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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G34/G35/G36/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 8 de junio de 2003 Que, la Municipalidad Distrital de Ate, es consciente y se ha comprometido con su Municipio a reducir los potenciales riesgos que la elaboración y comercializa- ción inadecuada de productos pirotécnicos representapara la integridad física de los vecinos; motivo por el cual, ha realizado en coordinación con otras institucio- nes públicas involucradas en el tema, diversos operati-vos de detección y erradicación de la venta y fabrica- ción clandestina de productos pirotécnicos, especial- mente en los meses de diciembre y enero últimos, conresultados muy exitosos; Que, en este sentido es necesario implementar las Disposiciones de la Ley Nº 27718 que regirán en nues-tro distrito en cuanto a la fabricación, depósito, transpor- te, comercialización y uso de productos pirotécnicos; Que, es necesario conformar un Comité Especial que se encargue de normar, establecer e implementar las Disposiciones Municipales que sean necesarias para cumplir con lo establecido en la Ley Nº 27718; Comitéque estará integrado por todas las Direcciones que con- forme a sus facultades son responsables de velar dicho cumplimiento; Que, mediante Proveído Nº 1521-03-DM/MDA, de la Dirección Municipal, señala se proyecte el Decreto de Alcaldía, conformando el Comité para NORMAR LA FA-BRICACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS PIROTÉCNICOS; De conformidad con el artículo 47º inciso 6), el artí- culo 11º, 1122º y el artículo 136º inciso 10, de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE DECRETA: Artículo 1º.- DISPONER, LA CONFORMACIÓN DEL COMITÉ PARA NORMAR LA FABRICACIÓN Y CO- MERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS PIROTÉCNICOS EN EL DISTRITO DE ATE (CONFACOPI-ATE); comitéque tendrá a su cargo la elaboración de un proyecto de Ordenanza que regularía la fabricación, importación, depósito, transporte, comercialización y uso de produc-tos pirotécnicos en el distrito de Ate. Artículo 2º.- CONFACOPI-ATE, elabora el proyecto de Ordenanza que será elevado al Concejo Distrital yque contendrá la siguiente información: - Determinará los lugares públicos en los que se pue- dan usar artículos pirotécnicos de defragantes (juegosartificiales). - Determinará las zonas exclusivas y/o permanentes dentro de la jurisdicción para lugares de fabricación,depósito y comercialización (ubicación de las oficinas administrativas para la venta de servicios, espectáculos pirotécnicos o productos pirotécnicos de uso industrial). Artículo 3º.- CONFACOPI-ATE, estará conformado por: Director de Servicios Públicos Locales Presidente Director de Gestión UrbanaJefe de Oficina de Asuntos JurídicosSubdirector de Defensa Civil Subdirector de Comercialización y Transporte Dichos funcionarios podrán designar un represen- tante que asista en su lugar ante la Comisión. Artículo 4º.- CONFACOPI-ATE, tiene como plazo máximo 30 días para la elaboración del proyecto de Or-denanza que dará cumplimiento al artículo 2º. Artículo 5º.- La Dirección de Administración, dispon- drá los recursos necesarios para apoyar la labor delCONFACOPI-ATE, en atención de los requerimientos para el mejor cumplimiento de sus funciones. Artículo 6º.- El Presente Decreto, entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.LEONARDO VÍLCHEZ FERNÁNDEZ Teniente AlcaldeEncargado de Alcaldía 10768/G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G69/G64/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G6E/G74/G61/G73 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 025 Ate, 2 de junio de 2003 EL TENIENTE ALCALDE ENCARGADO DE ALCALDÍA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; el Informe Nº 223-2003-OPRP/MDA, Informe Nº 1459-03-OAJ/MDA, Informe Nº 139-03-DR/MDA, asícomo el Proveído Nº 1647-03-DM/MDA, de la Dirección Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Edicto Nº 001-02/MDA, de fecha 12 de diciembre del 2002, se aprobó la modificación del Regla- mento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Ate, cuyas nuevas disposiciones forman parte como anexodel referido Edicto. Entre dichas disposiciones se encuen- tra la definición de ÓRGANOS DE GESTIÓN DEL GO- BIERNO LOCAL, los cuales comprenden, entre otros, a laDirección de Rentas, que a su vez está integrada por la Subdirección de Administración Tributaria, Subdirección de Fiscalización. Recaudación y Control y la Subdirección deEjecutoria Coactiva ( artículo 75º a 86º); Que, la segunda disposición final del Edicto Nº 001-029/ MDA, faculta al Alcalde para que dentro de un plazo de 180días dicte, mediante Decreto de Alcaldía, las normas com- plementarias en relación con el Plan de Implementación de la nueva Organización Municipal. Asimismo también se hadelegado al Alcalde la facultad de que mediante Decreto de Alcaldía ( esta vez, sin plazo límite) reglamente y dicte las normas complementarias al referido Edicto; Que, puesto que la propuesta de cambio de Modifi- cación del Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Dirección de Ren-tas no puede considerarse como una "norma comple- mentaria al Edicto", la modificación, a realizarse deberá efectuarse bajo la primera opción; Que, actualmente se encuentra en vigencia el plazo de 180 días señalado en la segunda disposición final del Edicto Nº 001-02/MDA de fecha 12 de diciembre del2002, puesto que son días útiles. En consecuencia y considerando que el cambio de denominación debe con- siderarse como un complemento al Plan de Imple-mentación de la nueva Organización Municipal, es facti- ble aprobar dicha modificación mediante Decreto de Al- caldía, lo cual se dará cuenta al Concejo; Que, mediante Informe Nº 1459-03-OAJ/MDA, la Ofi- cina de Asuntos Jurídicos señala que se encuentra vi- gente dicha delegación y que la propuesta de la Direc-ción de Rentas, cuenta con el Informe Técnico favorable de la Oficina de Planeamiento, Racionalización y Presu- puesto, toda vez que se está proponiendo una variaciónen la organización que no modifica la finalidad de la Enti- dad sino que precisa sus funciones. La Oficina de Asun- tos Jurídicos es de Opinión que se declare PROCE-DENTE y que se emita el Decreto de Alcaldía, dispo- niendo que la Subdirección de Fiscalización, Recauda- ción y Control se desdoble en la Subdirección de Fisca-lización y la Subdirección de Recaudación y Control; Que, el Director de Rentas mediante el Informe Nº 139-03-DR/MDA, indica que la Dirección de Rentas, esun órgano de gestión del Gobierno Local, tiene como ob- jeto programar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades de administración, recaudación,fiscalización, determinación, control y supervisión de los ingresos de la Municipalidad por ejemplo de tributos, ren- tas y cobranzas coactivas de acuerdo a las normas ydisposiciones legales vigentes, así como las políticas tri- butarias de simplificación tributario municipal. Está a car- go de un Director, quién depende del Director Municipal.Son órganos de gestión de la Dirección de Rentas: - Subdirección de Administración Tributaria. - Subdirección de Fiscalización Tributaria. - Subdirección de Recaudación y Control. - Subdirección de Ejecutoria Coactiva.