Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2003 (07/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, viernes 7 de marzo de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

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El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta y, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los articulos 10º y 36º de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Modificar la Ordenanza Municipal Nº 007-99-MDB de fecha 19 de febrero de 1999 quedando como sigue: "Articulo 2º.- Queda prohibida la venta y consumo de bebidas alcoholicas despues de las 00.00 hasta las 08.00 horas del dia". "Articulo 14º.- Disponer para todo establecimiento comercial, la obligatoriedad de exhibir en lugar visible la presente Ordenanza, caso contrario sera acreedor de una sancion equivalente al 5% de la U.I.T." POR TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 04311

su competencia ..."; asimismo el numeral 4), articulo 195º del mismo cuerpo legal, senala: "crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley"; Que, el articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece: "la deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de Ley. Excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren "; asimismo, el MORDAZA parrafo de la MORDAZA IV del Titulo Preliminar de la mencionada MORDAZA, establece: "los gobiernos locales, mediante Orden a n z a , p u e d e n c r e a r, m o d i f i c a r y s u p r i m i r s u s contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limite que senala la ley"; Que, mediante el Dictamen favorable de la Comision de Administracion, Economia y Presupuesto del Concejo, la Amnistia Tributaria, por el pago del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo Municipal de los anos 1996 al 2002, incluidas las de Licencia de Construccion que tendran un adicional del 15% de descuento a la cancelacion total; De conformidad con el articulo 109º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y el Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal y sus modificatorias, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, se ha emitido la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Otorgar AMNISTIA TRIBUTARIA denominada DEUDA CERO y FRACCIONAMIENTO SIN INTERESES, por el pago del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza, Parques y Jardines y Serenazgo Municipal de los anos 1996 al 2002, incluida la de Licencia de Construccion, que tendran un adicional del 15% de descuento a la cancelacion total los intereses, moras, factor de actualizacion y multas tributarias que se encuentran impagos a la fecha, incluye las deudas que se encuentren en la Ejecucion Coactiva, por cuyo beneficio accederan previo pago de costas procesales. Articulo Segundo.- La Amnistia otorgada es unica tendra una duracion desde el 27 de febrero al 27 de marzo del 2003, es improrrogable no hay ampliacion de la misma. Articulo Tercero.- Incluyase los fraccionamiento de pago realizados con anterioridad, los mismos que podran acogerse a la presente mediante el desistimiento del mismo y por la cual podran acogerse el beneficio. Articulo Cuarto.- Encargar la Ejecucion de la presente Ordenanza a la Oficina de Administracion Tributaria y Rentas, el apoyo logistico a la Direccion Municipal y Direccion de Administracion y la difusion masiva de la misma a la Unidad de Imagen Institucional de la Corporacion. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 04354

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Otorgan amnistia tributaria denominada Deuda Cero y Fraccionamiento sin intereses por pago del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza, Parques y Jardines y Serenazgo Municipal
ORDENANZA Nº 005-2003-MDLP La MORDAZA, 24 de febrero del 2003 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE LA MORDAZA POR CUANTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 24 de febrero del 2003, bajo la presidencia del senor MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y con la asistencia de los senores Regidores: Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA Larenas de MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA Rebatta, Sr. MORDAZA Hamamoto Miyasato, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se trato sobre la Amnistia Tributaria, por el pago del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo Municipal de los anos 1996 al 2002, incluida la Licencia de Construccion que tendran un adicional del 15% de descuento a la cancelacion total; y, CONSIDERANDO: Que, en los anos anteriores el beneficio otorgado de amnistia no ha sido completo, por lo que muchos vecinos que con escasos recursos no pudieron cancelar sus deudas determinadas, que la aplicacion de dichos beneficios no contemplaba considerar el fraccionamiento sin intereses, moras y factor de actualizacion en cualquier tributo; Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, senala: "las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica , economica y administrativa en los asuntos de

Modifican estructura organica de la municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2003-MDLP La MORDAZA, 7 de febrero del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA

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