Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2003 (19/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

MORDAZA, jueves 19 de junio de 2003 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Resolucion Nº 888 de fecha 22 de MORDAZA de 2000 la Sala Corporativa Especializada en Derecho Publico declaro FUNDADA la demanda interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en la Accion de MORDAZA seguida contra la Municipalidad de San MORDAZA en consecuencia inaplicable al actor las Resoluciones de Alcaldia Nº 1591-99-CDSB-A y Nº 1593-CDSB-A, sus fechas doce y dieciseis de agosto de mil novecientos noventinueve; Que, por Resolucion de Alcaldia Nº 1013-99-CDSBA, de fecha 31 de MORDAZA de 1999, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA accedio al cargo de Ejecutor Coactivo al haber obtenido una de las plazas propuestas por la Municipalidad de San MORDAZA mediante concurso publico de meritos, designandose dicho cargo como uno de confianza; Que, por Resolucion de Alcaldia Nº 1591-99-CDSB-A de fecha 12 de agosto de 1999 se deja sin efecto la designacion de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de confianza de Ejecutor Coactivo; Que, en vista a que se deja sin efecto la designacion de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Ejecutor Coactivo, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 1593-99-CDSB-A se convoca a Concurso Publico de Meritos para la designacion del Ejecutor Coactivo, siendo designado mediante Resolucion de Alcaldia Nº 1711-99CDSB-A de fecha 10 de setiembre de 1999 el Dr. MORDAZA MORDAZA UBALDO; Que, respecto a la naturaleza del cargo de Ejecutor Coactivo, resulta de aplicacion lo senalado por la Ley Nº 26979 -Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva-, que en su articulo 7º numeral 7.2), senala que tanto el Ejecutor como el Auxiliar Coactivo ingresaran como funcionarios de la entidad a la cual representan y ejerceran su cargo a tiempo completo y dedicacion exclusiva; ello en concordancia con lo preceptuado por el articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y a su vez mediante Ley Nº 27204, publicada el veintiseis de noviembre de 1999, se preciso de manera inobjetable, que el referido cargo de Ejecutor Coactivo no es un cargo de confianza; Que, el fundamento esencial de las acciones de MORDAZA, es el reponer las cosas al estado anterior a la violacion o amenaza de un derecho constitucional afectado por accion u omision de actos de cumplimiento obligatorio por parte de una autoridad o funcionario; Que, la resolucion de la Sala Corporativa Transitoria Especializada en Derecho Publico de fecha 22 de MORDAZA de 2000, recaida en el Exp. Nº 2222-99 citada en el primer considerando de la presente resolucion se publico el viernes 28 de MORDAZA de 2000 en el Diario Oficial El Peruano y de acuerdo al Art. 8º de la Ley Nº 23506, la resolucion final constituye cosa juzgada si es favorable al recurrente y conforme a lo dispuesto en el articulo 4º de la Ley Organica del Poder Judicial toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales; Que, estando al mandato judicial mencionado, con el visto MORDAZA de la Gerencia General, la Gerencia de Asesoria Legal y la Gerencia de Administracion de Personal y, de conformidad con las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE: Articulo Primero.- Por mandato y disposicion de la Sala Corporativa Transitoria Especializada en Derecho Publico dejar sin efecto las Resoluciones de Alcaldia Nº 1591-99-CDSB-A y Nº 1593-CDSB-A sus fechas 12 y 16 de agosto de 1999. Articulo Segundo.- En consecuencia, por la misma disposicion de la Sala Corporativa Transitoria Especializada en Derecho Publico, dejar sin efecto, a partir del dia 16 de junio del 2003, la Resolucion de Alcaldia Nº 171199-CDSB-A de fecha 10 de setiembre de 1999, en el extremo que designa al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Ejecutor Coactivo de esta Municipalidad debiendo hacer la entrega formal del cargo y del fotocheck, dandosele

las MORDAZA por los servicios prestados a favor de la Municipalidad. Articulo Tercero.- DISPONER la REINCORPORACION del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Ejecutor Coactivo de esta Municipalidad, la misma que tendra lugar a partir del dia 17 de junio del 2003. Articulo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolucion a la Gerencia General y a la Gerencia de Administracion de Personal realizando las acciones administrativas del Sistema de Personal. Articulo Quinto.- Poner en conocimiento del Sexagesimo Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA, Expediente Nº 2333-1999, el contenido de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11419

Disponen egreso para viaje del MORDAZA a EE.UU.
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 255-2003-MSB-A San MORDAZA, 13 de junio de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA VISTO, el Acuerdo de Concejo Nº 051-2003-MSB-C de fecha 11.6.2003, que autoriza el viaje del senor MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para asistir a la Novena Conferencia Interamericana de Alcaldes y Autoridades Locales - "El MORDAZA Municipio Concertado y Gobernabilidad para el Bienestar de la Ciudadania"; CONSIDERANDO: Que, MORDAZA International University con fecha 5.2.2003 cursa invitacion al senor MORDAZA a fin de que participe de la Conferencia MORDAZA referida, invitacion que constituye una excelente oportunidad para el intercambio de experiencias, informacion y transferencia de conocimientos, dada la tematica municipal a desarrollarse; Que, el Concejo Municipal en su XI Sesion Ordinaria de fecha 11 de junio de los corrientes, ha autorizado la asistencia del senor MORDAZA al referido evento, asi como la afectacion de la partida presupuestal correspondiente para la cobertura de los egresos que esta irrogue, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, mediante Memorandum Nº 119-2003-MSB-GGGCG la Gerencia de Control de la Gestion determina que el requerimiento de disponibilidad presupuestal para el viaje del senor MORDAZA se encuentra coberturado presupuestalmente, determinando los conceptos y montos a autorizarse; Estando a lo expuesto y con el visto MORDAZA de la Gerencia General, Gerencia de Asesoria Legal, Gerencia de Economia y Gerencia de Control de la Gestion; en uso de las facultades que le confiere el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer el egreso de S/. 6,387.50 (Seis mil trescientos ochenta y siete y 50/100 nuevos soles), distribuidos de la siguiente manera: Conceptos Pasaje ida y vuelta Tarifa Corpac S/. Nuevos Soles 1,582.00 98.00

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