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NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de marzo de 2003 Estando a lo opinado por las Superintendencias Ad- juntas de Banca y de Asesoría Jurídica, así como laGerencia de Estudios Económicos; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Ge- neral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros,Ley Nº 26702 y sus modificatorias; y, De conformidad con lo dispuesto en los artículos 12º, 14º y 62º de la Ley General del Sistema Financiero y delSistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la fusión, mediante la modalidad de fusión por absorción, de la empresa Ban-co de Crédito del Perú con la empresa Banco SantanderCentral Hispano-Perú, extinguiéndose esta última sin li- quidarse, asumiendo la primera, como empresa absor- bente, a título universal, el bloque del patrimonio y losdemás derechos y obligaciones de la empresa absorbi-da, Banco Santander Central Hispano-Perú. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el Certificado de Autorización de Funcionamiento extendido en su opor- tunidad a favor de la empresa Banco Santander Central Hispano-Perú, a partir de la fecha de entrada en vigenciade la fusión a que se hace referencia en la parte consi-derativa de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú el aumento de su capital social por la suma de S/. 54 671 (Cincuenta y Cuatro Mil Seiscientos Setenta y Uno y 00/100 Nuevos Soles) por el canje de las acciones del Banco San-tander Central Hispano-Perú no adquiridas en la Oferta Pú-blica de Adquisición (OPA); en mérito de lo cual el capitalsocial de la entidad bancaria queda fijado en 1 076 532 219(Mil Setenta y Seis Millones Quinientos Treinta y Dos Mil Doscientos Diecinueve y 00/100 Nuevos Soles). Artículo Cuarto.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú la modificación del Artículo Quinto de su EstatutoSocial en los términos propuestos, cuyos documentosquedan archivados en este organismo, y devuélvase laminuta que lo formaliza debidamente autenticada con el sello oficial de esta Superintendencia para su elevación a escritura pública, debiéndose insertar en el contenidode la misma el texto de esta Resolución para su inscrip-ción en el Registro Público correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 03885 Autorizan contratación de servicio de seguridad y vigilancia mediante proce-so de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN SBS Nº 248-2003 Lima, 26 de febrero de 2003 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Técnico Nº 002-2003-DL de fecha 7 de febrero de 2003, el Departamento de Logísti-ca, hace conocer su requerimiento para la contratación del servicio de seguridad y vigilancia para los locales de la Superintendencia. Se señala que la contratación quese pretende se fundamenta en la necesidad urgente decontar con este servicio; Que, la contratación que se solicita se sustenta en el hecho de haber convocado el Concurso Público Nº 003- 2002-SBS para el mismo efecto, declarado desierto en pri- mera convocatoria, según consta del Acta Notarial Extra -Protocolar, y convocado en segunda oportunidad; estandoprevista su culminación hasta el 4 de abril de 2003, salvose haga uso de los plazos de impugnación; Que, la declaratoria de desierta de la primera convo- catoria del Concurso Público Nº 003-2002-SBS y la ex- piración del contrato de servicios de seguridad en fecha15 de febrero de 2003, exponen a esta Superintendenciaa la situación imprevisible de no contar con la prestaciónde este servicio, poniendo en peligro la seguridad del personal, el patrimonio de la entidad, así como la infor-mación que ésta administra; por lo que resulta indispen-sable contratar por razón de urgencia; Que, estando a lo dispuesto por el artículo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, laSuperintendencia de Banca y Seguros está facultada acontratar este tipo de servicios hasta por el plazo necesa-rio para culminar el proceso de selección involucrado; Que, se concluye que el servicio a contratar resulta indispensable y urgente, por lo que procede la exonera- ción del proceso correspondiente. En tal sentido, se pre-cisa que procede la contratación del servicio de seguri-dad, por el monto propuesto de S/. 160 000,00 (Cientosesenta mil y 00/100 Nuevos Soles), por el período detres (3) meses y quince (15) días, a partir del 16 de febrero de 2003 al 31 de mayo de 2003; Que, de acuerdo a lo informado por la Superinten- dencia Adjunta de Asesoría Jurídica, las mencionadascaracterísticas que constituyen las consideraciones fun-damentales para la contratación por razón de urgenciadel servicio de seguridad y vigilancia indicado, califican la adquisición, conforme a lo dispuesto por el artículo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,que establece que se encuentran exoneradas de losprocesos de Concurso Público y Adjudicación Directa,las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el artículo 19º, debiéndose realizar mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Por tanto, en uso de las facultades conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema deSeguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca ySeguros - Ley Nº 26702, de conformidad con lo dispues- to en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y de-más normas complementarias; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del pro- ceso de selección correspondiente a la contratación delservicio de seguridad y vigilancia, por causal de urgen-cia, por el período de tres (3) meses y quince (15) días,a partir del 16 de febrero de 2003 al 31 de mayo de 2003. Artículo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administración General a contratar el indicado servicio mediante un proceso de Adjudicación de MenorCuantía, con cargo a los recursos propios de la Institución. Artículo Tercero.- El valor referencial de la contratación se ha estimado en S/. 160 000,00 (Ciento sesenta mil y 00/100 Nuevos Soles), incluidos los impuestos de ley. Artículo Cuarto.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administración General remita copia de lapresente Resolución y del Informe Técnico - Legal quesustenta esta exoneración a la Contraloría General de laRepública dentro de los diez días calendario siguientesa la fecha de su aprobación, conforme a lo dispuesto en el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 03965 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ Inician proceso administrativo disciplinario a ex funcionario y ex ser-vidor de la Biblioteca Nacional del Perœ RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 029-2003-BNP Lima, 24 de febrero de 2003PÆg. 240007