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PÆg. 241010 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 19 de marzo de 2003 De conformidad con las facultades previstas en el inci- so 4º del Artículo 76º de la Ley Orgánica del Poder Judi-cial, modificado por la Ley Nº 27465; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar a partir de la fecha, la Contratación sujeto a modalidad bajo los alcances delDecreto Legislativo Nº 728, del personal que se detallaen el Anexo I que forma parte integrante de la presenteResolución. Artículo Segundo.- Comunicar de la decisión conteni- da en el Artículo Primero de la presente Resolución alMinisterio de Trabajo y Promoción del Empleo, así como alas áreas administrativas correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS IBÁÑEZ MANCHEGO Gerente General GERENCIA DE PERSONAL ÁREA DE INGRESO, SELECCIÓN Y EVALUACIÓN ANEXO Nº 1 PERSONAL COMPRENDIDO EN EL D.S. Nº 014-2002-TR Nº APELLIDOS Y NOMBRES CARGO ANCASH 1 DEL CASTILLO DE PAZ, SEVERIANO SATURNINO SECRETARIO JUDICIAL AREQUIPA 2 HIDALGO VILLENA, CESAR ANTONIO ASISTENTE JUDICIAL3 LAYME MEJIA, CLADY DORINA AUXILIAR JUDICIAL CALLAO 4 HERNANDEZ ROSARIO, CLARA LUZ TECNICO JUDICIAL5 MORENO CRUZ, MAGDALENA SECRETARIO(A) JUDICIAL ICA 6 VERA ANGULO TITO AUGUSTO TECNICO JUDICIAL JUNÍN 7 ROJAS CUADRADO, CESAR WILFREDO SECRETARIO(A) JUDICIAL LA LIBERTAD 8 DIAZ PEREYRA, BLANCA FLOR AUXILIAR JUDICIAL 9 RODRIGUEZ BACILIO, JUAN MARCOS SECRETARIO JUDICIAL 10 SANCHEZ ACOSTA, JULIO DELMERT SECRETARIO(A) JUDICIAL LAMBAYEQUE 11 ESTEVES TORRES, ROSA MERCEDES TECNICO JUDICIAL 12 GALVEZ CASTAÑEDA, EUGENIA RELATOR LIMA 13 DURAND CHINCHAY, CELINDA SECRETARIO JUDICIAL14 OBREGON FERNANDEZ, RUBEN MOISES ASISTENTE JUDICIAL 15 PINEDA ARENAS, EDGARDO SANTOS MARTIN ASISTENTE JUDICIAL 16 RUMALDO GOMEZ, ALFREDO BENIGNO SECRETARIO(A) JUDICIAL17 VIVANCO HERRADA, ISMAEL ENRIQUE ASISTENTE JUDICIAL PIURA 18 MIÑAN ROBLES, TONY EDWARD SECRETARIO(A) JUDICIAL SANTA 19 ZAVALETA ALEGRE, RAUL TECNICO JUDICIAL 05282 CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Disponen que Presidentes de las Cor- tes Superiores resuelvan las solicitu-des de reincorporación presentadascomo consecuencia de sentencia expe-dida por el Tribunal Constitucional RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 024-2003-CE-PJ Lima, 18 de marzo del 2003VISTA: La sentencia del Tribunal Constitucional expedida en el Expediente Nº 013-2002-AI/TC, Colegio de Abogados delCallao, con fecha 13 de marzo del 2003, y publicada en elDiario Oficial El Peruano el 15 de los corrientes; y, CONSIDERANDO:Que, el Tribunal Constitucional con fecha 13 de marzo del 2003, en el Expediente Nº 013-2002-AI/TC, declarófundada en parte la demanda interpuesta por el Colegiode Abogados del Callao, y en consecuencia inconstitucio-nales los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 27433, e infundadaen lo demás que contiene; Que, la Ley Nº 27433 en su artículo 1º derogó los Decretos Leyes Nºs. 25423, 25425, 25437, 25442, 25443,25446, 25471, 25492, 25529, 26118, y los artículos 1º y2º del Decreto Ley Nº 25580, dictados por el Gobierno deEmergencia y Reconstrucción Nacional, mediante los cua-les fueron cesados Magistrados del Poder Judicial y delMinisterio Público; Que, la Ley Nº 26435, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en su artículo 35º, establece que lassentencias recaídas en los procesos de inconstitucionali-dad tienen autoridad de cosa juzgada, vinculan a to-dos los poderes públicos y producen efectos generalesdesde el día siguiente a la fecha de su publicación; porlo que siendo así, resultan de obligatorio cumplimiento; Que, en tal sentido, corresponde al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial como Órgano de Gobierno de este Po-der del Estado, dictar las disposiciones que resulten perti-nentes para la correcta e inmediata aplicación de los efec-tos de la referida sentencia; Que, la Ley Nº 27433 al derogar en su artículo 1º los Decretos Leyes Nºs. 25423, 25425, 25437, 25442, 25443,25446, 25471, 25492, 25529, 26118, y los artículos 1º y2º del Decreto Ley Nº 25580, se colige que los títulos delos Magistrados cesados recuperan su vigencia; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión extraor-dinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer que los Presidentes de Cortes Superiores respectivas, resuelvan las solicitudes dereincorporación presentadas como consecuencia de lasentencia expedida por el Tribunal Constitucional publica-da en el Diario Oficial El Peruano el 15 de marzo del pre-sente año. Artículo Segundo.- En caso de presentación simultá- nea en el mismo día de solicitudes de reincorporación,tendrá preferencia el Magistrado con mayor antigüedad enel ejercicio del cargo del cual fue separado. Artículo Tercero.- Las solicitudes de reincorporación serán presentadas adjuntándose declaración jurada de notener incompatibilidad por razón de parentesco, así comono tener 70 años o más de edad. Artículo Cuarto.- Las solicitudes presentadas ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial o a la Corte Supremade Justicia de la República, serán remitidas a la Corte Su-perior de Justicia que corresponda, teniendo como fechade presentación la que aparece en el cargo de recepciónincluyendo el término de la distancia. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de laRepública, al Tribunal Constitucional, al Consejo Nacio-nal de la Magistratura, a la Oficina de Control de laMagistratura del Poder Judicial, y a la Gerencia Generaldel Poder Judicial. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. HUGO SIVINA HURTADOWALTER VÁSQUEZ VEJARANO JORGE B. CALDERÓN CASTILLO CARLOS E. ALVA ANGULOBENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDE05316