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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (14/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 34

PÆg. 246024 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de junio de 2003 Institucionalizan Festival NDO END DARI, Fiesta de la Capital de la Biodi-versidad del Perœ y declaran el 7 desetiembre como Feriado No Laborable en la Región ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2003-CRMDD EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS POR CUANTO:El Consejo Regional de Madre de Dios; en Sesión Extraordinaria celebrada los días 5, 19 y 21 del mes demayo del 2003 ha aprobado por unanimidad la Ordenan-za Regional siguiente; CONSIDERANDO:Que, el artículo 2º de la Constitución, establece que el Estado defiende, impulsa y hace prevalecer la identi-dad de los PUEBLOS, que es parte constitutiva de laSOBERANÍA NACIONAL. En el mismo artículo numeral19, toda persona tiene derecho a su identidad étnica,cultural y textualmente dice: "El Estado reconoce y pro-tege la pluralidad étnica y cultural de la Nación"; Que, varias Regiones de nuestro país tienen fechas históricas que rescatan su identidad Cultural y recono-ciendo su pasado histórico, con actividades de carácterArtístico-Cultural, contribuyendo a la reafirmación de laidentidad Regional y Nacional; Que, la Ley de Bases de Descentralización Ley Nº 27783 y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867,en su artículo 47 incisos a y b, establece con claridad laformulación y diseño de programas de desarrollo de la cultura, así mismo la reafirmación del ser nacional; Que, por Ley Nº 26311, en el artículo primero declara al departamento de Madre de Dios como "CAPITAL DELA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ", hecho que relieva einduce a su posicionamiento para la atracción turística; RESUELVE:Artículo Primero.- Institucionalizar el FESTIVAL NDO END DARI, FIESTA DE LA CAPITAL DE LA BIODI-VERSIDAD DEL PERÚ, en el mes de setiembre de cadaaño. Artículo Segundo.- Declarar al día 7 de setiembre de cada año como día FERIADO NO LABORABLE en laRegión Madre de Dios. Artículo Tercero.- Encargar la realización de este Festival a la Dirección Regional de Industria,Turismo,Integración y Negociaciones Comerciales Internaciona-les de Madre de Dios quién lo presidirá y como integran-tes a la Municipalidad Provincial de Tambopata, Geren-cia Regional de Asuntos Sociales de la sede Regional deMadre de Dios, Instituto Nacional de Cultura. Artículo Cuarto.- Designar a la Dirección Regional de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones comer-ciales e internacionales de Madre de Dios para que en unplazo de 30 días calendario contados a partir del primerojunio presente el anteproyecto de creación de la EmpresaRegional del FESTIVAL NDO END DARI FIESTA DE LACAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la sede central del Gobierno Regional a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil tres. RAFAEL EDWI RÍOS LÓPEZ Presidente del GobiernoRegional de Madre de Dios 11208GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican resolución de la Municipa- lidad Distrital de Santiago de Surco queconsideró como nuevo propietario delote a la empresa Líder Ingeniería yConstrucción S.A. RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 818 Lima, 10 de abril de 2003 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAVISTOS, los Codificados Nºs. 38480-2002 y 55766- 2002, este último mediante el cual la Municipalidad Distri-tal de Santiago de Surco, solicita la ratificación de laResolución Nº 574-2002-RASS, de fecha 19 de julio de2002, promovida por la empresa LIDER INGENIERIA YCONSTRUCCION S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 283-2002-RASS, de fecha 27 de marzo de 2002, la Municipalidad Distrital deSantiago de Surco aprobó, de conformidad con los Pla-nos signados con los Nºs. 029.01-2002-SDOPRIV-DDU-MSS al 029.06-2002-SDOPRIV-DDU-MSS, los Proyec-tos referentes a trazado, lotización, pavimentación decalzadas y aceras correspondiente a la Habilitación Ur-bana Nueva de lote único para Uso Residencial de Den-sidad Media "R-4", del terreno de 10,315.46 m², de pro-piedad de ROBERTO CLARK REYES y cónyuge, con-formado por la acumulación de los sublotes Nºs. 11A-2 y11B-2, ubicado en el ex fundo "Villanueva", distrito deSantiago de Surco, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Resolución Nº 574-2002-RASS, de fecha 19 de julio de 2002, la referida Municipalidad Distri-tal consideró a la empresa LIDER INGENIERA Y CONS-TRUCCION S.A. como nuevo propietario; y, en conse-cuencia, titular del proceso de Modificación de Habilita-ción Urbana Nueva del terreno descrito en el conside-rando que antecede, en sustitución de sus anteriorespropietarios, ROBERTO CLARK REYES y cónyuge,aprobándose, de conformidad con los Planos signadoscon los Nºs. 072.01-2002-SDOPRIV-DDU-MSS al072.05-2002-SDOPRIV-DDU-MSS, los Proyectos Modifi-catorios referentes a lotización y vías, trazado de ejesde vías y planeamiento integral, en sustitución de losproyectos aprobados por la Resolución de AlcaldíaNº 283-2002-RASS, del 27 de marzo de 2002; Que, mediante Informe Nº 228-2002-MML/DMDU/DHU/ DRD, de fecha 23 de setiembre de 2002, se señala que elSublote 11-A de 17,612.54 m² cuenta con zonificaciónpara Uso Residencial de Densidad Media "R-4", confor-me al Certificado de Zonificación y Vías Nº 080-2001-DDU/MSS de fecha 18 de noviembre de 2001; asimismo,se adjunta el Certificado de Zonificación y Vías Nº 079-2001-DDU/MSS el 18 de noviembre de 2001 que calificaal Sublote 11-B de 6,477.46 como Usos Especiales "OU";se señala, además, que el aporte correspondiente paraRecreación Pública será redimido en dinero antes de laRecepción de Obras y que los correspondientes a Servi-cio de Parques de Lima y al Ministerio de Educación seencuentran de libre disponibilidad y sin construcciones; Que, la Comisión Metropolitana de Habilitación Urba- na, mediante Acuerdo Nº 01, tomado en Sesión Nº 022-2002, de fecha 21 de octubre de 2002, recomendó Rati-ficar la Resolución Nº 574-2002-RASS, de fecha 19 dejulio de 2002, emitida por la Municipalidad Distrital deSantiago de Surco; Con el Visto Bueno de la Dirección de Habilitaciones Urbanas y de la Unidad Técnico Legal, con lo recomen-dado por la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano; y,