Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2003 (19/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, jueves 19 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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cion, Presupuesto y Racionalizacion como la Direccion de Administracion y Asesoria Juridica; Que, en uso de sus facultades conferidas por el Art. 47º numeral 6) de la Ley Nº 23853 Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo para el ejercicio presupuestal 2003, que forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer que la Unidad de Logistica ejecute las Adquisiciones y Contrataciones segun modalidad aprobada mediante el MORDAZA de Seleccion que corresponda. Las que han sido aprobadas en el Plan anual 2003. Articulo 3º.- Disponer que la Direccion de Administracion supervise la aprobacion, publicacion en el Diario Oficial El Peruano, difusion y ejecucion del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones. Articulo 4º.- Disponer que la Unidad de Logistica realice las reproducciones a efectos de que este a disposicion del publico. Articulo 5º.- Disponer que el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones sea remitido al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y cumplase.

PCM prescribe que el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad, segun corresponda, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales establecidas en el Art. 57º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, sin perjuicio de la que sea declarada en la resolucion recaida sobre recursos impugnativos; Que, de otro lado, mediante Comunicado Nº 003-2002 (PRE) el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ha dejado claramente establecido que no podran realizar procesos de seleccion si no han cumplido con aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y contrataciones correspondiente al ejercicio presupuestal en curso, agregando que la convocatoria y/o realizacion de las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas publicas que no esten programadas e incluidas en el Plan Anual careceran de validez legal; Que, observandose que la Municipalidad Provincial de Chanchamayo no ha cumplido con aprobar el Plan Anual de Adquisiciones para el ejercicio Presupuestal 2003, la convocatoria para la adquisicion de Alimentos para el Programa del Vaso de Leche debe declararse de oficio su nulidad; Que, de conformidad con las facultades conferidas al Despacho de Alcaldia por la Ley Nº 27972 y Art. 26º del D.S. Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11477

Declaran nulidad de MORDAZA de seleccion convocado para la adquisicion de insumos del Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 278-2003-MPCH La MORDAZA, 5 de junio de 2003 VISTO: El Oficio Nº A-1170-2003 (GTN/MON) de fecha 22 de MORDAZA de 2003, remitido por el Subgerente de Monitoreo del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 21 de MORDAZA del ano en curso mediante publicacion en el Diario Oficial El Peruano, se convoco a MORDAZA de seleccion mediante Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2003/MPCH-PVL para la adquisicion de alimentos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo; Que, el Art. 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones sera aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa dentro de los treinta (30) dias naturales siguientes de aprobado el presupuesto institucional, en concordancia con el monto asignado conforme a las leyes presupuestales de la Republica para el ejercicio anual a ejecutarse; asimismo la misma MORDAZA legal dispone expresamente que el Plan Anual considerara todas las adquisiciones y contrataciones, conforme a lo establecido en el literal a) del Art. 6º del mencionado Reglamento, incluyendo aquellas que tengan financiamiento externo y se encuentren comprendidas en el Art. 49º de la Ley de Gestion Presupuestaria; Que, el articulo 26º del Decreto Supremo Nº 013-2001-

Articulo Primero.- Declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion mediante Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2003/MPCH-PVL para la adquisicion de los insumos del Programa del Vaso de Leche, por los fundamentos que contiene la presente resolucion; debiendo retrotraerse hasta el momento de elaboracion y aprobacion de Bases. Articulo Segundo.- NOTIFICAR la presente resolucion simultaneamente al CONSUCODE y a cada uno de los participantes del proceso. Articulo Tercero.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco dias de su expedicion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11478

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACOCHA
Autorizan viaje de MORDAZA a EE.UU. para participar en la Novena Conferencia Interamericana de Alcaldes y Autoridades Locales
ACUERDO MUNICIPAL Nº 027-2003-MDP Pacocha, 10 de MORDAZA del 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACOCHA - ILO VISTO: En la Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 7 de MORDAZA del 2003, el punto de agenda sobre Invitacion a Novena Conferencia Interamericana de Alcaldes en MORDAZA EE.UU. CONSIDERANDO:

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