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PÆg. 241094 NORMAS LEGALES Lima, jueves 20 de marzo de 2003 informes y/o dictámenes resultado de una acción de con- trol emitidos por cualquier Órgano del Sistema están consi-derados como prueba preconstituida para el inicio de lasacciones administrativas y/o judiciales que sean recomen-dadas sobre la base de las conclusiones determinadas, sindar lugar a ningún trámite adicional o complementario, seade orden decisorio, probatorio, consultivo u otro; Estando a lo informado por la Comisión Especial y la Comisión Permanente de Procesos Administrativos de laMunicipalidad Provincial de Cañete y, de conformidad conel Decreto Ley Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Admi-nistrativa y Remuneraciones del Sector Público y su Regla-mento D.S. Nº 005-90-PCM y Decreto Ley Nº 26162, Leydel Sistema Nacional de Control; Con las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer se efectúen las corres- pondientes llamada de atención escrita a través de loscanales correspondientes y otras sanciones que no ameri-tan proceso administrativo al personal cuyos nombres seconsignan en las Conclusiones del Informe Largo Nº 09-2001-MPC/MZ-SOA por haber incurrido en responsabili-dad administrativa en el ejercicio de sus funciones, en laque se incluye al ex Alcalde Provincial por los fundamentoscontenidos en el Informe Largo referido; y los ex RegidoresMunicipales por la limitada ejecución de su función fiscali-zadora y de vigilancia de los actos de la AdministraciónMunicipal, especialmente en el área de Rentas, conformelo dispuesto por el Art. 37º de la Ley Nº 23853, y a quienesadicionalmente se ven comprometidos en el área financie-ra porque forman parte del Presupuesto de Gastos de lainstitución lo que ha afectado la capacidad de la Municipa-lidad para hacer frente a sus obligaciones con oportunidady atenta contra la imagen como Institución que no cumplecon sus obligaciones contractuales, conforme puntualizael Informe de Auditoría. Artículo Segundo.- Aperturar Proceso Administrativo Disciplinario de Responsabilidad Administrativa por las de-ficiencias en el cumplimiento de procedimientos y docu-mentación en la ejecución de obras efectuadas en el ejer-cicio 2000: a. Deficiencias detectadas en la ejecución de la obra "Cons- trucción del local Comunal Villa El Carmen, Sector II", ejecuta-da por la Universidad Nacional de Ingeniería, al no haberseacreditado el expediente técnico, ensayos de control de cali-dad, recepción de obra, valorizaciones y metrados que debióentregar el contratista, por no haberse aplicado una multapor S/. 9,504.79 al contratista por haberse retrasado 26 díascalendario en la ejecución de obra, entre otros. b. Deficiencias detectadas en la ejecución de la obra "Cons- trucción Parque recreacional, Primera Etapa, Concha Acústi-ca, Platea", que no acredita Expediente Técnico, ni cuadernode obras, carencia de control y supervisión de la obra, incon-gruencias en los metrados considerados en las valorizacio-nes, ejecución de partidas adicionales sin contar con la co-rrespondiente Resolución de Alcaldía, entre otros. c. Deficiencias en la Adjudicación Directa sin publica- ción para la selección del contratista de la obra "Repara-ción y Remodelación de la Av. José Gálvez y la Av. SantaRosalía, al no haberse adjudicado directamente la obra alcontratista sin la publicación respectiva para la selección:no cuenta con expediente técnico, cuaderno de obras yensayos de control de calidad. d. Deficiencias encontradas en la ejecución de la obra "Canalización de la Primera Etapa de la Acequia Pócoto",que cuenta con Expediente Técnico incompleto y docu-mentación sin respaldo técnico, entre otros. e. Deficiencias encontradas en la ejecución de la obra "Canalización de la Segunda Etapa de la Acequia Póco-to", cuyo expediente está incompleto, ni cuenta con eldebido respaldo técnico, cuaderno de obra sin legalizar,no se evidencia ensayos de control de calidad, entre otros. f. Deficiencias detectadas en la ejecución de la obra "Rehabilitación de Pistas y Veredas en San Vicente", porno haberse acreditado la existencia de Expediente Técni-co, ni se evidencia ensayos de control de calidad y caren-cia de recepción de obras, entre otros. g. Deficiencias por inexistencia de sustento técnico y documentario que respalde la ejecución de las obras por unmonto de S/. 582,958.79 bajo la modalidad de AdministraciónDirecta que contraviene la Resolución de Contraloría Nº195-989-GG que norma la ejecución de las Obras Públicaspor Administración Directa; la no acreditación de la Docu-mentación que sustente desembolsos ocasionando un per- juicio económico por el monto de S/. 546,002.27 a la Muni-cipalidad Provincial de Cañete por la inobservancia de lanormatividad vigente y por la falta de controles previos yconcurrentes que no ejercieron los funcionarios y personalde la Dirección de Infraestructura y Desarrollo Local y Perso-nal de la Dirección de Administración y Tesorería. Por lo que, conforme se establece en el informe de la Comisión de Auditoría, existe responsabilidad administrativade los siguientes funcionarios y servidores municipales: - Sr. Jorge Cancino Quezada, ex Director de Infra- estructura y Des. Local. - Ing. Jorge Huerta Castillo, ex Director de Infraestructura y Des. Local. - Ing. Jorge Malpartida Sánchez, ex Director de Infra- estructura y Des. Local. - Ing. Fausto Huapaya Ponce, Supervisor de Obra.- Anner Carlos Gavidia Colán, ex Director de Adminis- tración. - Raúl Dance Caballero, ex Director de Administración. Artículo Tercero.- Aperturar Proceso Administrativo Dis- ciplinario de Responsabilidad Administrativa por las defi-ciencias en la convocatoria y proceso licitario para la adju-dicación de productos alimenticios del Programa "Vaso deLeche", por el ejercicio fiscal 2000, sin tener en considera-ción la normatividad legal para contratar con el Estado, alos siguientes funcionarios y servidores municipales: - Manuel Márquez Vivanco, ex Director Municipal. - Mirtha Sánchez Sánchez, ex Jefa de Abastecimiento.- Alberto Ramos de la Cruz, integrante del Comité Espe- cial. - Dra. Giovanna Aliaga Malaver, integrante del Comité Especial. - CPC Manuel Gonzales Prada, integrante del Comité Especial. Artículo Cuarto.- Aperturar Proceso Administrativo Dis- ciplinario por la carencia de documentos y registros oficia-les de Donaciones recibidas por la Municipalidad Provincialde Cañete, a la servidora Mirtha Sánchez Sánchez, exJefa de Abastecimiento. Artículo Quinto.- Encárguese a las Unidades corres- pondientes la ejecución de las acciones contenidas en lapresente Resolución y especialmente téngase presente elderecho a la defensa que asiste a los servidores y funcio-narios enumerados. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RUFINA LÉVANO QUISPE Alcaldesa 05367 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO Designan Ejecutor Coactivo de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 047-2003-MPCP Pucallpa, 18 de febrero de 2003 VISTA, la Resolución de Alcaldía Nº 382-2002-MPCP del 23.ABR.2002; la Carta Nº 018-2003-MPCP-A del 9-ENE.2003 y el Informe Nº 003-2003-MPCP-DGA del22.ENE.2003, sobre designación en el cargo de EjecutorCoactivo de la Municipalidad Provincial de Coronel Portilloal Abog. JOSÉ WILSON LLAJA LÓPEZ; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Alcaldía Nº 382-2002-MPCP del 23.ABR.2002, en el Artículo Primero se designa tempo-ralmente a partir del 24.ABR.2002 al abogado NELSONVÍCTOR CABALLERO CÓRDOVA en el cargo de EjecutorCoactivo de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo;