Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2003 (19/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 19 de marzo de 2003

cion de un contrato de concesion aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el articulo 32º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios portadores se encuentran los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional; Que, mediante Informe Nº 024-2003-MTC/17, la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones senala que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion solicitada para los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional, es procedente la solicitud formulada por MACTEL DIGITAL S.A.C.; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, el MORDAZA del Ministerio; y, Con la opinion favorable del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a MACTEL DIGITAL S.A.C. concesion para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional por el plazo de veinte (20) anos, en todo el territorio de la Republica del Peru. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con MACTEL DIGITAL S.A.C. para la prestacion de los servicios publicos a que se refiere el articulo precedente, el cual consta de veintiseis (26) clausulas y dos (2) anexos que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Gestion de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo anterior. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 05244

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, con sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; y, Con la opinion favorable del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa VIRTUAL COM PERU S.R.Ltda. concesion para la prestacion de los servicios publicos portadores de larga distancia nacional e internacional, por el plazo de veinte (20) anos, en la Republica del Peru. Articulo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesion a celebrarse entre la empresa VIRTUAL COM PERU S.R.Ltda. para la prestacion del servicio publico a que se refiere el articulo precedente, el que consta de veintiseis (26) clausulas y un (01) anexo, que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Gestion de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el Contrato de Concesion que se aprueba mediante la presente resolucion. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesion no es suscrito por la empresa VIRTUAL COM PERU S.R.Ltda. en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 05245

Precisan Derecho de Via en la carretera Emp. R01S (Pte. MORDAZA MORDAZA Km. 13.4) - Lurin-Emp. R01S (Km. 51), denominada Ruta 14-113 de orden departamental
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 190-2003-MTC/02
MORDAZA, 13 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 3º del Decreto Ley Nº 20081 establece que la faja de dominio o derecho de via, comprende el area de terreno en que se encuentra la carretera y sus obras complementarias, los servicios y MORDAZA de seguridad para los usuarios y las previsiones para futuras obras de ensanche y mejoramiento; Que, el Articulo 4º de la referida ley senala que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones fijara el derecho de via en atencion a la categoria y clasificacion de las carreteras asi como a las caracteristicas topograficas de las regiones en las que se ejecuten proyectos viales; Que, de acuerdo al articulo 60º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0412002-MTC, la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles dicta normas sobre el uso y desarrollo de la infraestructura de carreteras, puentes y ferrocarriles, y fiscaliza su cumplimiento en las redes viales del pais; Que, mediante Informe Nº 02-2002-MTC/14.CMC de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, se recomienda elaborar una Resolucion Ministerial especifica para la antigua carretera Panamericana Sur, que figura como carretera departamental 14-113, Emp. R1S (Pte. MORDAZA MORDAZA Km. 13+400) - Lurin - Emp.R1S (Km 51+000), considerando una faja 20 m. de derecho de via, es decir 10 m. a cada lado del eje de la carretera; Que, de acuerdo al Anexo del Decreto Supremo Nº 0995-MTC, la Ruta 14-113 Emp R01S (Pte. MORDAZA MORDAZA Km.

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 191-2003-MTC/03
MORDAZA, 13 de marzo de 2003 VISTA, la solicitud formulada por la empresa VIRTUAL COM PERU S.R.Ltda. sobre concesion para la prestacion de los servicios publicos portadores de larga distancia nacional e internacional, en la Republica del Peru; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, establece que los servicios publicos portadores se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites establecidos en la Ley y su Reglamento General, perfeccionandose mediante la suscripcion de un contrato de concesion aprobado por el Titular del Ministerio; Que, el articulo 32º del acotado Reglamento General, clasifica entre los servicios portadores, a los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional; Que, mediante Informe Nº 362-2001-MTC/15.03.UECT, MORDAZA con Informe Nº 008-2002-MTC/17, la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones senala que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion, es procedente otorgar la concesion solicitada por la empresa VIRTUAL COM PERU S.R.Ltda.;

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