Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2003 (19/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 19 de junio de 2003

al literal C) del Articulo MORDAZA de la presente norma. Articulo Decimo.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Encarguese al senor MORDAZA la respectiva promulgacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11448

PROVINCIAS

cion del distrito de La Punta, deberan comunicar obligatoriamente a la Administracion, la cesion de la posesion inmediata de los mismos, mediante la MORDAZA de una declaracion jurada, que debera consignar los datos de identificacion de las personas naturales o juridicas, a quienes se MORDAZA cedido la posesion, asi como el domicilio fiscal, la ubicacion y uso del predio. Dicha declaracion, debera presentarse anualmente hasta el ultimo dia habil del mes de febrero o cuando se realice cambio del titular de la posesion. Cuando se efectue cualquier transferencia de dominio, el adquirente tendra la calidad de contribuyente, a partir del primer dia del mes siguiente. En el caso que el propietario no cumpla con comunicar la cesion de la posesion inmediata del predio; el poseedor del predio podra presentar una declaracion jurada inscribiendose como poseedor; consignando sus datos, los datos del propietario, asi como domicilio fiscal, ubicacion y uso del predio, debiendo adjuntar a la misma el correspondiente titulo con el cual se le cede la posesion inmediata." Segundo.- La Gerencia de Rentas y Comercializacion queda encargada del fiel cumplimiento de la presente Ordenanza. Tercero.- La presente Ordenanza entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA DUHARTE GADEA MORDAZA 11554

MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Modifican articulo tercero de la Ordenanza Nº 01-MDLP
ORDENANZA Nº 018-2003-MDLP/ALC EL MORDAZA DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO EL CONCEJO DISTRITAL DE LA PUNTA En sesion Ordinaria de fecha 12 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, segun dispone la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, los mismos que seran aprobados por el Concejo Municipal; Que, viendo la realidad de los predios de La Punta, los cuales en muchos casos no se encuentran en posesion inmediata de sus propietarios, es necesario modificar la Ordenanza Nº 01-MDLP de fecha 27 de MORDAZA de 1998, adecuandola a dicha realidad, sincerando los registros que maneja el Municipio; Que, el inciso 9) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades -Ley Nº 27972 - establece que el Concejo Municipal puede crear, modificar y suprimir o exonerar de contribuciones, arbitrios, tasas, licencias y derechos conforme a la ley; Que, el inciso a) del articulo 68º de la Ley Nº 776 de Tributacion Municipal precisa que las Municipalidades podran imponer tasas, entre otras, por servicios publicos o arbitrios; y, Con las facultades que le confiere al Concejo Distrital de La Punta el articulo 9º de la Ley Nº 27972 -Ley Organica de Municipalidades- con el MORDAZA unanime de los senores Regidores de fecha 12 de junio, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Primero.- Modifiquese el articulo tercero de la Ordenanza Nº 01-MDLP de fecha 27 de MORDAZA de 1998, la misma que quedara redactada de la siguiente manera: "Articulo Tercero.- Son contribuyentes de los Arbitrios Municipales, los propietarios de los predios ubicados en la jurisdiccion del distrito de La Punta. En los casos en que se MORDAZA cedido la posesion de los predios, en virtud de cualquier titulo, adquiriran la calidad de contribuyentes los poseedores; en cuyo caso, seran responsables solidarios los propietarios del predio. Los propietarios de los predios ubicados en la jurisdic-

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHANCHAMAYO
Aprueban Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la municipalidad para el ejercicio presupuestal 2003
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 269-2003-AL-MPCH La MORDAZA, 5 de junio de 2003 VISTO: El Informe Nº 022-2003-MPCH/ULCP del 5 de junio del 2003, de la Unidad y Logistica y Control Patrimonial, por el cual solicita la aprobacion del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo para el ejercicio presupuestal 2003; CONSIDERANDO: Que, el Art. 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM concordante con el Art. 7º de su reglamento aprobado por D.S. Nº 0132001-PCM y la Resolucion Nº 200-2001-CONSUCODE/ PRE que aprueba la Directiva Nº 0022-2001-CONSUCODE/PRE, que regula el procedimiento de elaboracion e informacion que debe contener el Plan Anual, establece que cada entidad debe elaborar su Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones que debe realizar a traves de Licitaciones, Concursos y Adjudicaciones Directas Publica Selectivas en el ano correspondiente; Que, la Unidad de Logistica y Control Patrimonial como responsable de la gestion, planifica los procesos de seleccion en coordinacion con la Direccion de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion en MORDAZA con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 013-2001-CONSUCODE/PRE y las visaciones de la Direccion de Planifica-

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