Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2003 (19/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 16

PÆg. 241006 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 19 de marzo de 2003 ción de un contrato de concesión aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 32º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los serviciosportadores se encuentran los servicios portadores de largadistancia nacional e internacional; Que, mediante Informe Nº 024-2003-MTC/17, la Direc- ción General de Gestión de Telecomunicaciones señalaque habiéndose verificado el cumplimiento de los requisi-tos que establece la legislación para otorgar la concesiónsolicitada para los servicios portadores de larga distancianacional e internacional, es procedente la solicitud formu-lada por MACTEL DIGITAL S.A.C.; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decre-to Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Decre-to Supremo Nº 041-2002-MTC, el TUPA del Ministerio; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Comunica- ciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a MACTEL DIGITAL S.A.C. conce- sión para la prestación de los servicios portadores de largadistancia nacional e internacional por el plazo de veinte(20) años, en todo el territorio de la República del Perú. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a cele- brarse con MACTEL DIGITAL S.A.C. para la prestación delos servicios públicos a que se refiere el artículo preceden-te, el cual consta de veintiséis (26) cláusulas y dos (2)anexos que forman parte integrante de la presente resolu-ción. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación delMinisterio, suscriba el contrato de concesión que se aprue-ba en el artículo anterior. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita elacto administrativo correspondiente, si el contrato de con-cesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazomáximo de sesenta (60) días hábiles computados a partirde la publicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 05244 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 191-2003-MTC/03 Lima, 13 de marzo de 2003 VISTA, la solicitud formulada por la empresa VIRTUAL COM PERÚ S.R.Ltda. sobre concesión para la prestaciónde los servicios públicos portadores de larga distancia na-cional e internacional, en la República del Perú; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por De-creto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde alMinisterio de Transportes y Comunicaciones otorgar conce-siones, autorizaciones, permisos y licencias en materia detelecomunicaciones; Que, el artículo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº06-94-TCC, establece que los servicios públicos portado-res se prestan bajo el régimen de concesión, la cual seotorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites es-tablecidos en la Ley y su Reglamento General, perfeccio-nándose mediante la suscripción de un contrato de conce-sión aprobado por el Titular del Ministerio; Que, el artículo 32º del acotado Reglamento General, clasifica entre los servicios portadores, a los servicios por-tadores de larga distancia nacional e internacional; Que, mediante Informe Nº 362-2001-MTC/15.03.UECT, ampliado con Informe Nº 008-2002-MTC/17, la DirecciónGeneral de Gestión de Telecomunicaciones señala quehabiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos queestablece la legislación, es procedente otorgar la conce-sión solicitada por la empresa VIRTUAL COM PERÚS.R.Ltda.;De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Or- denado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado porDecreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento Generalaprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, con susmodificatorias, el Texto Único de Procedimientos Adminis-trativos del Ministerio, y el Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio aprobado por Decreto SupremoNº 041-2002-MTC; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Comunica- ciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la empresa VIRTUAL COM PERÚ S.R.Ltda. concesión para la prestación de los serviciospúblicos portadores de larga distancia nacional e interna-cional, por el plazo de veinte (20) años, en la República delPerú. Artículo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesión a cele- brarse entre la empresa VIRTUAL COM PERÚ S.R.Ltda.para la prestación del servicio público a que se refiere elartículo precedente, el que consta de veintiséis (26) cláu-sulas y un (01) anexo, que forma parte integrante de lapresente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación delMinisterio, suscriba el Contrato de Concesión que se aprue-ba mediante la presente resolución. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita elacto administrativo correspondiente, si el Contrato de Con-cesión no es suscrito por la empresa VIRTUAL COM PERÚS.R.Ltda. en el plazo máximo de sesenta (60) días hábilescomputados a partir de la publicación de la presente reso-lución. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 05245 Precisan Derecho de Vía en la carrete- ra Emp. R01S (Pte. Alipio Ponce Km. 13.4) - Lurín-Emp. R01S (Km. 51), de- nominada Ruta 14-113 de orden depar-tamental RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 190-2003-MTC/02 Lima, 13 de marzo de 2003 CONSIDERANDO:Que, el Artículo 3º del Decreto Ley Nº 20081 establece que la faja de dominio o derecho de vía, comprende elárea de terreno en que se encuentra la carretera y susobras complementarias, los servicios y zona de seguridadpara los usuarios y las previsiones para futuras obras deensanche y mejoramiento; Que, el Artículo 4º de la referida ley señala que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones fijará el dere-cho de vía en atención a la categoría y clasificación de lascarreteras así como a las características topográficas delas regiones en las que se ejecuten proyectos viales; Que, de acuerdo al artículo 60º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes yComunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, la Dirección General de Caminos y Ferrocarrilesdicta normas sobre el uso y desarrollo de la infraestructurade carreteras, puentes y ferrocarriles, y fiscaliza su cumpli-miento en las redes viales del país; Que, mediante Informe Nº 02-2002-MTC/14.CMC de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, se recomien-da elaborar una Resolución Ministerial específica para laantigua carretera Panamericana Sur, que figura como ca-rretera departamental 14-113, Emp. R1S (Pte. Alipio Pon-ce Km. 13+400) - Lurín - Emp.R1S (Km 51+000), conside-rando una faja 20 m. de derecho de vía, es decir 10 m. acada lado del eje de la carretera; Que, de acuerdo al Anexo del Decreto Supremo Nº 09- 95-MTC, la Ruta 14-113 Emp R01S (Pte. Alipio Ponce Km.