETIEMBRE de 2003, a horas 11.00 de la mañana, en el Módulo Siglo XXI del GRAN PARQUE WIRACOCHA, ubicado en la Av.Próceres de la Independencia cuadra 15 - San Juan de Lurigancho. Artículo Segundo.- DISPENSAR la publicación de los avisos de ley para el Matrimonio Civil Masivo; realizán- dose una única publicación en el Diario Oficial El Perua- no, indicando en forma genérica qué día, a qué hora y enqué lugar se llevará a cabo el Matrimonio Masivo Civil - Religioso. Artículo Tercero.- AUTORIZAR la asignación de una Partida Económica por la suma de S/. 6 500.00 (SEIS MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), para cu- brir los gastos de la Ceremonia, el cheque será girado anombre del doctor EMILIANO ARMANDO VALVERDE CASTILLO - Jefe de la División de Registros Civiles. Artículo Cuarto.- ESTABLECER como tarifa por de- recho de Matrimonio Civil Masivo la suma de S/. 100.00 (CIEN Y 00/100 NUEVOS SOLES) que estará disgrega- dos de la siguiente manera: - POR GASTOS ADMINISTRATIVOS: Pagar en caja del Concejo Local Central o Agencia Municipal de Canto Grande por Expediente Matrimonial S/. 40.00 (cuarenta y 00/100 Nuevos Soles). - CERTIFICADO PRENUPCIAL: Pagar en caja del Local Central o Agencia Municipal de Canto Grande por Examen Médico S/. 60.00 (sesenta y 00/100 Nuevos Soles). Artículo Quinto.- Establecer los requisitos indispen- sables según se detallan:- Partida de Nacimiento de ambos (Originales y ac- tuales). - DNI o Libretas Electorales de ambos (original y co- pia), con el último sello de votación. - Certificado Prenupcial (médico), expedido por la Mu- nicipalidad (S/. 60.00). - Expediente Matrimonial (40.00). - Certificado Domiciliario.- La Partida de Nacimiento y el Certificado de Soltería para extranjeros, tiene que ser visados por el Consulado Peruano del País del contrayente, luego ser legalizadospor el Ministerio de Relaciones Exteriores, conjuntamente con la respectiva traducción. Artículo Sexto.- AUTORIZAR a la Agencia Municipal de Canto Grande para que pueda recepcionar la docu- mentación requerida; debiéndose tomar en cuenta los re-quisitos indispensables, de los cuales la totalidad de los datos de los Documentos de Identidad y las Partidas de Nacimientos coincidan. Artículo Sétimo.- AUTORIZAR la recepción de los Expedientes Matrimoniales a partir de la expedición de la presente Resolución hasta el viernes 19 de setiembredel año en curso. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Dirección Munici- pal, Oficina de Administración y Dirección de DesarrolloEconómico y Social a través de la División de Registro Civil, el debido cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 13795 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Modifican monto del subsidio que hace referencia el ítem N” 22 del Texto Úni-co de Procedimientos Administrativos ORDENANZA MUNICIPAL Nº 057-MVES Villa El Salvador, 3 de junio del 2003 Visto: El Memorial de fecha 22.5.2003, suscrito por los Dirigentes de los Comerciantes del distrito, el acta de compromiso del día 2-6-03 firmada por los Regidores Nisim Morales, Presidente de la Comisión de Admi-nistración y Rentas, el regidor Carlos Otiniano como miembro de la Comisión, y los comerciantes de diferen- tes mercados del distrito; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades tienen autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia, corres- pondiéndole al Concejo Municipal la función normativa,la que se ejerce a través de Ordenanzas con rango de ley; Que, asimismo las Municipalidades son competentes para crear, modificar, suprimir contribuciones, tasas, ar- bitrios, licencias, y derechos municipales conforme a Ley; Que, ante el pedido de los comerciantes, mediante sendos memoriales y oficios pidiendo que se mantenga los cobros por conceptos de COCOA como se venía ha- ciendo en la gestión pasada, se ha determinado que antela situación económica y social por la que atraviesan, se agravaría su situación precaria, y por lo tanto no podrían pagar más de lo que señala el anterior TUPA aprobadopor Ordenanza Nº 099-99/MVES; Que, estando a lo informado contando con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica, Direcciónde Rentas y Dirección de Asesoría Técnica, de incorpo- rar una escala más en la cobranza del COCOA, contan- do con el Dictamen favorable de la Comisión de Adminis-