Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2003 (07/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 40

PÆg. 240318 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de marzo de 2003 res, determinación, recibos de pago y distribución domiciliaria del Impuesto Predial, el monto de S/. 12.40(DOCE y 40/100 Nuevos Soles). Este derecho se abo- nará conjuntamente con el pago total del impuesto o con la primera cuota en el caso de pago fraccionado. Artículo 2º.- Fijar en S/. 18.60 (DIECIOCHO Y 60/ 100 NUEVOS SOLES) el monto mínimo a pagar por el concepto del Impuesto Predial para el Ejercicio 2003. Artículo 3º.- Fíjese en S/. 6.00 (SEIS y 00/100 NUE- VOS SOLES) para cada predio el monto anual del dere- cho de emisión y distribución mecanizada de actua-lización de valores, determinación del tributo y recibos de pago de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, correspondientes al ejercicio 2003,el mismo que se pagará a razón de S/. 1.00 (UNO y 00/ 100 NUEVOS SOLES) por cada Bimestre, cuyas fechas de vencimiento vencen el último día hábil de los mesesde febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre. En el caso de la cuota del primer bimestre, la fecha de pago se prorrogará hasta el 31 de marzo del presente año. Artículo 4º.- Fíjese en S/. 3.50 (TRES y 50/100 NUE- VOS SOLES) el derecho de emisión por cada Resolu- ción de Determinación, Orden de Pago, Resolución deMulta Tributaria, Resolución de Pérdida de Beneficio de Fraccionamiento. Artículo 5º.- Establecer como fechas de vencimien- to de pago del Impuesto Predial del Ejercicio Fiscal 2003, el pago de la cuota del primer trimestre se prorrogará hasta el 31 de marzo del presente año. PAGO AL CONTADO: 31 DE MARZO PAGO FRACCIONADO: - Primera Cuota 31 DE MARZO - Segunda Cuota 30 DE MAYO - Tercera Cuota 29 DE AGOSTO - Cuarta Cuota 28 DE NOVIEMBRE Artículo 6º.- Encargar a la Dirección de Administra- ción, y la Unidad de Rentas el cumplimiento de la pre-sente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JAIME PAJUELO TORRES Alcalde 04397 Establecen beneficio de condonación de reajustes, intereses y moras, ydescuento de deudas tributarias ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2003/MDA Ancón, 28 de febrero del 2003 Visto, el Informe Nº 56-2003-UR/MDA de fecha 26 de febrero del 2003 emitido por la Unidad de Rentas, en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de febrero del2003; CONSIDERANDO: Que la Constitución Política del Perú y la Ley Orgáni- ca de Municipalidades, reconocen a los Gobiernos Lo-cales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y por lo tanto pueden crear, modificar o exonerar sus contribuciones, arbitriosy derechos conforme a Ley; Que el Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Códi- go Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF establece que excepcionalmente, los Gobiernos Loca- les podrán condonar con carácter general el interés mora- torio y las sanciones de los tributos que administran; Que la actual administración edil, considerando el pedido de la población en general de Ancón, consciente de la problemática económica-social de los contribuyen-tes, los mismos que requieren se les brinde el beneficiode amnistía tributaria que les permita cumplir con el pago de sus impuestos libres de moras, reajustes y cobranzacoactiva; Estando al mérito de los expuestos, y en uso de las facultades que le confiere el Artículo 47º de la Ley Nº23853, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de aprobación del acta y con el voto unánime de los miembros del Concejo, se aprobó la siguiente: ORDENANZA ESTABLECEN BENEFICIO DE CONDONACIÓN DE REAJUSTES, INTERESES Y MORAS, Y DESCUENTO DE LAS DEUDAS TRIBUTARIAS Artículo 1º.- OTORGAR el beneficio de regulariza- ción tributaria y administrativa a favor de los contribu-yentes del distrito de Ancón; en consecuencia CONDO- NAR los reajustes, intereses y moras de las tasas, im- puestos, licencias y de todas aquellas obligaciones tri-butarias y no tributarias que administra la Municipalidad de Ancón, vencidas al año 2001, así se encuentren en estado de cobranza coactiva, para lo cual deberá desis-tirse de las reclamaciones u oposición coactiva. Artículo 2º.- Durante el período de vigencia de esta Ordenanza, aplíquese un DESCUENTO del TREINTAPOR CIENTO (30%) sobre el tributo insoluto por concep- to de Arbitrios Municipales de los años anteriores hasta el 2001, para los contribuyentes que paguen al contadodicha deuda. Artículo 3º.- Otórguese el beneficio tributario seña- lado en el artículo primero de la presente ordenanza,para los contribuyentes que hasta el 31 de marzo del 2003 se acojan al pago en forma fraccionada de dichas obligaciones tributarias y no tributarias vencidas al año2001, en caso de incumplimiento de una cuota se darán por vencidas todas ellas, derivándose al cobro del tribu- to insoluto más intereses, recargos y moras, derivándo-se para su ejecución coactiva. Artículo 4º.- El plazo de vigencia del presente bene- ficio vencerá indefectiblemente el 31 de marzo del 2003. Artículo 5º.- Encargar a la Unidad de Rentas el cum- plimiento de la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAIME PAJUELO TORRES Alcalde 04398 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Prorrogan plazo para pago del Impues- to Predial DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003 Independencia, 26 de febrero de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA CONSIDERANDO: Que, el artículo 15º de la Ley de Tributación Municipal establece que el Impuesto Predial podrá cancelarse alcontado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales; debiendo pagarse la primera cuota hasta elúltimo día hábil del mes de febrero; Que, conforme al artículo 29º del Texto Único Ordena- do del Código Tributario, aprobado mediante DecretoSupremo Nº 135-99-EF, el plazo para el pago de la deu- da tributaria podrá ser prorrogado, con carácter gene- ral, por la Administración Tributaria; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 002-03, publi- cado el 20 de febrero de 2003, se establecieron diver- sas disposiciones referidas a los Arbitrios Municipales y