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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2003 (07/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 35

PÆg. 240313 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de marzo de 2003 Sitios Arqueológicos Distrito Provincia Departamento PV 23-260 Chocope Ascope Ascope La Libertad PV 23-404 Chocope Ascope Ascope La Libertad PV 23-484 Chocope Ascope Ascope La Libertad PV 23-497 Chocope Ascope Ascope La Libertad Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Departamental de Cultura La Libertad del Instituto Nacional de Cultura la elaboración de los Planos de Delimitación de las precita-dos Sitios Arqueológicos con sus respectivas Fichas Técnicas y Memorias Descriptivas. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación de los Sitios Arqueológi-cos mencionados en el Artículo 1º de la presente Reso- lución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pu- diese afectar o alterar el paisaje de los Sitios Ar-queológicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación del Institu- to Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autorida- des políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 04318 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 071/INC Lima, 19 de febrero de 2003 VISTO, el Acuerdo Nº 034 tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 01 defecha 13 de enero de 2003; y, CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio deEducación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la conserva-ción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encargaal Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artístico, así como las manifestaciones culturales, ora-les y tradicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 034, de fecha 13 de enero de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueologíarecomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacio- nal de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación a las siguientes Zonas Arqueológicas: Zonas Arqueológicas Distrito Provincia Departamento Marcamarca San Miguel de Otao Huarochirí Lima Chaupimarca San Miguel de Otao Huarochirí Lima Huarichaca San Miguel de Otao Huarochirí Lima Pucushan San Miguel de Otao Huarochirí Lima Con las visaciones de la Dirección Ejecutiva, Direc- ción General de Patrimonio Arqueológico y la GerenciaLegal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na-ción; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y la Resolución Suprema Nº 004-2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigacio- nes Arqueológicas;"Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autorida- des políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 04317 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 070/INC Lima, 19 de febrero de 2003VISTO, el Acuerdo Nº 046 tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 02 de fecha 20 de enero de 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Educación, con personería jurídica de derecho públicointerno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la conserva- ción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger ydeclarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artístico, así como las manifestaciones culturales, ora- les y tradicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 046, de fecha 20 de enero de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacio-nal de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los siguientes Sitios Arqueológicos: Sitios Arqueológicos Distrito Provincia Departamento PV 23-118 Chocope Ascope Ascope La Libertad PV 23-120 Chocope Ascope Ascope La Libertad PV 23-212A Chocope Ascope Ascope La Libertad PV 23-214 Chocope Ascope Ascope La Libertad PV 23-220 Chocope Ascope Ascope La Libertad PV 23-232 Chocope Ascope Ascope La Libertad PV 23-260 Chocope Ascope Ascope La Libertad PV 23-404 Chocope Ascope Ascope La Libertad PV 23-484 Chocope Ascope Ascope La Libertad PV 23-497 Chocope Ascope Ascope La Libertad Con las visaciones de la Dirección Ejecutiva, Direc- ción General de Patrimonio Arqueológico y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del InstitutoNacional de Cultura y la Resolución Suprema Nº 004- 2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigacio- nes Arqueológicas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción a los siguientes Sitios Arqueológicos: Sitios Arqueológicos Distrito Provincia Departamento PV 23-118 Chocope Ascope Ascope La Libertad PV 23-120 Chocope Ascope Ascope La Libertad PV 23-212A Chocope Ascope Ascope La Libertad PV 23-214 Chocope Ascope Ascope La Libertad PV 23-220 Chocope Ascope Ascope La Libertad PV 23-232 Chocope Ascope Ascope La Libertad