Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2003 (14/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 14 de junio de 2003

Institucionalizan Festival NDO END DARI, Fiesta de la Capital de la Biodiversidad del Peru y declaran el 7 de setiembre como Feriado No Laborable en la Region
ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2003-CRMDD EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA de Dios; en Sesion Extraordinaria celebrada los dias 5, 19 y 21 del mes de MORDAZA del 2003 ha aprobado por unanimidad la Ordenanza Regional siguiente; CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º de la Constitucion, establece que el Estado defiende, impulsa y hace prevalecer la identidad de los PUEBLOS, que es parte constitutiva de la SOBERANIA NACIONAL. En el mismo articulo numeral 19, toda persona tiene derecho a su identidad etnica, cultural y textualmente dice: "El Estado reconoce y protege la pluralidad etnica y cultural de la Nacion"; Que, varias Regiones de nuestro MORDAZA tienen fechas historicas que rescatan su identidad Cultural y reconociendo su pasado historico, con actividades de caracter Artistico-Cultural, contribuyendo a la reafirmacion de la identidad Regional y Nacional; Que, la Ley de Bases de Descentralizacion Ley Nº 27783 y la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, en su articulo 47 incisos a y b, establece con claridad la formulacion y diseno de programas de desarrollo de la cultura, asi mismo la reafirmacion del ser nacional; Que, por Ley Nº 26311, en el articulo primero declara al departamento de MORDAZA de MORDAZA como "CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERU", hecho que relieva e induce a su posicionamiento para la atraccion turistica; RESUELVE: Articulo Primero.- Institucionalizar el FESTIVAL NDO END DARI, FIESTA DE LA CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERU, en el mes de setiembre de cada ano. Articulo Segundo.- Declarar al dia 7 de setiembre de cada ano como dia FERIADO NO LABORABLE en la Region MORDAZA de Dios. Articulo Tercero.- Encargar la realizacion de este Festival a la Direccion Regional de Industria,Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales de MORDAZA de MORDAZA quien lo presidira y como integrantes a la Municipalidad Provincial de Tambopata, Gerencia Regional de Asuntos Sociales de la sede Regional de MORDAZA de MORDAZA, Instituto Nacional de Cultura. Articulo Cuarto.- Designar a la Direccion Regional de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones comerciales e internacionales de MORDAZA de MORDAZA para que en un plazo de 30 dias calendario contados a partir del primero junio presente el anteproyecto de creacion de la Empresa Regional del FESTIVAL NDO END DARI FIESTA DE LA CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERU. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional a los veintiun dias del mes de MORDAZA del ano dos mil tres. MORDAZA EDWI MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA 11208

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican resolucion de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA que considero como MORDAZA propietario de lote a la empresa Lider Ingenieria y Construccion S.A.
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 818 MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2003 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA VISTOS, los Codificados Nºs. 38480-2002 y 557662002, este ultimo mediante el cual la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, solicita la ratificacion de la Resolucion Nº 574-2002-RASS, de fecha 19 de MORDAZA de 2002, promovida por la empresa LIDER INGENIERIA Y CONSTRUCCION S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 283-2002-RASS, de fecha 27 de marzo de 2002, la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA aprobo, de conformidad con los Planos signados con los Nºs. 029.01-2002-SDOPRIV-DDUMSS al 029.06-2002-SDOPRIV-DDU-MSS, los Proyectos referentes a trazado, lotizacion, pavimentacion de calzadas y aceras correspondiente a la Habilitacion MORDAZA Nueva de lote unico para Uso Residencial de Densidad Media "R-4", del terreno de 10,315.46 m², de propiedad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y conyuge, conformado por la acumulacion de los sublotes Nºs. 11A-2 y 11B-2, ubicado en el ex fundo "Villanueva", distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Resolucion Nº 574-2002-RASS, de fecha 19 de MORDAZA de 2002, la referida Municipalidad Distrital considero a la empresa LIDER INGENIERA Y CONSTRUCCION S.A. como MORDAZA propietario; y, en consecuencia, titular del MORDAZA de Modificacion de Habilitacion MORDAZA Nueva del terreno descrito en el considerando que antecede, en sustitucion de sus anteriores propietarios, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y conyuge, aprobandose, de conformidad con los Planos signados con los Nºs. 072.01-2002-SDOPRIV-DDU-MSS al 072.05-2002-SDOPRIV-DDU-MSS, los Proyectos Modificatorios referentes a lotizacion y vias, trazado de ejes de vias y planeamiento integral, en sustitucion de los proyectos aprobados por la Resolucion de Alcaldia Nº 283-2002-RASS, del 27 de marzo de 2002; Que, mediante Informe Nº 228-2002-MML/DMDU/DHU/ DRD, de fecha 23 de setiembre de 2002, se senala que el Sublote 11-A de 17,612.54 m² cuenta con zonificacion para Uso Residencial de Densidad Media "R-4", conforme al Certificado de Zonificacion y Vias Nº 080-2001DDU/MSS de fecha 18 de noviembre de 2001; asimismo, se adjunta el Certificado de Zonificacion y Vias Nº 0792001-DDU/MSS el 18 de noviembre de 2001 que califica al Sublote 11-B de 6,477.46 como Usos Especiales "OU"; se senala, ademas, que el aporte correspondiente para Recreacion Publica sera redimido en dinero MORDAZA de la Recepcion de Obras y que los correspondientes a Servicio de Parques de MORDAZA y al Ministerio de Educacion se encuentran de libre disponibilidad y sin construcciones; Que, la Comision Metropolitana de Habilitacion MORDAZA, mediante Acuerdo Nº 01, tomado en Sesion Nº 0222002, de fecha 21 de octubre de 2002, recomendo Ratificar la Resolucion Nº 574-2002-RASS, de fecha 19 de MORDAZA de 2002, emitida por la Municipalidad Distrital de MORDAZA de Surco; Con el Visto MORDAZA de la Direccion de Habilitaciones Urbanas y de la Unidad Tecnico Legal, con lo recomendado por la Direccion Municipal de Desarrollo Urbano; y,

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