TEXTO PAGINA: 65
PÆg. 240023 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de marzo de 2003 Nº 776, en la Ordenanza Nº 041-MDCH y en ejercicio de las atribuciones conferidas al Alcalde según lo dispuestoen el artículo 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Munici-palidades Nº 23853; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el vencimiento de la Primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Munici-pales (Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenaz- go) del año 2003, entendiéndose que dicho vencimiento es el 31 de marzo del 2003. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Administración, Oficina de Rentas, Oficina de EjecutoríaCoactiva y a la Unidad de Informática el cabal cumpli-miento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 03980 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Prorrogan plazo para pago del impues- to predial y arbitrios correspondienteal Ejercicio 2003 ORDENANZA Nº 114-MPL Pueblo Libre, 27 de febrero de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO:El Concejo Distrital de Pueblo Libre, en Sesión de Concejo de la fecha, aprobó por unanimidad el Dictamen Nº 015-2003-MPL/CPL-CPDE; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 110-MPL publicada el día 8 de febrero de 2003, en el Diario Oficial El Peruano, se establece las fechas de vencimiento para el pago al contado y/o fraccionado del Impuesto Predial y ArbitriosMunicipales correspondientes al Ejercicio 2003, en lajurisdicción del distrito de Pueblo Libre; Que, asimismo, por Ordenanza Nº 102-MPL publica- da el día 7 de diciembre de 2002, en el Diario Oficial El Peruano, se otorgan beneficios consistentes en el des- cuento del 20% (veinte por ciento), 10% (diez por cien-to) y 5% (cinco por ciento), para los contribuyentes queabonen por adelantado o en forma oportuna, los Arbi-trios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Sere-nazgo correspondiente al Ejercicio 2003, de acuerdo a las condiciones y plazos estipulados en la precitada Orde- nanza; Que, el tercer párrafo del Artículo 9º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado porel Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que elplazo para el pago de la deuda tributaria, podrá ser prorrogado con carácter general por la Administra- ción Tributaria; Que, el plazo de vencimiento para el pago del Im- puesto Predial y Arbitrios Municipales del año 2003, asícomo el plazo de los beneficios antes señalados, venceel 28 de febrero del año en curso y teniendo en cuenta la creciente afluencia e interés mostrado por el contri- buyente para el pago de sus obligaciones tributarias, asícomo para acogerse a los referidos beneficios, la Admi-nistración Municipal ha visto por conveniente prorrogarel plazo referido; Que es política de la actual Gestión, brindar el máxi- mo de facilidades e incentivos al pago oportuno de las obligaciones tributarias, con los beneficios sustentadosen los artículos primero, segundo y tercero de las Orde-nanzas antes indicadas;En uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 109º y al numeral 3) del Artículo 36º de la Ley Orgánicade Municipalidades, Ley Nº 23853 y con el voto unánimede los miembros del Concejo Municipal y con la dispen- sa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se apro- bó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 15 de marzo del año 2003, el plazo establecido en la Ordenanza Nº 110-MPL para el pago de la deuda tributaria, sea al con-tado y/o fraccionado por concepto del Primer Trimestredel Impuesto Predial y los meses de enero y febrero, porconcepto de Arbitrios Municipales del Ejercicio 2003. Artículo Segundo.- Prorrogar, asimismo el plazo de vencimiento señalado en los Artículos Primero, Segun- do y Tercero de la Ordenanza Nº 102-MPL publicada enel Diario Oficial El Peruano el 7 de diciembre del año2002, hasta el 15 de marzo de 2003. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Desa- rrollo Económico y Oficina de Informática, el cumplimiento de la presente Ordenanza y su difusión a la Oficina de Comunicación Social. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde 03922 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Otorgan beneficio tributario a contribu- yentes de la municipalidad ORDENANZA Nº 003-MDPP Puente Piedra, 22 de febrero del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Puente Piedra en Sesión Or- dinaria de fecha 22 de febrero del año 2003, aprobó pormayoría la Ordenanza de Beneficio de RegularizaciónTributaria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales enel distrito de Puente Piedra. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, establece que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económicay administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 41º del Código Tributario establece que, excepcionalmente, los Gobierno Locales podráncondonar con carácter general el interés moratorio y lassanciones, respecto de los tributos que administren; Que, en tal sentido es recomendable establecer un Régimen de Beneficios de Regularización Tributaria en cuanto a la aplicación de los reajustes e intereses mora- torios de las deudas tributarias; Por las consideraciones expuestas y estando a las atribuciones otorgadas en los artículos 36º inciso 3) y109º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº23853, el Concejo aprobó por mayoría la siguiente: ORDENANZA DE BENEFICIO DE REGULARIZACIÓN TRIBUTARIA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES EN EL DISTRITO DE PUENTE PIEDRA Artículo Primero.- OTÓRGUESE UN BENEFICIO TRIBUTARIO a los contribuyentes de la MunicipalidadDistrital de Puente Piedra.