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PÆg. 24999 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 19 de marzo de 2003 se refiere el Decreto Legislativo Nº 674, encontrándose en proceso de liquidación, de conformidad con lo establecidoen la Resolución Suprema Nº 028-99-PE; Que, teniendo en cuenta lo antes señalado es conve- niente que la Oficina de Normalización Previsional - ONP,se encargue de la administración y pago de las pensionesy/o beneficios de los pensionistas jubilados y cesantes dela empresa Laboratorios Unidos S.A. en liquidación - LUSA; Que, la Oficina de Normalización Previsional - ONP, ha realizado el estudio actuarial conforme a Ley; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25967, modificado y ampliado por la Ley Nº 26323; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Transfiérase la administración y pago de la planilla de pensiones y/o beneficios de los pensionistascesantes y jubilados de la empresa Laboratorios UnidosS.A. en liquidación - LUSA, sujetos al régimen de pensio-nes normado por el Decreto Ley Nº 17262 y Decreto Legis-lativo Nº 728 a la Oficina de Normalización Previsional -ONP. Artículo 2º.- Laboratorios Unidos S.A. en liquidación - LUSA, transferirá al Fondo Consolidado de Reservas Pre-visionales - FCR la suma de US$ 112,070.00 (ciento docemil setenta con 00/100 dólares americanos), corres-pondiente a reservas a partir del mes de enero de 2003,conforme al estudio actuarial realizado, así como la infor-mación y el acervo documentario pertinente. La ONP toma-rá como referencia el monto de las pensiones abonadas almes de diciembre del 2002 y procederá, de ser necesario,al reajuste de las mismas, de acuerdo a las disposicioneslegales aplicables. Artículo 3º.- Por Resolución Suprema del Titular de Economía y Finanzas se podrán dictar las demás normasque resulten necesarias para el cumplimiento de los objeti-vos de la presente resolución. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 05315 EDUCACIÓN Autorizan contratar el "Servicio de Acceso de Internet" mediante adjudi- cación de menor cuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0361-2003-ED Lima, 18 de marzo de 2003 VISTOS:Los Memorándum Nº 096-2003-DIC-P.HUASCARÁN del Director de Informática y Comunicación, Nº 844-2003/P.HUASCARÁN de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Huas-carán, Nº 076-2003-ME/SPE-UP de la Unidad de Presu-puesto y Nº 868-2003-ME/SG-OA-UA de la Unidad de Abas-tecimientos; así como los Informes Nº 009-2003-DIC, Nº010-2003-DE y Informe Nº 376-2003-ME/SG-OAJ; CONSIDERANDO: Que, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio- nes del Ministerio de Educación, para el Ejercicio Fiscal2003, aprobado por Resolución de Secretaría General Nº004-A-2003-ED, se han previsto los procesos de selecciónpara la contratación de los servicios para la implementacióndel Proyecto Huascarán, constituyendo uno de ellos elServicio de Acceso a Internet; Que, no obstante la previsión del proceso aludido en el considerando precedente, la duración de éste demanda-ría un lapso para su ejecución que excede ampliamente lafecha comprometida por la Entidad para el relanzamientodel Proyecto Huascarán, fijada para el mes de marzo de 2003, afectándose en forma directa e inminente su objeti-vo de dar acceso a Internet a los Centros Educativos anivel nacional; Que, el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,dispone que están exonerados de los procesos de Licita-ción Pública, Concurso Público y Adjudicación Directa, se-gún sea el caso, las adquisiciones o contrataciones que serealicen en situación de emergencia o de urgencia decla-radas de conformidad con la citada Ley; Que, al respecto el artículo 21º del citado Texto Único Ordenado, señala que la situación de urgencia se confi-gura cuando se produce la ausencia extraordinaria e im-previsible de determinado bien o servicio que comprometeen forma directa e inminente la continuidad de los serviciosesenciales a cargo de una Entidad, facultando a la mismaa adquirir los bienes o contratación del servicios sólo por eltiempo o cantidad necesaria para llevar a cabo el procesode selección que corresponda; Que, el numeral 2 del artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, estableceque la situación de urgencia debe entenderse como unamedida temporal ante un hecho de excepción que determi-na una acción rápida a fin de adquirir o contratar lo indis-pensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que serealice el proceso de selección correspondiente para lasadquisiciones y contrataciones definitivas; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal a través del Informe Nº 376-2003-ME/SG-OAJ, con-forme a lo dispuesto por el artículo 113º del Reglamento dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, de conformidad con el artículo 20º de Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado y artículo 114º de su Reglamento, las exoneracionesse aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego dela Entidad, facultad que no puede ser delegada, remitién-dose una copia de ésta con el informe que lo sustenta a laContraloría General de la República; Que, en consecuencia resulta necesaria la emisión de la Resolución Ministerial mediante la cual se apruebe laexoneración del proceso de selección correspondiente,para contratar a través de la modalidad de Adjudicación deMenor Cuantía el "Servicio de Acceso a Internet"; De conformidad a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510, los Decretos Supre-mos Nº 51-95-ED, Nº 002-96-ED, Nº 012-2001-PCM, Nº013-2001-PCM y la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por la Resolución Nº 118-2001-CONSU-CODE-PRE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonérese al Ministerio de Educación, del Concurso Público, y autorícese a contratar a través de lamodalidad de Adjudicación de Menor Cuantía, el "Serviciode Acceso de Internet", por un valor referencial de S/. 110000,00 (Ciento Diez Mil y 00/100 Nuevos Soles), corres-pondiente a un período de 90 días. Artículo 2º.- La contratación que se efectúe en virtud de la presente Resolución, se realizará a través de la Uni-dad de Abastecimiento del Ministerio de Educación, y deconformidad con las normas del Texto Único Ordenado dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Regla-mento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Artículo 3º.- El egreso que irrogue el suministro a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, será concargo a la cadena funcional: Fuente de Financiamiento:00-Recursos Ordinarios; Función 09; Programa 028;SubPrograma 0074; Actividad 100759; Componente 32288;Correlativo de Meta 0003, de la Unidad Ejecutora 029, delPliego 010 - Ministerio de Educación. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución y sus antecedentes, a la Contraloría General de la Repú-blica, dentro de los diez (10) días calendario, siguientes ala fecha de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese. GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación 05283PÆg. 240999