Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2003 (14/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 14 de junio de 2003

Que, en tal sentido, sin perjuicio de los procedimientos disciplinarios en tramite, la aceptacion de la renuncia del recurrente no implica exoneracion de la responsabilidad a que hubiere lugar en funcion a los resultados de los procedimientos MORDAZA mencionados; Que, de la Ficha Personal remitida por el Gerente de Personal y Escalafon Judicial (e) de la Gerencia General del Poder Judicial aparece que el nombrado servidor tiene el cargo titular de Tecnico en Abogacia II de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; Que, a merito de la certificacion de firma de fecha 12 de MORDAZA del 2003; y al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 256º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial debidamente concordado con el articulo 245º, inciso 3) de dicho cuerpo legal, la renuncia pone fin a la MORDAZA administrativa desde que es aceptada; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en uso de sus atribuciones, en sesion extraordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar a partir de la fecha la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA Nonone MORDAZA al cargo de Tecnico en Abogacia II de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, sin perjuicio de lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para los fines correspondientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA SIVINA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ORDONEZ MORDAZA 11269

ORGANISMOS AUTONOMOS ANR - CONAFU
Disponen no autorizar funcionamiento provisional de la Universidad Laboral del Peru
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 103-2003-CONAFU MORDAZA, 5 de junio del 2003 VISTOS; la Resolucion Nº 130-2002-CONAFU del 15 de MORDAZA del 2002, que admite a tramite la solicitud organizada por la Promotora Proyectos, Obras y Disenos Electromecanicos Servicios MORDAZA E.I.R.L., para que se le otorgue autorizacion provisional de funcionamiento de la denominada Universidad Laboral del Peru; la Resolucion Nº 158-2002-CONAFU del 3 de MORDAZA de 2002, con la que se designa a la Comision Evaluadora del Proyecto; el Informe de la Comision Evaluadora del 18 de MORDAZA del 2002; el Informe Nº 076-2002-CDAYC del 4 de diciembre del 2002; el Oficio Nº 761-2002-CONAFU-P del 6 de diciembre del 2002, con el que se trasladan las observaciones establecidas al Proyecto por el CONAFU; el Expediente Nº 64985 del 7 de enero del 2003; el Informe Nº 024-2003-CONAFU-CEAA del 30 de enero del 2003; el Oficio Nº 072-2003-CONAFU-P del 3 de febrero del 2003 sobre la Parte b) del Proyecto; el Expediente Nº 67078 del 13 de febrero del 2003, que contienen el Levantamiento de Observaciones presentado por la Promotora del Proyecto; Informe Nº 046-2003-CONAFU-CJP-CDAYC del 12 de marzo del 2003, Informe Conjunto de las Comisiones Juridica Permanente y de Analisis y Consolidacion, sobre la Parte a) del Proyecto; el Informe Nº 037-2003-CDAYC del 22 de MORDAZA del 2003 sobre la Parte b) del Proyecto; el Informe Nº 100-2003CONAFU-CJP-CDAYC del 26 de MORDAZA del 2003, Informe Conjunto de las Comisiones Juridica Permanente y de Analisis y Consolidacion, sobre la Parte a) del Proyecto; el Oficio Nº 211-2003-CONAFU-P del 19 de marzo del 2003; el Expediente Nº 69199 del 2 de MORDAZA del 2003; el Informe Nº 103-2003-CONAFU-CJP del 26 de MORDAZA del 2003; el Informe del 27 de febrero del 2001 de la Comision de Analisis y Consolidacion sobre la Parte b) del Proyecto; el Acuerdo Nº 131-2003 de la Sesion Ordinaria del 29 de MORDAZA del 2003; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como atribucion: la de evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, y, emitir resoluciones autorizando o denegando su funcionamiento provisional o definitivo, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley; Que, con documento de Vistos, el Representante Legal de la Promotora Proyectos, Obras y Disenos Electromecanicos Servicios MORDAZA E.I.R.L, solicita al CONAFU, otorgue autorizacion provisional de funcionamiento al Proyecto de la denominada Universidad Laboral del Peru, bajo los alcances de la Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion Decreto Legislativo Nº 882, para prestar servicios educativos de nivel universitario en la MORDAZA y departamento de MORDAZA, a traves de las carreras profesionales de: Arquitectura, Ingenieria Civil, Ingenieria Electrica, Ingenieria Electronica, Ingenieria Industrial, Ingenieria de Sistemas, Administracion, Contabilidad, Educacion Inicial, Educacion Primaria y Edu-

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
FE DE ERRATAS RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 0230-2003-P-CSJL-PJ Mediante Oficio Nº 1501-2003-RA-P-CSJL(RBO), la Corte Superior de Justicia de MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Administrativa Nº 02302003-P-CSJL/PJ, publicada en nuestra edicion del dia 7 de junio de 2003, en la pagina 245595. DICE: Articulo Tercero.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA DE MORDAZA ALGARATE MORDAZA ... DEBE DECIR: Articulo Tercero.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA ALGARATE MORDAZA ... 11252

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