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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (13/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 56

PÆg. 245926 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de junio de 2003 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan concesión a empresa para prestar servicio portador de larga dis-tancia internacional en la modalidadno conmutado RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 440-2003-MTC/03 Lima, 10 de junio de 2003 VISTA la solicitud formulada por EMERGIA PERU S.A.C. para que se le otorgue concesión para la presta- ción del servicio portador de larga distancia internacio- nal en la modalidad no conmutado, en la República delPerú; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado porDecreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que correspon- de al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, otor- gar concesiones, autorizaciones, permisos y licenciasen materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Su- premo Nº 06-94-TCC, establece que los servicios públi-cos portadores se prestan bajo el régimen de conce- sión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requi- sitos y trámites establecidos en la Ley de Teleco-municaciones, su Reglamento General, que se perfecciona mediante la suscripción de un contrato de concesión aprobado por el Titular del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones; Que, el artículo 32º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios portadores se encuentra el servicio portadorde larga distancia internacional; Que, mediante Informes Nºs. 060-2003-MTC/17 y 086-2003-MTC/17, se señala que habiéndose verifica- do el cumplimiento de los requisitos que establece lalegislación para otorgar la concesión solicitada para el servicio portador de larga distancia internacional en la modalidad no conmutado, es procedente la solicitud for-mulada por EMERGIA PERU S.A.C.; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Su- premo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aproba-do por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el TUPA del Ministerio; Con la opinión favorable del Viceministro de Comuni- caciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a EMERGIA PERU S.A.C. con- cesión para la prestación del servicio portador de largadistancia internacional en la modalidad no conmutado por el plazo de veinte (20) años, en la República del Perú. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a ce- lebrarse con EMERGIA PERU S.A.C. para la prestación del servicio público a que se refiere el artículo preceden-te, el cual consta de veintiséis (26) cláusulas y dos (2) anexos que forman parte integrante de la presente reso- lución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones para que, en representa- ción del Ministerio, suscriba el contrato de concesiónque se aprueba en el artículo anterior.Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerioemita el acto administrativo correspondiente, si el con- trato de concesión no es suscrito por la empresa so- licitante en el plazo máximo de sesenta (60) días há-biles computados a partir de la publicación de la pre- sente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 11148 Otorgan permiso de operación a la em- presa naviera Transporte Fluvial FA- RESA SAC, para prestar servicio de transporte fluvial de carga RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 105-2003-MTC/13 Lima, 5 de abril de 2003 Vista la solicitud (Expediente Nº 2003-004818) pre- sentada por la empresa naviera TRANSPORTE FLU- VIAL FARESA SAC.,solicitando permiso de operaciónpara prestar servicio de transporte fluvial comercial de carga general. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001- MTC se aprobó el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, en el cual se establecen las normas téc- nicas y legales a las cuales deberán sujetarse laspersonas naturales y jurídicas que prestan este ser- vicio; a fin de alcanzar el ordenamiento empresarial, administrativo, operativo y de seguridad del trans-porte fluvial; Que, de acuerdo a la legislación vigente, correspon- de a la Dirección General de Transporte Acuático expe-dir los permisos de operación a las empresas navieras nacionales; Que, la empresa naviera TRANSPORTE FLUVIAL FARESA SAC.,cumple con las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento de Transporte Fluvial vi- gente, para prestar servicio de transporte fluvial de car-ga, en tráfico nacional y en servicio irregular, en la Hoya Amazónica; Que, la empresa se encuentra debidamente inscrita en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) con el Nº 20451427793; Que, mediante informe Nº 059-2003-MTC/13.02 de la Dirección de Marina Mercante y Transporte Multimo- dal, así como del Informe Nº 076-2003-MTC/13.al del Asesor Legal, se opina favorablemente sobre la solicitudde permiso de operación presentada, por lo que resulta procedente autorizar lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decreto Legis- lativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OTORGAR Permiso de Operación a favor de la empresa naviera TRANSPORTE FLUVIAL FARESA SAC., para prestar servicio de transporte flu- vial de carga, en la forma siguiente: TRÁFICO : Nacional o cabotaje SERVICIO : Irregular : En la Hoya AmazónicaTRANSPORTE : Carga general Artículo 2º.- El servicio de transporte a que se refie- re el artículo precedente será atendido con la embarca-