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PÆg. 245396 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 4 de junio de 2003 Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27711, Ley del Ministe- rio de Trabajo y Promoción del Empleo, y la Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar las propuestas sobre promo- ción del empleo contenidas en el Informe Final de la Comisión Especial de Asistencia a los Indultados Ino- centes (CEAII) creada mediante Decreto Supremo Nº002-2002-JUS, contenidas en los programas de empleoque se precisan en dicho Informe, los cuales son compe-tencia del Sector. Artículo 2º.- Disponer la implementación de las propuestas sobre promoción del empleo contenidas en el Informe Final de la Comisión Especial deAsistencia a los Indultados Inocentes (CEAII), deacuerdo a las normas presupuestales y administrati-vas vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 10357 Autorizan viaje de funcionaria para participar en evento sobre trabajo in-fantil domØstico en hogares de terce- ros que se llevarÆ a cabo en Colombia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 130-2003-TR Lima, 3 de junio de 2003 VISTO: El Memorando Nº 070-2003-MTPE/DM, de fecha 27 de mayo de 2003 del Despacho Ministerial delMinisterio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante carta de fecha 8 de mayo de 2003, en el marco de un Acuerdo de Cooperación, Save the Chil-dren UK, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infan-cia - UNICEF, y el Programa Internacional para la Erradi- cación del Trabajo Infantil de la Organización Internacio- nal del Trabajo, cursa una invitación al señor Ministro deTrabajo y Promoción del Empleo, a fin de que designe aun funcionario que participe en la "Segunda ReuniónTécnica Latinoamérica y del Caribe sobre Trabajo Infan-til Doméstico en Hogares de Terceros", evento que ten- drá lugar en la ciudad de Cartagena, Colombia, del 4 a 6 de junio de 2003; Que, dicho evento tiene como propósito, buscar me- canismos eficaces para asegurar la prevención y resti-tución de los derechos vulnerados en el Trabajo InfantilDoméstico en Hogares de Terceros, como parte integral de políticas nacionales, así como también, analizar los avances alcanzados en América Latina y el Caribe fren-te al tema y establecer recomendaciones para futurosplanes de acción; Que, del documento de visto, se ha designado a la doctora Roselina Miriam Acevedo Lecca, Directora de Inspección Laboral (e), de la Dirección Regional de Tra- bajo y Promoción del Empleo de Lima - Callao, comorepresentante del Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo que participará en la Reunión a que se refiere elprimer considerando; Que, en tal sentido y siendo de interés dicho evento para la institución, es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria, cuyos gastos de pasajes y viá-ticos serán cubiertos por la Organización Internacio-nal del Trabajo - OIT, siendo de cargo del Ministeriode Trabajo y Promoción del Empleo las tarifas aero-portuarias; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior defuncionarios y servidores públicos; y su reglamento apro-bado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; literal d) del Artículo 12º del Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002- TR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la doctora ROSELI- NA MIRIAM ACEVEDO LECCA, Directora de Inspec- ción Laboral (e), de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima - Callao, a la ciudad deCartagena, Colombia, del 4 al 6 de junio de 2003, paralos fines expuestos en la parte considerativa de la pre-sente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución con respecto a los pasajes y viáticos serán cubiertos por la Organización Internacio-nal del Trabajo - OIT, en tanto que los gastos por conceptode tarifas aeroportuarias serán cubiertos con recursosde Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promocióndel Empleo y se afectarán a la Actividad: 1.00209 (Desa- rrollo de las Relaciones de Trabajo); Programa: 049; Cadena Correlativa: 0022; Meta: 00948 (Inspección,Defensa Gratuita y Asesoría del Trabajador); Fuente deFinanciamiento: Recursos Directamente Recaudados;y, Cadena de Gastos: 5.3.11.32 (pasajes y gastos detransporte) de acuerdo al siguiente detalle: Tarifa CORPAC: US$ 28.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calenda- rio siguientes de efectuado el viaje, la citada funcionariadeberá presentar ante el Titular del Sector un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 10454 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a procurador iniciar accio- nes correspondientes para la impugna-ción de la R.A. N” 258, expedida porla Municipalidad Provincial del Callao RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 411-2003-MTC/02 Lima, 30 de mayo de 2003 CONSIDERANDO: Que, con fecha 14 de febrero de 2001, el Estado Peruano, a través del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscribió el Contrato de Concesión para la Construcción, Mejora, Conservación y Ex-plotación del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez,con la sociedad concesionaria Lima Airport PartnersSRL - LAP; Que, mediante Cartas LAP/283-02/GL, LAP/308-02/ GL y LAP/144-03-GL, LAP informó al Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones sobre la denuncia interpuestaen su contra por Cocina de Vuelo Docampo S.A.C, porapoderamiento de las calles Córpac o Playa Norte yAviación del Ejército, por considerar que se trata de víasde uso público; Que, por Resolución de Alcaldía Nº 258, del 1 de abril de 2003, expedida por la Municipalidad Provincial delCallao, que declaró fundado el recurso de apelación in-terpuesto por Cocina de Vuelo Docampo S.A.C contra laResolución Nº 142-2002-MPC/DGDU que declaró im-procedente la mencionada denuncia, se ordenó a LAP el