Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2003 (13/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, viernes 13 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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VISTA: La solicitud presentada por Financiera Cordillera S.A., para que se le autorice la ampliacion del monto MORDAZA en circulacion del "Primer Programa de Certificados de Deposito Negociables de Financiera Cordillera", de S/. 50 000 000.00 (Cincuenta Millones y 00/100 Nuevos Soles) hasta por el monto MORDAZA en circulacion de S/. 100 000 000.00 (Cien Millones y 00/100 Nuevos Soles); y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su articulo 221º, numeral 14, faculta a las empresas a emitir y colocar certificados de deposito negociables o no negociables; Que, el articulo 232º de la Ley General establece que en el caso de la emision de instrumentos financieros, que tengan la condicion de valores mobiliarios y se emitan por oferta publica, la CONASEV procedera a inscribirlos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, previa opinion favorable expedida por Resolucion de esta Superintendencia y de la documentacion precisada en el articulo 18º de la Ley del MORDAZA de Valores; Que, el Reglamento de Certificados de Depositos, aprobado mediante Resolucion SBS Nº 021-2001 del 16 de enero de 2001, establece en su numeral 3.2 que en los casos de emision masiva de certificados de depositos negociables, mediante oferta publica o privada, la empresa emisora se sujetara a lo dispuesto en el articulo 232º de la Ley General, a las disposiciones expedidas por esta Superintendencia, y a aquellas establecidas por CONASEV; Que, en sesion realizada el 27 de junio de 2001, el Directorio de Financiera Cordillera S.A., aprobo las condiciones generales y la realizacion del "Primer Programa de Certificados de Deposito Negociables de Financiera Cordillera" hasta por la suma MORDAZA en circulacion de S/. 100 000 000.00 (Cien Millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante Resolucion Nº 1034-200 de fecha 31 de diciembre de 2001, esta Superintendencia opino favorablemente para que Financiera Cordillera S.A. realice la emision de Certificados de Deposito Negociables a traves del denominado "Primer Programa de Certificados de Deposito Negociables de Financiera Cordillera" hasta por la suma MORDAZA en circulacion de S/. 50 000 000.00 (Cincuenta Millones y 00/100 Nuevos Soles); Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "A" mediante Informe Nº DESF "A"-037-OT/2003; por el Departamento de Evaluacion de Riesgo de MORDAZA y Liquidez mediante Informe Nº 014-2003-DERML; por el Departamento de Analisis del Sistema Financiero mediante Informe Nº 001-2003-ASF; y con la opinion favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca, y Asesoria Juridica, y las Gerencias de Riesgos, y Estudios Economicos; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; RESUELVE: Articulo Primero.- Opinar favorablemente para que se amplie el monto MORDAZA en circulacion del "Primer Programa de Certificados de Deposito Negociables de Financiera Cordillera", de S/. 50 000 000.00 (Cincuenta Millones y 00/100 Nuevos Soles) hasta por el monto MORDAZA en circulacion de S/. 100 000 000.00 (Cien Millones y 00/100 Nuevos Soles); debiendo adecuarse a las disposiciones contenidas en la Ley del MORDAZA de Valores.

Articulo Segundo.- El texto de la presente Resolucion debera insertarse en la Escritura Publica correspondiente para su posterior inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 11108

Autorizan a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA abrir oficina en la modalidad de agencia ubicada en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 891-2003

MORDAZA, 12 de junio de 2003 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA (CMAC-T S.A.) para que se le autorice la apertura de una oficina, en la modalidad de agencia, en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establecido en el D.S. Nº 157-90EF y en la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, la finalidad y especialidad de las MORDAZA Municipales de Ahorro y Credito consiste en captar depositos y realizar operaciones de financiamiento, preferentemente a las pequenas y micro empresas; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 13º y las Disposiciones Finales y Complementarias MORDAZA y Decima de la Ley Nº 26702, las MORDAZA Municipales de Ahorro y Credito continuan regidas por sus normas especiales, salvo en lo relativo a los factores de ponderacion de riesgos, capitales minimos, patrimonios efectivos, limites y niveles de provisiones, para los cuales se rigen por lo establecido en la Ley Nº 26702, en garantia de los ahorros del publico, y la exigencia de su conversion a sociedades anonimas sin el requisito de la pluralidad de accionistas; Que, el Decreto Supremo Nº 157-90-EF, MORDAZA con rango de ley, que regula las operaciones de las MORDAZA Municipales de Ahorro y Credito, establece un esquema gradual en la MORDAZA de los riesgos inherentes a las nuevas operaciones que pueden realizar con la autorizacion de esta Superintendencia; esquema que ha mostrado resultados concretos y favorables para el desarrollo del Sistema de MORDAZA Municipales de Ahorro y Credito; Que, mediante la Resolucion SBS Nº 1276-2002 del 11 de diciembre de 2002, se aprueba el procedimiento simplificado de autorizacion de oficinas para las instituciones de microfinanzas, que permite su ingreso a areas geograficas distintas de su ambito de origen, incluyendo MORDAZA Metropolitana; Que, la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA (CMAC-T S.A.) ha cumplido con presentar la documentacion exigida para la apertura de la Oficina solicitada, en la cual se efectuara estrictamente operaciones relacionadas con su finalidad y especialidad en operaciones de microfinanzas; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "F" mediante Informe Nº 079-2003/DESF-"F" y, con las opiniones favorables

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