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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2003 (20/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 46

PÆg. 241092 NORMAS LEGALES Lima, jueves 20 de marzo de 2003 f) Los animales deberán ser asistidos en áreas inde- pendientes lejos del alcance de los niños. DISPOSICIONES FINALES 1. La autoridad municipal podrá clausurar temporal o definitivamente al advertirse omisión a las disposicionescontenidas en la presente norma o en las disposicionesespeciales y en el Texto Único de Procedimientos Adminis-trativos y toda norma con mayor rango normativo. 2. La autoridad Municipal podrá realizar las intervencio- nes permanentes a fin de garantizar las medidas de segu-ridad e higiene. 3. Toda actividad Pública No Deportiva no podrá afec- tar el ornato, las obras, la estética e higiene de la ciudad. 4. Toda publicidad para los espectáculos No Deportivos será autorizada por la autoridad municipal y de acuerdocon las normas pertinentes del caso. 5. Es prohibido colocar afiches en propiedad privada y pública sin contar con la autorización del caso. 6. Toda sanción se aplicará de acuerdo con el cuadro de infracciones y sanciones que se encuentra vigente a lafecha de la comisión de la infracción administrativa. 7. La autorización Municipal se otorgará previa presen- tación de la autorización de la autoridad política Distrital opromocional, según la naturaleza del evento, con excep-ción de los Capítulos IV y VI del presente reglamento. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.TADEO A. GUARDIA HUAMANÍ Alcalde 05364 Declaran en situación de urgencia el servicio de impresión de los formatos preimpresos de pago para el cobro del Impuesto Predial y Arbitrios Municipa-les correspondiente al ejercicio fiscal2003 ACUERDO DE CONCEJO Nº 013-2003-MDSA Santa Anita, 14 de marzo de 2003 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de marzo de 2003, el Informe Nº 081-2003-DR-MDSA de laDirección de Rentas referente a la necesidad de declararen Situación de Urgencia el Servicio de Impresión de For-matos Preimpresos de Pago para el cobro del ImpuestoPredial y Arbitrios Municipales correspondiente al ejerciciofiscal 2003, así como el Informe Nº 127-2003-OAL/MDSAde la Oficina de Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, reformado mediante Ley Nº 27680 de fecha 7 demarzo de 2002, establece que las Municipalidades Distrita-les tienen autonomía política, económica y administrativaen los asuntos de su competencia, correspondiendo alConcejo las funciones normativas y fiscalizadoras y a laAlcaldía las funciones ejecutivas; Que, el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones, aprobado por D.S. Nº012-2001-PCM, establece que se considera Situación deUrgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisiblede determinado bien o servicio compromete la continuidadde los servicios esenciales o de las operaciones producti-vas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situación facultaa la entidad a la adquisición o contratación de los bienes yservicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según seael caso, necesario para llevar a cabo el proceso de selec-ción que corresponda; Que, el inciso c) del artículo 19º de la citada norma establece que están exonerados del proceso de LicitaciónPública, Concurso Público o Adjudicación Directa, segúnsea el caso, las adquisiciones y contrataciones que serealicen en situación de urgencia declaradas conforme aley, en ese mismo sentido, el artículo 20º establece que lasadquisiciones antes indicadas se realizan mediante el pro-ceso de menor cuantía;Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso c) del artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado, la formalidad de los procedimientos nosujetos a licitación pública y concurso público o adjudica-ción directa se aprobará mediante Acuerdo de ConcejoMunicipal, en el caso de los gobiernos locales, publicadoen el Diario Oficial El Peruano y remitido a la ContraloríaGeneral de la República dentro de los 10 días siguientes ala fecha de su aprobación; Que, asimismo, se indica que la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento establecenplazos y procedimientos para cada tipo de proceso deselección que en los presentes casos se estima se trataránde adjudicaciones directas; Que, visto el Informe Nº 005-2003-OI/MDSA, se esta- blece que los buenos contribuyentes, motivados por eldescuento señalado en la Ordenanza Nº 003-2003-MDSA,han superado las expectativas de recaudación, manifes-tando carencia de los formatos preimpresos de las declara-ciones mecanizadas, por lo que es de necesidad urgenteadquirir el material para el cumplimiento de los fines de laactual gestión; Estando a la opinado por la Oficina de Asesoría Le- gal, mediante informe Nº 127-2003-OAL/MDSA, de con-formidad con lo establecido por la Ley Orgánica de Muni-cipalidades Nº 23853, con el voto unánime del pleno delConcejo y con la dispensa de lectura y aprobación delActa; SE ACUERDA:Artículo Primero.- Declarar en Situación de Urgencia el Servicio de Impresión de los Formatos Preimpresos dePago para el cobro del Impuesto Predial y Arbitrios Munici-pales correspondiente al ejercicio fiscal 2003. Artículo Segundo.- Autorizar la contratación del Servi- cio de Impresión de Formatos Preimpresos de Pago para elcobro del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales vía adju-dicación de menor cuantía. Artículo Tercero.- Poner el presente Acuerdo a conoci- miento de la Contraloría General de la República, de con-formidad con el artículo 20º del Texto Único Ordenado dela Ley Nº 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado dentro de los diez (10) días calendario siguien-tes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.TADEO GUARDIA HUAMANÍ Alcalde 05365 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Amplían prórroga del Pago Anual al Contado o la Primera Cuota del Impues- to Predial y Arbitrios DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-03-MDS Surquillo, 17 de marzo de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO VISTO: El Informe Nº 039-03-OR/MDS del 17.3.03 de la Oficina de Rentas en el que propone se prorrogue elPago Anual al Contado o la Primera Cuota del ImpuestoPredial y Arbitrios hasta el 31 de marzo del 2003 y quefuera aprobado por el Decreto de Alcaldía Nº 003-2003/MDS. CONSIDERANDO:Que, mediante el Informe de Vistos, la Oficina de Ren- tas propone la Prórroga del Pago Anual al Contado o laPrimera Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios hasta el 31de marzo del 2003, aprobado por el Decreto de Alcaldía Nº003-2003/MDS; Que, es política de la Administración seguir brindando las facilidades pertinentes a los señores contribuyentes deldistrito a fin de que cumplan con el pago de sus obligacio-nes tributarias;