Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2003 (13/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, viernes 13 de junio de 2003

des de la Administracion Publica estan sometidas al MORDAZA de publicidad; Que, de acuerdo al articulo 3º de la Ley Nº 27806, el Estado adoptara medidas basicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuacion de las entidades de la Administracion Publica, y tiene la obligacion de entregar la informacion que demanden las personas en aplicacion del MORDAZA de publicidad; Que, para tal efecto, el ultimo parrafo del articulo citado establece que la entidad publica designara al funcionario responsable de entregar la informacion solicitada; Que, la mencionada Ley Nº 27806 senala en su articulo 5º que las Entidades de la Administracion Publica estableceran progresivamente, de acuerdo a su presupuesto, la difusion a traves del Internet de informacion relacionada a datos generales de la Administracion Publica que incluya principalmente disposiciones y comunicados emitidos, su organizacion, organigrama y procedimientos, las adquisiciones y servicios que realicen, asi como la informacion adicional que la entidad considere pertinente; debiendo la entidad publica identificar al funcionario responsable de la elaboracion de los portales de Internet; Que, asimismo, el articulo 8º de la Ley Nº 27806, senala que las entidades obligadas a brindar informacion identificaran, bajo responsabilidad de su MORDAZA representante, al funcionario responsable de brindar la informacion solicitada en virtud de lo establecido en la referida Ley; Que, de acuerdo al literal a) del articulo 11º de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, toda solicitud de informacion debe ser dirigida al funcionario designado por la entidad de la Administracion Publica para realizar esta labor; por lo que, resulta necesario efectuar dicha designacion; Que, de conformidad con los articulos 3º, 5º y 8º de la citada Ley, la Entidad debe designar a los funcionarios responsables de brindar la informacion solicitada en virtud de la Ley Nº 27806, de la Comision Nacional de la Juventud; De conformidad con lo previsto por la Ley Nº 27802, el Decreto Supremo Nº 106-2002-PCM, la Resolucion Suprema Nº 072-2003-PCM, y en uso de sus facultades; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a las siguientes personas como responsables de brindar la informacion a que se refiere el articulo 3º de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, Ley Nº 27806: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como la funcionaria responsable de brindar la informacion que es requerida por los ciudadanos, al MORDAZA de la Ley Nº 27806. MORDAZA MORDAZA HIJAR, como responsable de la elaboracion del MORDAZA de Internet de la Comision Nacional de la Juventud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VEGAS MORDAZA Presidenta 11183

Que, por Decreto Supremo Nº 015-2001-EM, actualizado mediante Decreto Supremo Nº 053-2002EM, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2003EM, se denomina a partir de la fecha como Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, al Organismo Publico Descentralizado del Sector Energia y Minas encargado de las funciones de tramitar las solicitudes y otorgar las concesiones mineras, asi como la administracion del Derecho de Vigencia y Catastro Minero; Que, el articulo 5º de la MORDAZA legal MORDAZA citada, dispone que a partir de su vigencia, las menciones al Registro Publico de Mineria existentes en el Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, y demas normas legales y reglamentarias relacionadas, se entenderan como referidas al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero INACC, publicara mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visacion de la Direccion General de Concesiones Mineras y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el Articulo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese, en el Diario Oficial El Peruano, las concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de MORDAZA de 2003, de acuerdo a la relacion adjunta que forma parte integrante de la presente resolucion y para los efectos a que se contraen los Articulos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BARCELLOS M. Jefe Institucional 11105

SUNARP
Constituyen comision para elaborar proyecto de directiva que regule la toma de inventario de los titulos custodiados en el archivo registral de las zonas registrales y del Registro Predial MORDAZA
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 289-2003-SUNARP/SN MORDAZA, 11 de junio de 2003 Visto el Informe Nº 002-2003-SUNARP/OAI; y, CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Auditoria Interna de la SUNARP, recomienda se evalue la procedencia de conformar co-

INACC
Disponen la publicacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de MORDAZA de 2003
INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO RESOLUCION JEFATURAL Nº 01408-2003-INACC/J

MORDAZA, 6 de junio de 2003

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