TEXTO PAGINA: 9
PÆg. 245519 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de junio de 2003 ECONOMÍA Y FINANZAS Autorizan segunda emisión de Bonos Soberanos destinados a atender requerimientos del Sector Pœblico No Financiero DECRETO SUPREMO Nº 079-2003-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 18º de la Ley Nº 27881 Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2003 se autoriza al Gobierno Nacional a acordar o ga-rantizar operaciones de Endeudamiento Interno hasta por un monto que no exceda de S/. 2 400 000 000,00 (DOS MIL CUATROCIENTOS MILLONES Y 00/100NUEVOS SOLES), que incluye la emisión de bonos has- ta por un monto de S/. 2 100 000 000,00 (DOS MIL CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, en el marco de la citada autorización, el Gobier- no Nacional prevé, para el presente ejercicio presupues- tal, la emisión de Bonos Soberanos por un monto máxi-mo de hasta S/. 1 550 000 000,00 (MIL QUINIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) a ser destinados a atender los requerimientos financierosdel Sector Público No Financiero; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2003-EF, se autorizó la primera emisión de Bonos Soberanos hastapor la suma de S/. 600 000 000,00 (SEISCIENTOS MI- LLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, con la finalidad de cubrir el monto total de la previsión efectuada por el Gobierno Nacional descrita en el segundo párrafo de esta sección, se ha considera- do conveniente una autorización para la segunda emi-sión de Bonos Soberanos hasta por la suma de S/. 950 000 000,00 (NOVECIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) de iguales característicasgenerales a la aprobada por Decreto Supremo Nº 041- 2003-EF; Que, la indicada operación de Endeudamiento Inter- no ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 6º de la Ley Nº 27881 y se encuentra incluida en el Programa Anual de Concertaciones Internas del año2003 con cargo al Subprograma de Emisión de Bonos; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General de Crédito Público y la Oficina Ge-neral de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloría General de la Repúbli- ca ha informado previamente sobre la citada operación de endeudamiento interno, en aplicación del literal l) del Artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Siste-ma Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27881;Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Autorízase la segunda emisión de Bo- nos Soberanos hasta por la suma de S/. 950 000 000,00 (NOVECIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), para los fines a que se refiere laparte considerativa de esta norma legal, cuyas caracte- rísticas generales serán iguales a la de la emisión apro- bada por Decreto Supremo Nº 041-2003-EF, como acontinuación se detalla: Monto máximo a emitir : S/. 950 000 000,00. Unidad Responsable : Ministerio de Econo- mía y Finanzas a tra- vés de la DirecciónGeneral de Crédito Público. Estructurador : Dirección General de Crédito Público. Moneda : Nuevos Soles. Negociabilidad de los Bonos : Libremente negocia- bles.Modalidad de Colocación : A través de subasta. Plazo de Colocación : Hasta el 31 de diciem- bre de 2003. Registro : Anotación en cuenta en CAVALI ICLV S.A. y listados en la Bolsa de Valores de Lima(BVL). Artículo 2º.- La Unidad Ejecutora de la presente operación de endeudamiento es la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Fi- nanzas. Artículo 3º.- Autorízase al Director General de Cré- dito Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir toda la documentación que se requiera paraimplementar lo dispuesto en este dispositivo legal. Artículo 4º.- El servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasione la emisión deBonos Soberanos que se autoriza en el Artículo 1º de esta norma legal, será atendido por el Ministerio de Econo- mía y Finanzas, con cargo a los recursos que en fun-ción de las prioridades intersectoriales y metas del Sec- tor, le correspondan en cada Ejercicio Presupuestal para el servicio de la Deuda Pública. Artículo 5º.- Las características adicionales necesarias para la implementación de este dispositi- vo legal, se ajustarán a lo dispuesto en el Reglamen-to de la Emisión y Colocación de Bonos Soberanos en el Mercado Interno aprobado por el Decreto Su- premo Nº 036-2003-EF. Artículo 6º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas y entrará envigencia el día de su publicación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 10650 Aceptan renuncia de Jefe de la Ofici- na General de Administración del mi-nisterio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 241-2003-EF/10 Lima, 5 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que el señor Pedro Valentín Cobeñas Aquino ha pre- sentado renuncia al cargo de Director de Sistema Admi- nistrativo IV - Jefe de la Oficina General de Administra- ción, Categoría F-5 del Ministerio de Economía y Finan-zas; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia del señor Pe- dro Valentín Cobeñas Aquino al cargo de Director de Sistema Administrativo IV - Jefe de la Oficina General de Administración, Categoría F-5 del Ministerio de Econo-mía y Finanzas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 10633