Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2003 (14/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 14 de junio de 2003

Autorizan viaje de funcionaria a Canada para participar en MORDAZA de entrenamiento para supervisores de seguros
RESOLUCION SBS Nº 892-2003 MORDAZA, 12 de junio de 2003 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, The Superintendent of Financial Institutions Canada (OSFI), Organo de Supervision y Control de Entidades de Seguros de Canada, ha organizado el MORDAZA de Entrenamiento "In - House" para Supervisores de Seguros, el mismo que se llevara a cabo del 16 al 19 de junio en la MORDAZA de Ottawa, Canada; Que, en el citado curso se desarrollaran temas de importancia vinculados a las actividades realizadas por este organismo de regulacion, supervision y control, orientados a fortalecer el conocimiento tecnico de nuestros profesionales sobre aspectos relacionados con las funciones y responsabilidades del ente supervisor en las empresas del sistema asegurador, el MORDAZA de supervision e inspeccion, el analisis financiero de las empresas aseguradoras, supervision consolidada, manejo gerencial y control interno; asimismo se revisara el sistema financiero Canadiense y los riesgos que asumen las empresas de MORDAZA y no MORDAZA en ese MORDAZA, incidiendo en el manejo corporativo; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-03, ha dictado una serie de Medidas de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2003, estableciendose en el Numeral 6.1. que no se encuentran comprendidas en las restricciones de la citada Directiva, las actividades de capacitacion aprobadas para el ejercicio 2003; Que, por ser de interes para la Institucion, se ha considerado conveniente designar en esta oportunidad, a la senora MORDAZA Ucanan MORDAZA, Analista del Departamento de Analisis y Supervision del Sistema de Seguros "B" de la Superintendencia Adjunta de Seguros, para que participe en el referido evento; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria, solo por el tiempo necesario para el cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos y viaticos, seran cubiertos con cargo al Convenio de Prestamo de Cooperacion BID 1196/OC-PE conforme a lo solicitado mediante Oficio SBS Nº 6987-2003 y comunicacion de no objecion del Banco Interamericano de Desarrollo, remitida por la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales - MEF, debiendo asumir esta Superintendencia los gastos por concepto de impuestos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2003; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 - "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas de Austeridad en el Gasto par el ejercicio 2003, Nº SBS-DIRADM-085-03; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA Ucanan MORDAZA, Analista del Departamento de Analisis y Supervision del Sistema de Seguros "B" de la Superintendencia Adjunta de Seguros, a la MORDAZA de Ottawa, Canada del 14 al 20 de junio de 2003, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar ante el Superintendente de Banca y Seguros un informe detallado describiendo las

acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion por concepto de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos con cargo al Convenio de Prestamo de Cooperacion BID 1196/OCPE, debiendo asumir esta Superintendencia los gastos por concepto de impuestos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2003, de acuerdo al siguiente detalle: Impuestos (Pasajes) Tarifa CORPAC US$ 180,98 28,00

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 11146

Autorizan contratacion de empresa para suministrar servicio de noticias mundiales y cotizaciones mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION SBS Nº 893-2003 MORDAZA, 12 de junio de 2003 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Tecnico Nº 015-2003-DL de fecha 28 de MORDAZA de 2003, el Departamento de Logistica, hace conocer su requerimiento para la contratacion de los Servicios Noticiosos de la empresa Reuters Limited para que brinde el servicio de noticias mundiales y cotizaciones en mercados monetarios, financieros y productos Reuters. Se senala que la contratacion que se pretende se fundamenta en el hecho de que el servicio requerido no admite sustitutos; Que, el requerimiento se sustenta en la exigencia de contar con datos e informacion relativa a los mercados monetarios y financieros internacionales y que en el Peru es canalizada a traves de la empresa Reuters Limited, unica que brinda este MORDAZA de servicios en el ambito de nuestro territorio; Que, de acuerdo a lo senalado, la contratacion del servicio que se refiere, es un servicio que no admite sustitutos, razon por la que procede amparar su contratacion en el MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 19º literal f) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM. En tal sentido, se precisa que procede la contratacion de este servicio, por el monto propuesto de US$ 57 694,70 (Cincuenta y siete mil seiscientos noventa y cuatro con 70/ 100 Dolares Americanos) incluido IGV y el Impuesto a la Renta de los Proveedores No Domiciliados, por el periodo anual entre el 1 de agosto de 2003 al 31 de MORDAZA de 2004; Que, de acuerdo a lo informado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, las mencionadas caracteristicas que constituyen las consideraciones fundamentales para la contratacion de servicios que no admiten sustitutos, califican la contratacion, conforme a lo dispuesto por el articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Con-

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