Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2003 (07/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 7 de marzo de 2003

cial de S/. 7'674,458.012 (Siete millones seiscientos setenticuatro mil cuatrocientos cincuentiocho con 012/ 100 nuevos soles). 2º.- DISPONER que la Gerencia Central de Logistica e Infraestructura se encargue de realizar la presente contratacion via Adjudicacion de Menor Cuantia. 3º.- DISPONER que la Gerencia Central de Logistica e Infraestructura adopte las medidas necesarias para la realizacion del MORDAZA que conlleve la contratacion del servicio de atencion ambulatoria de hemodialisis. 4º.- DISPONER que la Secretaria General haga de conocimiento de la Contraloria General de la Republica la presente resolucion, dentro del plazo establecido por la Ley. 5º.- DISPONER que la Secretaria General haga de conocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud la presente resolucion. 6º.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 04217

FONCODES
Autorizan contratacion de servicios de publicidad mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
FONDO NACIONAL DE COMPENSACION Y DESARROLLO SOCIAL RESOLUCION DE LA DIRECCION EJECUTIVA Nº 036-2003-FONCODES/DE MORDAZA, 25 de febrero de 2003 VISTOS: El Informe Nº 004-2003-FONCODES/GAF-SGL de fecha 25 de febrero de 2003, el Informe Nº 032-2003FONCODES/GPyS de fecha 25 de febrero de 2003, y el Informe Legal MORDAZA Nº 011-2003-FONCODES/ GAL; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto por el literal h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las contrataciones de servicios personalisimos que correspondan a Licitaciones Publicas, Concursos Publicos o Adjudicaciones Directas se encuentran exoneradas de los indicados procesos de seleccion, procediendo su contratacion, de acuerdo a lo establecido por el Articulo 20º de la precitada MORDAZA, mediante una Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, el Articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y modificado sucesivamente por los Decretos Supremos Nºs. 071-2001-PCM, 128-2001-PCM y 125-2002PCM, establece como servicios personalisimos, los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion escrita, o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, los Articulos 34º, 105º, 113º y 116º del referido Reglamento establecen los procedimientos a que deben someterse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de seleccion MORDAZA aludidos, precisando que una vez aprobada la exoneracion, la contratacion debera realizarse mediante ac-

ciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, debiendo indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion, siendo que dicha resolucion requiere obligatoriamente un informe tecnico-legal previo emitido por las areas tecnica y de asesoria juridica de la Entidad, que justifique la contratacion y la necesidad de la exoneracion, contemplando criterios de economia, tales como los costos y la oportunidad, y determinando en cada caso la dependencia u organo que se encargara de realizar la adquisicion o contratacion exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion; Que, mediante Informe Nº 004-2003-FONCODES/ GAF-SGL del Vistos, la Subgerencia de Logistica justifica tecnicamente la contratacion de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Peru, que MORDAZA y publica el Diario Oficial El Peruano, bajo la causal de exoneracion por servicios personalisimos, a efectos que brinde sus servicios de publicidad para el ano fiscal 2003, entre otras, de las obras a ser transferidas por FONCODES al MORDAZA de la Ley Nº 27171 y su Reglamento, asi como demas publicaciones necesarias que deben efectuarse por mandato del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento, y que impliquen la erogacion de recursos publicos; Que, mediante Informe Nº 032-2003-FONCODES/ GPyS del Vistos, la Gerencia de Planeamiento y Sistemas emite su informe de disponibilidad presupuestaria para la contratacion de los servicios de publicidad MORDAZA senalado, por un monto de S/. 650,000.00; Que, mediante Informe Legal MORDAZA Nº 011-2003-FONCODES/GAL del Vistos, la Gerencia de Asesoria Legal opina que procede la tramitacion para la contratacion bajo la causal de exoneracion por servicios personalisimos, siempre y cuando se cuente con la justificacion tecnica correspondiente, disponibilidad presupuestal y demas documentos requeridos y dentro de los limites del MORDAZA legal previstos en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; Que, para la contratacion materia de la presente Resolucion, se han cumplido con todos los requisitos previstos por la normatividad vigente; Que, de acuerdo a los considerandos MORDAZA indicados, procede autorizar y exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente, la contratacion de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Peru, bajo la causal de servicios personalisimos; Con las visaciones de la Gerencia General, Gerencia de Administracion y Finanzas y Gerencia de Asesoria Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Articulos 34º, 105º, 111º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 071-2001-PCM, 128-2001-PCM y 125-2002-PCM, la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE aprobada por Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE, y literal n) del Articulo 24º del Estatuto de FONCODES, aprobado por Decreto Supremo Nº 05793-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar, como servicios personalisimos, la contratacion de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Peru, para la prestacion de los servicios de publicidad de las obras a ser transferidas por FONCODES al MORDAZA de la Ley Nº 27171 y su Reglamento, asi como demas publicaciones necesarias que deben efectuarse por mandato del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento, u otras publicaciones que por ley deban realizarse en el Diario Oficial El Peruano; por un valor referencial de hasta S/. 650,000.00 Nuevos Soles, por la fuente de

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