TEXTO PAGINA: 68
PÆg. 246278 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de junio de 2003 de los interesados en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario contados a partir de la notificación de lapresente. Artículo Sétimo.- TRANSCRIBIR, la presente Resolu- ción a la Oficina Registral de Lima y Callao para su inscrip-ción y a la Dirección de Autorizaciones Urbanas de esta Corporación Municipal para su conocimiento y fines. Regístrese y comuníquese.ARTURO YEP ABANTO Director Municipal 11500 MUNICIPALIDAD DE ATE Autorizan realización de matrimonios civiles comunitarios DECRETO DE ALCALDÍA Nº 027 Ate, 13 de junio de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Informe Nº 044-2003-OREC-SG/MDA de fecha 5-6-03 del Área de Registros Civiles; así como el Informe Nº 1604-03-OAJ/MDA de la Oficina de Asuntos Jurídicos, así como el Proveído Nº 1826-03-DM/MDA;y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como Institución natural y fundamental de lasociedad, de conformidad con lo expuesto en el Art. 4ºde la Constitución Política; Que, el Código Civil actual en su Art. Nº 233º estable- ce que la regularización Jurídica de la familia tienen por finalidad contribuir a su consolidación y fortalecimiento en armonía con los principios y normas estipuladas ennuestra Constitución Política; Que, de conformidad al inciso 16), artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; es atribu-ción del Alcalde celebrar Matrimonios Civiles de los veci- nos de acuerdo a las Normas del Código Civil; Que, mediante Informe Nº 044-2003-OREC-SG/MDA de fecha 5-6-03; la Jefa (e) del Área de Registros Civi-les señala que estando cercanas las fechas de aniver-sario de la Comunidad Urbana Autogestionaria de Hua-ycán y de la Creación Política de nuestro distrito de Ate, sería recomendable celebrar dos (2) matrimonios civiles comunitarios, previstos para el domingo 13 dejulio y 17 de agosto, respectivamente para favorecer alas parejas de convivientes o de bajos recursos econó-micos que residan en el distrito de Ate, indicando losrequisitos que deben de cumplir los contrayentes, pro- poniendo el costo del acto, así como la programación para la celebración y finalmente la exoneración de losEdictos Matrimoniales; Que, mediante Informe Nº 1604-03-OAJ/MDA de fe- cha 12-6-03; el Director de la Oficina de Asuntos Jurí-dicos señala que en el distrito de Ate, como en otros distritos, existen parejas de convivientes que por diver- sos motivos no han alcanzado a regularizar y formali-zar su estado civil. Asimismo de la revisión de los re-quisitos que exigirán a los contrayentes se colige quelos mismos tienen sustento legal, tanto en las Normaspertinentes del Código Civil, como en la Ley Orgánica de la RENIEC; Que, cabe señalar que en el artículo 252 º del Código Civil, establece que el Alcalde puede dispensar la publi-cación de los avisos si median causas razonables y quesiempre que se presentes todos los documentos exigi-dos por el artículo 248º del referido código. Por lo que, la Oficina de Asuntos Jurídicos es de Opinión que es PRO-CEDENTE; la celebración de los dos (2) Matrimonios Civi- les Comunitarios y la dispensa de la Publicación de EdictoMatrimonial; Que, mediante Proveído Nº 1826-03-DM/MDA de fecha 4-6-03, el Director Municipal indica, se proyecte el Decretode Alcaldía que apruebe la Celebración del Matrimonio Ci- vil Comunitario en Huaycán; asimismo el Matrimonio Civil Comunitario en el distrito de Ate. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas deacuerdo al inciso 6) del artículo 20º de Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Artículo 1º.- AUTORIZAR, la realización de dos (2) Matrimonios Civiles Comunitarios: - En Huaycán - En Ate. Artículo 2º.- ESTABLECER, como pago por derecho de Matrimonio Civil Comunitario la suma de S/. 50.00(cincuenta 00/100 Nuevos Soles) por cada pareja; debien- do además adjuntar los siguientes requisitos: a) D.N.I. de los contrayentes, original y copia. b) Partidas de nacimiento de los contrayentes, origi- nal actualizada. c) Certificado de Salud. Artículo 3º.- EXONERAR, la publicación de los Edic- tos Matrimoniales de los contrayentes, teniendo en cuentael Art. 252º del Código Civil. Artículo 4º.- ESTABLECER el siguiente cronogra- ma: MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO (HUAYCÁN) - Del 16 de junio al 1 de julio del 2003, inscripción de las parejas en los Registros Civiles de la Municipalidadde Ate, Sección Matrimonios. - Celebración del Matrimonio Civil, domingo 13 de julio del 2003, a horas 12.00 del mediodía, en la Plaza Principalde la Comunidad Urbana Autogestionaria de Huaycán deldistrito de Ate. MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO (ATE) - Del 23 junio al 1 de agosto del 2003, Inscripción de las parejas en los Registros Civiles de la Municipalidadde Ate, Sección Matrimonios. - Celebración del Matrimonio Civil, domingo 17 de agosto del 2003, a horas 12.00 del mediodía, en la Plaza de Ar- mas del distrito de Ate. Artículo 4º.- El Presente Decreto de Alcaldía, entra- rá en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo 5º.- ENCARGAR, el cumplimiento de la pre- sente Resolución, a la Dirección Municipal y el Área de Registro Civil; la coordinación, divulgación general y otras acciones que sean necesarias. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ÓSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 11479 Autorizan viaje de regidores a Pana- mÆ, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 114 Ate, 6 de junio de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE