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PÆg. 246282 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de junio de 2003 Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contrata- dos, según el régimen laboral de la entidad a la cual repre-sentan; y su designación no implica que dichos cargossean de confianza; Que, la Oficina de Asuntos Jurídicos hace presente que en aplicación de la normatividad mencionada en una Entidad Pública cuyo régimen laboral es el Decreto Le- gislativo Nº 276 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 005-90-PCM debe procederse a la designación respectiva delos cargos de Ejecutor y Auxiliar Coactivo; Que, habiéndose cumplido con el respectivo Con- curso Público de Méritos, y conforme lo señalado por la Ley Nº 27204, debe precisarse que los señores Luis Efrén Ruelas Llerena, Víctor Julio Pérez Rojas y MiguelÁngel Vásquez Lizárraga han sido designados en loscargos de Ejecutor Coactivo y Auxiliares Coactivos,respectivamente; Que, mediante Proveído Nº 1678-2003-DM/MDA de fecha 4 de junio del 2003, el Director Municipal indica se proyecte la Resolución que modifica la Resolución de Al-caldía Nº 402-03; Estando a lo dispuesto por el artículo 20º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo 1º.- MODIFICAR, el artículo 1º de la Resolu- ción de Alcaldía Nº 402-03 del 1-4-03 cuyo nuevo textoes el siguiente: Designar a partir del 1 de abril del 2003, al personal que resultó ganador del Concurso Público de Méritos Nº001-03-MDA para cubrir las plazas de un (01) EjecutorCoactivo y dos (02) Auxiliares Coactivos de la Direcciónde Rentas en la Unidad Orgánica, cargo y nivel remune-rativo de la Municipalidad de Ate, que a continuación se detalla: UNIDAD ORGÁNICA DIRECCIÓN DE RENTAS / SUBDIRECCIÓN DE EJECUTORÍA COACTIVA Nº NOMBRE Y APELLIDOS CARGO NIVEL PLAZA REMUNERATIVO 183 Luis Efrén Ruelas Llerena Abogado II - Ejecutor F-1 Coactivo 187 Víctor Julio Pérez Rojas Espec. Administrativo I - SPA Aux. Coactivo 188 Miguel Ángel Vásquez Lizarraga Espec. Administrativo I - Aux. Coactivo SPA Artículo 2º.- DEJAR SIN EFECTO el artículo 2º de la Resolución de Alcaldía Nº 402-03 del 1-4-03, por lasrazones expuestas en los considerandos de la presenteResolución. Artículo 3º.- RATIFICAR, lo dispuesto en los artículos 3º y 4º de la Resolución de Alcaldía Nº 402-03 del 1-4-03. Artículo 4º.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presen- te Resolución a la Dirección de Administración y Subdirec-ción de Personal y demás áreas pertinentes de esta Cor-poración Edil. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ÓSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 11483 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 148-MDB Mediante Oficio Nº 444-03-SG-MDB, la Municipalidad Distrital de Barranco solicita se publique Fe de Erratas dela Ordenanza Nº 148-MDB, publicada en nuestra edicióndel día 17 de junio de 2003, en la página 246151.DICE: "Artículo Primero.- (...)A. ÓRGANOS DE GOBIERNO (...) 2.5. Festival del Sabor Barranquito. C. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN (...)5. Junta de Delegados Distritales" "Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección Municipal y a la Secretaría General, el cumplimiento de lo dispues-to en el presente Edicto." DEBE DECIR: "Artículo Primero.- (...) A. ÓRGANOS DE GOBIERNO (...)2.5. Festival del Sabor Barranquino C. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN (...)5. Junta de Delegados Vecinales Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Oficina de Secretaría General, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. 11499 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Aprueban Cronograma y Estrategias para la Elaboración del PresupuestoParticipativo de la municipalidad para el ejercicio fiscal 2004 ACUERDO DE CONCEJO Nº 0033-2003/CDLO Los Olivos, 16 de junio del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Informe Nº 068-2003-MDLO-OPPRE de la Oficina de Planificación, Presupuesto, Racionalización yEstadística; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artí- culo 53º de la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972, las municipalidades se rigen por presupues- tos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprue-ban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y enconcordancia con los planes de desarrollo concertadosde su jurisdicción. El presupuesto participativo formaparte del sistema de planificación. Las municipalidades, conforme a las atribuciones que les confiere el artículo 197º de la Constitución, regulan la participación veci-nal en la formulación de los presupuestos participati-vos; Que, el Consejo de Coordinación Local Distrital es un órgano de coordinación y concertación de las Municipalida- des Distritales. Está integrado por el Alcalde Distrital que lo preside, pudiendo delegar tal función en el Teniente Al-calde, y los regidores distritales; por los Alcaldes de Cen-tros Poblados de la respectiva jurisdicción distrital y porlos representantes de las organizaciones sociales de base,comunidades campesinas y nativas, asociaciones, orga- nizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel