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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2003 (07/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 44

PÆg. 240322 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de marzo de 2003 De conformidad con lo dispuesto en el Libro de Fami- lia, del Código Civil, Artículos 233º, 234º y 248º; En uso de las facultades que se confieren en los artículos 36º inciso 3), 109º y 110º, de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853, el Concejo por Ma-yoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- AUTORIZAR la celebración del Primer Matrimonio Civil Comunal 2003 con ocasión de celebrarse el Día de la Madre, a llevarse a cabo el jue- ves 8 de mayo del 2003 en el parque Reducto de Miraflo-res. Artículo Segundo.- Establecer como fecha de inicio de las inscripciones a partir del día siguiente de la publi-cación de la presente Ordenanza, y el cierre de las mis- mas el día 25 de abril del 2003. Artículo Tercero.- Disponer como único pago la can- tidad de S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles) el mismo que incluirá el derecho de examen médico, cere- monia y pliego matrimonial. Artículo Cuarto.- La Unidad de Registros Civiles, verificará la documentación presentada por los contra- yentes de conformidad al Texto Único de Procedimien-tos Administrativos vigente. Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaría General, a través de la Unidad de Registros Civiles el cumplimien-to de la presente Ordenanza. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 04303 Prohíben estacionar vehículos en la vía pœblica de manera permanente y encalidad de abandono ORDENANZA Nº 121 Miraflores, 25 de febrero del 2003EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES; POR CUANTO: Concejo Distrital de Miraflores, en Sesión Ordinaria de la fecha, aprobó por Unanimidad, y con dispensa del trámite de aprobación del acta; la siguiente: ORDENANZA PROHÍBEN ESTACIONAR VEHÍCULOS DE MANERA PERMANENTE Y EN CALIDAD DE ABANDONO, EN LA VÍA PÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en diversas calles y avenidas ubicadas dentro de la jurisdicción de la Municipalidad de Miraflores, se viene observando la presencia de vehículos, estaciona- dos de modo permanente e ininterrumpido en la vía pú-blica, evidenciándose en ellos situaciones de desuso, abandono y/o deterioro que comprometen seriamente la seguridad y el ornato en el distrito, así como también lafluidez vehicular; Que, en efecto, la existencia de vehículos en dicho estado resultaría potencialmente peligrosa dada su even-tual utilización para fines que atenten contra la integridad física de los transeúntes por parte de elementos terro- ristas, situación que ya se ha dado en el distrito añosatrás, por lo cual conviene tomar acciones preventivas destinadas a evitar tales hechos;Que, adicionalmente, cabe señalar que en algunos de estos vehículos se han cometido, y se puede come-ter, actos reñidos con el orden público y las buenas costumbres, hechos que requieren la intervención de esta Comuna en ejercicio de sus atribuciones en mate-ria de seguridad; Que, además, el estacionar vehículos de manera per- manente e ininterrumpida en la vía pública atenta contrael ornato del distrito, dadas las condiciones de deterioro y/o suciedad en las que permanecen, contrastando con la armonía estética que se desea mantener en el distrito; Que, cabe añadir que los mencionados vehículos ocupan indebidamente zonas de uso público, los cuales son de titularidad de esta comuna, y no de los particula-res; Que, adicionalmente, ello atenta claramente contra la fluidez vehicular, obstruyendo injustificadamente el libretránsito, y, eventualmente, dando pie a congestiones de tránsito, siendo competencia de este gobierno local la regulación del tránsito urbano de peatones y vehículos,conforme prescribe el numeral 4 del artículo 69º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853; Que, de acuerdo con el numeral 17 del artículo 65º de la Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones de las Municipalidaes en materia de acondicionamiento territorial, vivienda y seguridad colectiva, establecer y,de ser el caso, controlar el cumplimiento de las normas de seguridad; Que, asimismo, de conformidad con los numerales 9 y 13 del artículo 65º de la precitada Ley Orgánica, las Municipalidades tienen competencia para aprobar las normas sobre ornato, así como también, procurar, con-servar y administrar, en su caso, los bienes de dominio público; Que, ello se fundamenta en la Autonomía Municipal, garantía institucional consagrada por el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, que a la letra señala que las municipalidades tienen autonomía política, eco-nómica y administrativa en los asuntos de su competen- cia; Que, tal disposición está concordada con el numeral 5 del artículo 192º de la Constitución Política del Estado, a cuyo tenor las Municipalidades tienen competencia para planificar el desarrollo urbano y rural de sus cir-cunscripciones, y ejecutar los planes y programas co- rrespondientes; Que, sin perjuicio de la Autonomía Municipal anterior- mente indicada, cabe resaltar la suscripción del denomi- nado “Convenio Marco de Cooperación Interinstitucio- nal entre la Municipalidad de Miraflores y el Ministerio delInterior”, efectuada con fecha 21 de enero de 2003, con- viniendo ambas instituciones en implementar y ejecutar un Programa Integral de Seguridad Ciudadana en el dis-trito, dentro de cuyo ámbito resulta preciso aprobar un régimen normativo específico en materia de estaciona- miento de vehículos en calidad de abandono; Que, ante la situación descrita, y en ejercicio de las potestades públicas especificadas en los párrafos pre- cedentes; RESUELVE: Artículo Primero.- PROHIBIR el estacionamiento de vehículos de forma permanente en zonas consideradasde uso público. Artículo Segundo.- Para efectos de lo estableci- do en el artículo precedente, se considera estacio-nado en forma permanente, a aquél vehículo de cual- quier índole, que se encuentre estacionado en forma ininterrumpida e injustificada en zonas de uso públi-co en un período de tiempo que exceda los siete (7) días naturales. Artículo Tercero.- Determinada la situación de aban- dono del vehículo, se procederá a notificar al propietario del mismo en su domicilio, en caso éste sea conocido. En caso contrario, será adherida en una parte visible delvehículo la notificación correspondiente, y, al mismo tiem- po, ésta será publicada en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- Modificar la Ordenanza Nº 112, que establece el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Miraflores, dispo- niendo la inclusión en el Anexo 3 de la misma (Cuadro deInfracciones y Sanciones), la siguiente infracción: