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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (08/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 33

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G34/G35/G36/G37/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 8 de junio de 2003 d) No presentar anualmente el Certificado de Sani- dad del Can. e) Ingreso a locales de espectáculos públicos, de- portivos, culturales o de cualquier naturaleza, incum-pliendo las disposiciones de la presente Ordenanza y demás normas vigentes sobre la materia. Artículo 29º. - Son infracciones muy graves sancio- nadas con multas del 4% de la U.I.T. a) Participar, organizar, promover o difundir peleas de canes. b) Adiestrar o entrenar canes para peleas.c) Abandonar canes potencialmente peligrosos en la vía pública. d) Abrir o conducir Centros de Adiestramiento o Co- mercialización de canes, sin cumplir con los requisitos exigidos en Ley y demás normas pertinentes. Artículo 30º. - Mientras no se pague la multa y se subsanen las causas que generaron la infracción, el can será retenido y se cobrará una tasa diaria por conceptode mantenimiento del animal. La graduación de la san- ción tendrá en cuenta el peligro ocasionado, la reinci- dencia y el beneficio económico que hubiera obtenido lainfracción. TÍTULO X DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y COMPLEMENTARIAS Primera. - Por Resolución Ministerial Nº 1776-2002- SA/DM de fecha 11 de noviembre de 2002 se resuelve considerar en la relación de razas de canes potencial-mente peligrosos a los que a continuación se detallan: Pit Bull Terrier, Dogo Argentino, Fila Brasilero, Tosa Ja- ponesa, Bull Mastiff, Doberman y Rotweller. Segunda. - Los propietarios o poseedores de canes considerados potencialmente peligrosos, a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, tendrán un plazo de60 días para realizar los trámites de licencia y registro a que se refiere la presente Ordenanza. Tercera.- Esta Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Cuarta.- Quedan derogadas todas aquellas disposi- ciones municipales que se opongan a la presente Orde-nanza. Quinta. - Facultar al Alcalde que mediante Decreto de Alcaldía dicte acciones complementarias a la presen-te Ordenanza. Sexta.- Asimismo incorporar al TUPA los requisitos para el cobro de funcionamiento sobre la Licencia Muni-cipal, a que se refiere la presente Ordenanza Municipal. Séptima.- Encárguese a la Dirección de Servicios Públicos Locales, y sus áreas correspondientes, el cum-plimiento de la Ordenanza Municipal Regístrese, publíquese y cúmplase.OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 10770 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G73/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G70/G6C/G61/G6E/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G61/G73/G65/G6E/G74/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G68/G75/G6D/G61/G2D/G6E/G6F/G73/G20/G79/G20/G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G73/G6F/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G66/G69/G2D/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G76/G69/G65/G6E/G64/G61/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G62/GE1/G73/G69/G63/G6F/G73 ORDENANZA Nº 032-2003-MDA Ate, 30 de mayo de 2003 EL TENIENTE ALCALDE, ENCARGADO DE ALCALDÍA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE POR CUANTO : El Concejo Distrital de Ate, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de Mayo del 2003; y,CONSIDERANDO : Que, los procedimientos administrativos que, por exi- gencia legal, deben iniciar los administrados ante lasentidades para satisfacer o ejercer sus intereses o de- rechos, deben señalarse en el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos – TUPA – que cada entidad debetener, conforme lo establece el artículo 30° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, mediante Ordenanza N° 002-2002-MDA de fe- cha 11.2.02 se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Ate; Que, existen Asentamientos Humanos, Organizacio- nes Sociales con fines de Vivienda, que no cuentan con los servicios básicos de energía eléctrica y agua pota- ble y alcantarillado, y que las empresas prestadoras dedichos servicios les exigen, como requisito para la insta- lación de tales servicios, que son considerados bási- cos, la presentación de planos debidamente visados porla Autoridad Municipal; Que, con el objeto de obtener dichos planos visados por la Municipalidad, las referidas organizaciones en mu-chos casos han presentado las respectivas solicitudes que fueron declaradas improcedentes o en otros ni si- quiera se les ha admitido, debido a que en el TUPA vigen-te de la Municipalidad de Ate, no se ha establecido el procedimiento denominado VISACION DE PLANOS O MEMORIA DESCRIPTIVA PARA FINES JUDICIALES; Que, siendo ello así se hace necesario que la Muni- cipalidad implemente un procedimiento administrativo con el objeto de facilitar la obtención de la visación de planosa los Asentamientos Humanos, Organizaciones Socia- les con fines de Vivienda, que lo requieran para fines de ejecutar los Proyectos de electrificación y redes de aguay alcantarillado y así contar con los servicios básicos de agua potable y alcantarillado y alumbrado publico; Que, el saneamiento de dichos asentamientos se ve postergado por algunas trabas de carácter legal y de propiedad básicamente, los cuales son difíciles de sal- var en un corto plazo, por lo que encontramos Asenta-mientos que llevan de hasta 20 años sin dichos servi- cios, lo cual afecta no sólo a los ocupantes de dichas viviendas sino también al medio ambiente de nuestrodistrito, por lo que es necesario brindar el apoyo corres- pondiente mediante la visación de planos de lotización; Que, la visación de planos que se realice en mérito del procedimiento administrativo que se crea no signifi- cará reconocimiento u otorgamiento de Habilitación Ur- bana alguna, ya que para ello las Organizaciones intere-sadas deberán efectuar su trámite conforme a lo que establece la Ley N° 26878, Ley General de habilitacio- nes Urbanas y su Reglamento aprobado por DecretoSupremo N° 011-98-MTC; Estando a lo dispuesto en el inciso 8) del Artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, con-tando con el voto por de los señores Regidores asisten- tes a la Sesión de la fecha y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha aprobado lasiguiente Ordenanza; ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE VISACION DE PLANOS PARA ASENTAMIENTOS HUMANOS, ORGANIZACIONES SOCIALES CON FINES DE VIVIENDA, PARA LA ELABORACIÓN DE VISACION DE PLANOS Artículo Primero.- ESTABLÉZCASE EL PROCEDI- MIENTO DE VISACION DE PLANOS PARA ASENTA- MIENTOS HUMANOS, ORGANIZACIONES SOCIALES CON FINES DE VIVIENDA, PARA LA ELABORACIÓNDE LOS PROYECTOS DE SERVICIOS PÚBLICOS. Artículo Segundo.- OBJETIVOS:2.1 Facilitar la obtención de la visación de planos a los administrados sean Asentamientos Humanos, Or-ganizaciones Sociales con fines de Vivienda, para la ejecución de proyectos de servicios básicos tales como electrificación e instalación de redes de agua y alcanta-rillado, por lo que se hace necesario la emisión de la presente Ordenanza. 2.2 Contribuir con el desarrollo y progreso del distrito estableciendo facilidades en el trámite administrativo para la ejecución de proyectos que beneficiarán y dará mayor bienestar a la población.