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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (08/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 43

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G34/G35/G36/G38/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 8 de junio de 2003 dancia con las normas, políticas y planes regionales, sectoriales y nacionales; Que, mediante la promulgación de la Ley N° 25357, ocu- rrida el 27 de noviembre de 1991, se estableció la prohibi-ción de fumar en espacios cerrados de uso público, com- prendiéndose los espacios de las Instituciones Públicas, Privadas y a los medios de Transporte de Servicio Público; Que, al amparo de dicho dispositivo, la COMISIÓN NACIONAL PERMANENTE DE LUCHA ANTITABAQUI- CA, mediante Oficio N°23/COLAT/03 de fecha 5 de mayodel año en curso, sostiene que nuestro país es uno de los pocos en el mundo que puede exhibir logros , en la defensa de la salud y la vida de nuestro pueblo, frente ala lucha contra el uso indiscriminado del tabaco, lamen- tando profundamente la falta de interés, conocimiento o indiferencia de parte de algunas autoridades, que facili-tan el incumplimiento de la norma que prohíbe fumar en instalaciones públicas; Que, en este orden de ideas, la referida Comisión soli- cita, con ocasión de la celebración del “Día Mundial Sin Tabaco” a llevarse a cabo el 31 de mayo del año en curso, que la Municipalidad de Miraflores lidere la implementaciónde medidas y/o disposiciones que conviertan a nuestros Locales en ambientes Libres de Humo de Tabaco ; Que, debido a los peligros y efectos en la salud que acarrea la exposición en el ambiente del humo de taba- co, es política de esta Entidad el contribuir a proveer un ambiente libre y limpio, tanto para sus empleados comopara los vecinos que acuden a sus instalaciones; Que, estando a lo expuesto y a las facultades confe- ridas en el inciso 6) del Artículo 20° de la Ley N°27972,Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- Declarar los Locales de la Muni- cipalidad de Miraflores, en ambientes Libres de Humo de Tabaco , en concordancia con la Ley N° 25357. Artículo Segundo.- El fumado de cigarrillos y otros derivados del tabaco no está permitido dentro de losvehículos e instalaciones municipales, comprendiéndo- se para estos efectos a los edificios, oficinas, ambien- tes, accesos, salidas y sus alrededores. Artículo Tercero.- Los vecinos, usuarios y visitan- tes que concurran a las instalaciones municipales debe- rán ser informados acerca de esta prohibición, por me-dio de rotulación, materiales educativos, con la partici- pación activa del personal de la Municipalidad. Artículo Cuarto.- La Municipalidad ubicará rótulos en los que se especifica la prohibición de fumar y que éste es un espacio libre de humo de tabaco. Artículo Quinto.- La Municipalidad, a través de la Unidad de Personal, promoverá iniciativas o programas dirigidos a sus Trabajadores y sus familiares que de- seen dejar de fumar, facilitándoles el acceso a progra-mas apropiados de cesación de fumado, así como en la entrega de materiales acerca del tema. Artículo Sexto.- La acción u omisión voluntaria que contravengan lo dispuesto por el presente Decreto cons- tituirá falta administrativa, en virtud a lo previsto en el Articulo 131° del Reglamento de la Ley de Carrera Admi-nistrativa, aprobado por D.S.N°005-90-PCM. Artículo Sétimo.- La Gerencia Municipal será la en- cargada en dar cumplimiento al presente Decreto, con-tando con el apoyo de las demás Gerencias de la Muni- cipalidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 10801 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G75/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F /G64/G65/G20/G63/G6F/G6D/G62/G75/G73/G74/G69/G62/G6C/G65/G73/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 ACUERDO DE CONCEJO Nº 21 Miraflores, 27 de mayo del 2003 EL ALCALDE DE MIRAFLORES;POR CUANTO: El Concejo Distrital de Miraflores en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Miraflores, es un órgano de Gobierno Local, que emana de la voluntad popular, con autonomía política, económica y adminis-trativa de acuerdo a lo dispuesto por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, a través de la Resolución Directoral Nº 033-2003- DM/MM de fecha 17 de marzo de 2003, se designó a los miembros titulares y suplentes del Comité Especial encar- gado de la conducción de la Licitación Pública NacionalNº 0001-2003-CE/MM para el Suministro de Combustibles y Lubricantes, de acuerdo a lo contemplado en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del año 2003,aprobado por Resolución Directoral Nº 001-2003-DM/MM de fecha 10 de enero de 2003; y mediante Resolución de Alcaldía Nº 156 de fecha 24 de marzo de 2003, se aprue-ban las Bases de la Licitación Pública Nacional Nº 0001- 2003-CE/MM para dicho suministro, elaboradas por el Co- mité Especial designado para tal efecto; Que, mediante Informe Nº 146-2003-UA-OAF/MM de fecha 8 de mayo del 2003, la Unidad de Abastecimientos señala que con fecha 24 de marzo del 2003 se firmo laAddenda del Contrato de Suministro de la Licitación Pú- blica Nacional Nº 001-2002-CE/MM en Segunda Convo- catoria con la empresa ALEOIL S.A.C., en mérito a loprescrito en el Artículo 141º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, extendiendo el plazo hasta el 31 de mayo del presente año, por un monto equivalente al 30%del monto del contrato original; Que, asimismo la Unidad de Abastecimientos refiere que con fecha 26 de marzo del 2003, se realizó la con-vocatoria del proceso de Licitación Pública Nacional Nº 0001-2003-CE/MM para el Suministro de Combusti- bles y Lubricantes, tal es así que el 28 de abril del 2003se efectuó el acto público de Presentación de Propues- tas, el mismo que para el Item I “Suministro de Combus- tibles” quedó desierto por que el único postor presentosus sobres, contraviniendo con el Título V de las bases y lo establecido por el Artículo 32º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, siendo factible una segunda convocatoria; Que, en tal sentido dicha unidad manifiesta, que en caso de llevarse una segunda convocatoria se deben conside-rar los períodos minimos para las etapas del proceso esta- blecidos por la Ley de la materia, tomandose las medidas del caso a fin de evitar el desabastecimiento del menciona-do suministro; por lo que de acuerdo con el calendario de la Segunda Convocatoria de la Licitación Pública Nacional Nº 0001-2003-CE/MM, la convocatoria se encuentra pro-gramada para el 11 de mayo del 2003 y la Buena Pro sería otorgada recién el 9 de junio del 2003, por lo que conside- rando el plazo de consentimiento de dicho acto y el plazopara la firma del contrato respectivo, estos se efectuarían en fechas que exceden largamente del plazo de ejecución y/o vencimiento del contrato suscrito con la empresa ALE-OIL S.A.C., que actualmente viene brindando dicho sumi- nistro, siendo por ello inminente la posibilidad de que la Municipalidad no cuente con dicho servicio esencial duran-te un período de tiempo considerable, con las consecuen- cias negativas que tal situación implica, en menoscabo de la continuidad del funcionamiento de la flota vehicular de laMunicipalidad; Que, de acuerdo a lo expuesto, la Unidad de Abaste- cimientos concluye estableciendo que se configura lasituación de urgencia que se define en el Artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y que por lo tanto es necesario declarar en Situación de Urgencia el Sumi- nistro de Combustibles de la Municipalidad de Miraflo-res, exonerando su contratación del proceso de Licita- ción Pública Nacional; y en tal sentido, se autorice la realización de un proceso de Adjudicación de MenorCuantía, para la adquisición del mencionado suministro, por un valor referencial total de S/. 445,743.18 (Cuatro- cientos Cuarenticinco Mil Setecientos Cuarentitrés y 18/100 nuevos soles) y por el período comprendido desde el 1 de junio hasta el 31 de agosto del 2003 como máxi- mo, en tanto dure y se culmine la Segunda Convocatoria