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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2003 (01/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES Lima, sábado1 de marzo de 2003 Visto el Informe Nº 002-2003-BNP/CEPAD de fecha 20 de febrero del 2003 emitido por la Comisión Especialde Procesos Administrativos Disciplinarios (CEPAD) dela Biblioteca Nacional del Perú relacionado con la instau- ración de Proceso Administrativo Disciplinario a don Fernando Elías ZAPATA ZAPATA, ex Director General(e) de la Oficina de Administración de la Biblioteca Na-cional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, con Informe Nº 001-2002-BNP/OAI de fecha 29 de enero del año 2002 la Oficina de Auditoría Interna dela Biblioteca Nacional sobre Examen Especial a pagoindebido y desaparición de documentos, concluye queel CPC don Fernando Elías ZAPATA ZAPATA, ex Direc- tor General (e) de la Oficina de Administración de la Biblioteca Nacional del Perú, estaría involucrado en lacomisión de faltas de carácter disciplinario al haber or-denado el giro indebido del Cheque Nº 23509216 de fe-cha 23 de diciembre de 1996 por el importe de S/.13,700.90 (Trece Mil setecientos soles con noventa cén- timos) a favor de don Edmundo GARCÍA NIÑO, persona natural, luego de anular el cheque Nº 23509215 de lamisma fecha y por el mismo monto, girado a nombre dela empresa CARPAYO S.A. quien era el titular del Contra-to de Locación de Servicios de Limpieza Industrial, noobstante estar los documentos sustentantes del pago, tales como la Orden de Servicio, Comprobante de Pago y Factura respectiva, referidos a la empresa CARPAYOS.A. y haber firmado el referido cheque, propiciando consu incorrecto comportamiento laboral la interposición deun proceso judicial contra la Biblioteca Nacional del Perúpor parte de la empresa CARPAYO S.A. prestadora del servicio y verdadera acreedora de la cantidad girada con el referido cheque; Que, igualmente se imputa al CPC don Fernando Elías ZAPATA ZAPATA, ex Director General (e) de la Oficinade Administración de la Biblioteca Nacional del Perú, ha-ber adulterado el Comprobante de Pago Nº 598 de fecha 23 de diciembre de 1996, en la parte que corresponde al registro del número de cheque, modificando el chequeNº 23509215 por el Nº 23509216; Que, consecuentemente el mencionado ex funciona- rio habría incurrido en presuntos actos de negligenciaen el desempeño de sus funciones y la utilización o dis- posición de los bienes de la entidad en beneficio propio o de terceros, el uso de la función con fines de lucro y elocasionar daños materiales en la documentación oficialde la entidad; faltas que por su magnitud se encuentrantipificadas como faltas graves en los literales d), f), h) ei) del artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 -Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público-, concordantes con los artículos 150º,153º, 154º, 155º, 163º y 174º de su Reglamento aproba-do por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrati- vos Disciplinarios de la Biblioteca Nacional mediante In- forme Nº 002-2003-BNP/CEPAD de fecha 20 de febrero del 2003, se ha pronunciado en forma unánime por laapertura de proceso administrativo disciplinario al CPCdon Fernando Elías ZAPATA ZAPATA, ex Director Gene-ral (e) de la Oficina de Administración de la BibliotecaNacional del Perú, por las consideraciones expuestas en el Informe Nº 001-2002-BNP/OAI de fecha 29 de ene- ro del año 2002 la Oficina de Auditoría Interna de laBiblioteca Nacional sobre Examen Especial a pago inde-bido y desaparición de documentos, resumidas en laparte considerativa de la presente Resolución; Estando a lo informado; y, De conformidad con las normas contenidas en los literales d), f), h) e i) del artículo 28º del Decreto Legisla-tivo Nº 276 -Ley de Bases de la Carrera Administrativa yde Remuneraciones del Sector Público, concordantescon los artículos 150º, 153º, 154º, 155º, 163º y 174º desu Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM, así como las facultades previstas en el literal f) del artículo 13º del Decreto Supremo Nº 024-2002-EDque aprueba la Estructura orgánica y el Reglamento deOrganización y Funciones de la Biblioteca Nacional delPerú y del Sistema Nacional de Bibliotecas; SE RESUELVE: Artículo Primero.- INSTAURAR Proceso Adminis- trativo Disciplinario al CPC don Fernando Elías ZAPATAZAPATA, ex Director General (e) de la Oficina de Admi- nistración de la Biblioteca Nacional del Perú, por las ra-zones expuestas en la parte considerativa de la presen-te Resolución. Artículo Segundo.- El ex funcionario procesado tie- ne derecho a presentar su descargo escrito y las prue-bas que estime por convenientes para su defensa antela Comisión Especial de Procesos AdministrativosDisciplinarios de la Biblioteca Nacional del Perú dentrodel plazo que establece la Ley, contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Remitir los actuados a la Comi- sión Especial de Procesos Administrativos Disciplina-rios de la Biblioteca Nacional del Perú para que dentrodel término de Ley instruya y concluya el procesoadministrativo disciplinario a que se contrae la presente Resolución. Regístrese y comuníquese.SINESIO LÓPEZ JIMÉNEZ Director Nacional 03877 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 030-2003-BNP Lima, 24 de febrero de 2003 VISTO el Informe Nº 003-2003-BNP/CPPAD de fe- cha 20 de febrero del 2003 emitido por la Comisión Perma-nente de Procesos Administrativos Disciplinarios(CPPAD) de la Biblioteca Nacional del Perú relacionadocon la instauración de Proceso Administrativo Discipli- nario a don Genaro Elías PRADO LEANDRO, ex Tesorero de la Biblioteca Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO:Que, con Informe Nº 001-2002-BNP/OAI de fecha 29 de enero del año 2002 la Oficina de Auditoría Interna de la Biblioteca Nacional sobre Examen Especial a pagoindebido y desaparición de documentos, concluye queel ex Tesorero de la Biblioteca Nacional del Perú, donGenaro Elías PRADO LEANDRO, estaría involucradoen la comisión de faltas de carácter disciplinario al haber girado indebidamente el Cheque Nº 23509216 de fecha 23 de diciembre de 1996 por el importe de S/. 13,700.90(Trece Mil setecientos soles con noventa céntimos) afavor de don Edmundo GARCÍA NIÑO, persona natural,luego de anular el cheque Nº 23509215 de la mismafecha y por el mismo monto, girado a nombre de la em- presa CARPAYO S.A. quien era el titular del Contrato de Locación de Servicios de Limpieza Industrial, no obstan-te estar los documentos sustentantes del pago, talescomo la Orden de Servicio, Comprobante de Pago yFactura respectiva, referidos a la empresa CARPAYOS.A.; Que, igualmente se imputa al ex Tesorero de la Biblioteca Nacional del Perú, don Genaro Elías PRADOLEANDRO, haber adulterado el Comprobante de PagoNº 598 de fecha 23 de diciembre de 1996, en la parte quecorresponde al registro del número de cheque, modifican-do el cheque Nº 23509215 por el Nº 23509216; Que, consecuentemente el mencionado ex servidor habría incurrido en presuntos actos de negligencia en eldesempeño de sus funciones y la utilización o disposi-ción de los bienes de la entidad en beneficio propio o deterceros, el uso de la función con fines de lucro y elocasionar daños materiales en la documentación oficial de la entidad; faltas que por su magnitud se encuentran tipificadas como faltas graves en los literales d), f), h) ei) del artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 -Ley deBases de la Carrera Administrativa y de Remuneracionesdel Sector Público, concordantes con los artículos 150º,153º, 154º, 155º, 163º y 174º de su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios de la Biblioteca Nacional medianteInforme Nº 003-2003-BNP/CPPAD de fecha 20 de febre-ro del 2003, se ha pronunciado en forma unánime por laapertura de proceso administrativo disciplinario al ex Te- sorero de la Biblioteca Nacional del Perú, don Genaro Elías PRADO LEANDRO, por las consideraciones ex-PÆg. 240008