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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (14/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 25

PÆg. 246015 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de junio de 2003 cación Secundaria con las especialidades de: Biología y Química, Historia y Geografía, Lengua y Literatura y,Matemáticas y Física; Que, la Comisión de Análisis y Consolidación del CONAFU luego de evaluar el Informe de la ComisiónEvaluadora y el Proyecto presentado, recomendó a suPromotora, supere las debilidades encontradas en laParte "B" del Proyecto, con la presentación de una nue-va versión; Que, como resultado del análisis del levantamiento de observaciones del Proyecto de Desarrollo Institucio-nal en su Parte "B", la Comisión de Análisis y Consolida-ción con Informe del 22 de mayo del 2003, recomienda alPleno del CONAFU, no aprobar el Proyecto Institucionalpresentado por la Promotora Proyectos, Obras y Dise-ños Electromecánicos Servicios Alfaro E.I.R.L, en apli-cación del artículo 23º literal d) del Reglamento para laAutorización de Funcionamiento de Universidades; asi-mismo con Informe Nº 046-2003-CONAFU-CJP-CDA-YC del 12 de marzo del 2003, se establecen las Obser-vaciones a la Parte "A" del Proyecto, señalando que lasobservaciones deben ser trasladadas a la recurrente,para que se pronuncie sobre ellas de conformidad a lodispuesto en el artículo 19º del citado Reglamento; Que, como resultado del análisis del levantamiento de observaciones del Proyecto de Desarrollo Institucio-nal en su Parte "B", la Comisión de Análisis y Consolida-ción informa, que no se propone un tercer miembro de laComisión Organizadora, incumpliendo lo establecido alrespecto en la Resolución Nº 306-2002-CONAFU; nose define la organización de las actividades de investiga-ción, creación intelectual y artística, así como la políticay estrategias de las unidades involucradas y, su relacióncon la Oficina de Investigación y Proyección Social quese propone; en la descripción de los proyectos deproducción de bienes y servicios no se ha consideradola organización, recursos y participación de la Oficina deProducción de Bienes y Servicios; en el local ubicado enla Av. Tomás Marsano se han programado, sin conside-rar su ampliación dentro del quinquenio, ambientes des-tinados a los Servicios de Orientación y Consejería (24m2), Salud (24 m2) y, Recreación y Deportes (48 m2),con un total de 96 m2, área que es pequeña en relaciónal número de alumnos (1,109) que se ha proyectado alquinto año de funcionamiento; no se indica la partida enque se encuentra el gasto para la adquisición de Biblio-grafía. El monto proyectado para equipamiento de Labo-ratorios y Talleres, de 691,346 soles (FORM 5-F), esdemasiado bajo para el número de laboratorios que serequiere, más aún si se tiene en cuenta que en la citadacifra se han incluido gastos que corresponden a materia-les de laboratorio. Además, en dicho FORM aparece elgasto para equipamiento del Auditorio (FORM 5-F), perono para el mobiliario del mismo (FORM 5-G). No se haconsiderado la partida para mobiliario de la Sala de Pro-fesores, proyectada en el piso 2 del local ubicado en laAv. Tomás Marsano. En el FORM 5-J, correspondientea egresos proyectados a cinco años, aparece en el quin-to año una inversión de 1'000,000 soles por la comprade un terreno de 5,000 m2 acerca del cual no se dicenada en el FORM 5-E, como tampoco en la SECCIÓN 4,de manera que se desconoce el destino que tendrá di-cho terreno; no se han proyectado suficientes Laborato-rios y Talleres para las carreras de Enfermería y Educa-ción Inicial. De acuerdo al plan de estudios de la carrerade Enfermería, se debe contar con laboratorios paraprácticas de Biología Humana, Física y Biofísica, Quími-ca y Bioquímica, Anatomía y Fisiología Humana,Microbiología y Parasitología, Farmacología, y Nutricióny Dietoterapia. Asimismo, faltan talleres para prácticasde cursos en la carrera de Educación Inicial, tales comoArtes Plásticas, Educación Musical, Material Didáctico,Teatro, y Folklore; en el PDI-2 no se incluye el currícu-lum documentado de los responsables de las Carrerasde Administración de Empresas, Educación Inicial y En-fermería, lo que no permiten que el Proyecto alcanceuna calificación general aprobatoria; Que, por lo antes expuesto, no se dan en el Proyecto de la Universidad Laboral del Perú, las condicionesnecesarias para asegurar su adecuado desarrollo, losque de darse constituirían garantía de la calidad de losservicios que pretende ofrecer; Que, con documentos de Vistos la Comisiones Jurí- dica Permanente y de Análisis y Consolidación informansobre la versión final de la Parte "A" del Proyecto, enbase a las observaciones establecidas por el CONAFU;la cual fue presentada por la Promotora, señalando queel Estatuto y el Reglamento General propuestos, soninstrumentos que cumplen con las exigencias legalesvigentes para ser aprobados; Que, el Pleno del Consejo Nacional para la Autoriza- ción de Funcionamiento de Universidades - CONAFU,en su Sesión Ordinaria del 29 de mayo del 2003, luegode revisar el Expediente, con lo informado por lasComisiones Jurídica Permanente y, de Análisis y Con-solidación del CONAFU, acordó, por unanimidad, deconformidad a lo dispuesto en el literal d) del artículo 23ºdel Reglamento para la Autorización de Funcionamientode Universidades, no autorizar el funcionamiento provisio-nal de la Universidad Laboral del Perú, por existir en elproyecto deficiencias muy notorias que no permiten ga-rantizar su adecuado desarrollo, ni niveles mínimos acep-tables de calidad en la formación profesional que se pre-tende impartir en las carreras profesionales propuestas; Estando a lo expuesto, en concordancia con el literal a) del artículo 2º de la Ley Nº 26439; el artículo 8º delDecreto Legislativo Nº 882; literal a) del artículo 3º delEstatuto; el literal b) del artículo 9º del Reglamento Ge-neral del CONAFU; los artículos 23º inciso b), 24º y 25ºdel Reglamento para la Autorización de Funcionamientode Nuevas Universidades; el Acuerdo Nº 131-2003 del29 de mayo del 2003; y en uso de las facultades confe-ridas por el literal c) del Art. 16º del Reglamento Generaldel CONAFU; SE RESUELVE: Artículo 1º.- NO APROBAR el Proyecto de Desarro- llo Institucional de la Universidad Laboral del Perú, pre-sentado por la Promotora Proyectos, Obras y DiseñosElectromecánicos, Servicios Alfaro E.I.R.Ltda. (PODE-SA), por contener deficiencias muy importantes que nopermiten garantizar su adecuado desarrollo, ni nivelesmínimos aceptables de calidad en la formación profesio-nal que se pretende impartir en las carreras profesiona-les propuestas. Artículo 2º.- NO AUTORIZAR el Funcionamiento Provisional de la Universidad Laboral del Perú, presen-tado por su Promotora Proyectos, Obras y Diseños Elec-tromecánicos, Servicios Alfaro E.I.R.Ltda. (PODESA). Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.ALBERTO SILVA DEL ÁGUILA Presidente HERACLIO CAMPANA AÑASCO Secretario General 11203 BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de Gerente General interina a Italia para participar en pro- grama organizado por el Banco Mun- dial y el Centro de Estudios Moneta-rios Latinoamericanos RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 024-2003 Lima, 12 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en as-pectos fundamentales relacionados con la finalidad yfunciones del Banco Central;