Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2003 (20/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, jueves 20 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES

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asimismo, en su articulo MORDAZA se designa temporalmente a partir del 24.ABR.2002 al CPC MORDAZA MORDAZA FREYRE MORDAZA en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Portillo, en tanto se convoque y realice el correspondiente Concurso Publico de Meritos; Articulo MORDAZA que ha sido modificado mediante Resolucion de Alcaldia Nº 1343-2002-MPCP de fecha 26.DIC.2002, en el extremo de designar temporalmente a partir del 12.AGO.2002 al Lic. en Adm. MORDAZA MORDAZA CACHAY REYES; Que, mediante Informe Nº 003-2003-MPCP-DIPER del 21.ENE.2003, la Direccion de Personal solicita a la Direccion General de Administracion se contrate a partir del 9.ENE.2003, al Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que preste sus servicios en esta Comuna designandole temporalmente el cargo de Ejecutor Coactivo, solicitando que la Direccion General de Asesoria Juridica, elabore la respectiva Resolucion; Que, de conformidad con lo previsto por el Art. 148º, Inc. 4) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, "en ningun caso podra afectarse la tramitacion de los expedientes o la atencion del servicio por la ausencia, ocasional o no, de cualquier autoridad. Las autoridades que por razones de licencia, vacaciones u otros motivos temporales o permanentes se alejen de su centro de trabajo, entregaran a quien lo sustituya o al superior jerarquico, los documentos y expedientes a su cargo, con conocimiento de los administrados"; Que, de igual modo en el Art. 73º inciso 73.1) de la acotada Ley Nº 27444, se senala que el desempeno de los cargos de los titulares de los organos administrativos puede ser suplido temporalmente en caso de vacancia o ausencia justificada, por quien designe la autoridad competente para efectuar el nombramiento de aquellos; Que, el Art. 82º del D.S. Nº 005-90-PCM del 17.ENE.1990, establece que el encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Solo procede en ausencia del titular para el desempeno de funciones de responsabilidad directiva compatible con niveles de MORDAZA superiores al del servidor. En ningun caso debe exceder el periodo presupuestal; Que, es facultad del MORDAZA nombrar y remover al personal administrativo y de servicio tal como lo preceptua el Art. 47º Inc. 13) de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades; Que, en la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva en su Art. 7. Inc. 7.1) se dispone que la designacion del Ejecutor como la del Auxiliar se efectuara mediante Concurso Publico de Meritos; en su Inc. 7.2) que ambos ingresaran como Funcionarios a la Entidad a la cual representan y ejerceran su cargo a tiempo completo y dedicacion exclusiva y percibiran una remuneracion de caracter permanente, en concordancia a la naturaleza y caracteristicas de su cargo y funcion encontrandose impedidos de percibir comisiones, porcentajes o participaciones cuyo calculo se haga en base a los montos remunerados en los procedimientos a su cargo; Que, en el Reglamento de la Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 036-2001-EF, en su Tercera Disposicion Final, se dispone que "Solo los ejecutores y auxiliares coactivos debidamente acreditados ante las entidades del sistema financiero y bancario, la Policia Nacional del Peru, las diferentes oficinas registrales del territorio nacional y ante el Banco de la Nacion, podran ordenar embargos o requerir su cumplimiento. Dicha acreditacion debera contener cuando menor el nombre de la persona, el numero y fecha de la resolucion que lo designa, el registro de firmas y sellos correspondiente, la direccion de la oficina en donde funciona la Ejecutoria Coactiva de la entidad. Esta acreditacion debera ser suscrita por el titular de la entidad correspondiente"; Que, es de observarse en el D.S. Nº 036-2001-EF, Reglamento de la Ley de Procedimientos de Ejecucion Coactiva, para que el Ejecutor Coactivo desempene legalmente sus funciones requiere que su designacion se realice a traves de una resolucion suscrita por el Titular de la Entidad, debiendo ser publicada a nivel local y nacional acreditandose ante las Autoridades e Instituciones referidas anteriormente; Estando a los considerandos expuestos y a las facultades conferidas por el Art. 47º Inc. 6) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolucion de Alcaldia Nº 382-2002-MPCP del 23.ABR.2002,

en merito a los considerandos expuestos en la presente Resolucion. Articulo Segundo.- DESIGNAR, en via de regularizacion, temporalmente a partir del 9.ENE.2003 y en tanto se convoque y realice el correspondiente Concurso Publico de Meritos a que se hace referencia en la parte considerativa de la presente Resolucion, al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Portillo, irrogandolo de todas las funciones, facultades, prerrogativas y atribuciones inherentes a dicho cargo, el cual ejercera a tiempo completo y dedicacion exclusiva, percibiendo por ello una remuneracion de caracter permanente en concordancia a la naturaleza y caracteristicas de su cargo y funcion, en tanto se desempene como funcionario municipal en el area para lo que se designa temporalmente. Articulo Tercero.- DISPONER se publique la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y el Diario Ahora de esta MORDAZA, y se acredite ante la Autoridades e Instituciones del Sistema Financiero y Bancario, la Policia Nacional del Peru, las diferentes Oficinas Registrales del territorio nacional y ante el Banco de la Nacion. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Direccion de Personal el cumplimiento de la presente Resolucion. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la notificacion y distribucion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA VALDES MORDAZA MORDAZA 05368

Ratifican a Auxiliar Coactivo de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 057-2003-MPCP
Pucallpa, 21 de febrero de 2003 VISTA, el Informe Nº 011-2003-MPCP-OGR del 5.FEB.2003, emitido por el Director General de Rentas, en la cual propone la designacion del Lic. Adm. MORDAZA MORDAZA CACHAY MORDAZA, como Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Portillo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 011-2003-MPCP-OGR del 5.FEB.2003, la Direccion General de Rentas, solicita la ratificacion de la designacion del Lic. Adm. MORDAZA MORDAZA CACHAY MORDAZA, de Auxiliar Coactivo de esta corporacion MORDAZA, quien ha sido designado con R.A. Nº 1343-2002MPCP del 26.DIC.2002, en vias de regularizacion desde el 12.AGO.2002; Que, de conformidad con lo previsto por el Art. 148º Inc. 4) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, "en ningun caso podra afectarse la tramitacion de los expedientes o la atencion del servicio por la ausencia, ocasional o no, de cualquier autoridad. Las autoridades que por razones de licencia, vacaciones u otros motivos temporales o permanentes se alejen de su centro de trabajo, entregaran a quien lo sustituya o al superior jerarquico, los documentos y expedientes a su cargo, con conocimiento de los administrados"; Que, de igual modo en el Art. 73º inciso 73.1 de la acotada Ley Nº 27444, se senala que el desempeno de los cargos de los titulares de los organos administrativos puede ser suplido temporalmente en caso de vacancia o ausencia justificada, por quien designe la autoridad competente para efectuar el nombramiento de aquellos; Que, el Art. 82º del D.S. Nº 005-90-PCM del 17.ENE.1990, establece que el encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Solo procede en ausencia del titular para el desempeno de funciones de responsabilidad directiva compatible con niveles de MORDAZA superiores al del servidor. En ningun caso debe exceder el periodo presupuestal; Que, es facultad del MORDAZA nombrar y remover al personal administrativo y de servicio tal como lo preceptua el Art. 47º Inc. 13) de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades;

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