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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2003 (22/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 71

PÆg. 241265 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de marzo de 2003 se ha venido utilizando para la determinación de los tributos municipales; Que, asimismo, informan que SDQ SERVIS S.R.L., es una empresa que se dedica a la fiscalizacióntributaria mediante el "Programa de Recuperación y Fiscalización Selectiva de Tributos Municipales", prestando entre otros servicios, la tasaciones de In-muebles a valor arancelario para la determinación efectiva de la Base Imponible del Impuesto Predial determinando de forma técnica y especializada laobligación tributaria, cualidades por la cual se hace merecedor de ser contratado vía contrato personalí- simo, por reunir los requisitos necesarios para la pres-tación de este servicio, con unos honorarios profe- sionales equivalente a un 20% de la deuda detectada a los contribuyentes sin incluir el Impuesto General alas Ventas, ya sea tributos, intereses, multas y re- cargos si los hubiera, del monto total obtenido como resultado de la fiscalización a la que se le denominaMonto No Presupuestado; honorarios que se abona- rán una vez que se haga efectivo acotación detecta- da y fiscalizada; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica mediante Infor- me N° 073-2003-OAJ-MDSM de fecha 18 de febrero del 2003, opina que lo solicitado reúne los requisitos de pro-cedibilidad para la contratación personalísima que se requiere; Que, el artículo 19º, inciso h) del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 012-2001-PCM, exonera del Proceso de Selección a los ServiciosPersonalísimos, concordante el artículo 111º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM; Que, para los efectos anteriormente expuesto es necesario la formalización del acto administrativo que apruebe la exoneración del proceso de selección antes referido; Estando a lo señalado por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado aprobado por D.S. N° 012-2001-PCM;y de conformidad con el numeral 3 del artículo 10º y numeral 1 del artículo 36º de la Ley Orgánica de Munici- palidades - Ley 23853; POR UNANIMIDAD: ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR, la exoneración del proceso de selección correspondiente al Programa de Recuperación y Fiscalización Selectiva de Tributos Mu- nicipales, consistente en la revisión de la base imponibleque pudiera corresponder a los principales contribuyen- tes del distrito de San Miguel, el mismo que a estará a cargo de la empresa SDQ SERVICE S.R.L., por la ex-cepción de servicios personalísimos, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Reso- lución. Artículo Segundo.- Autorizar al Jefe de la Oficina de Administración para que proceda a contratar el servi- cio requerido, señalado en el Artículo precedente, vía adjudicación de menor cuantía para el período corres-pondiente al año 2003, con una retribución equivalente a un 20% de la deuda detectada a los contribuyentes sin incluir el Impuesto General a las Ventas, ya sea tributos,intereses, multas y recargos si los hubiera, del monto total obtenido como resultado de la fiscalización a la que se le denomina Monto No Presupuestado, honorariosque se abonarán una vez que se haga efectivo la acota- ción detectada y fiscalizada. Artículo Tercero.- Poner el presente Acuerdo en conocimiento de la Contraloría General de la Repúbli-ca. Artículo Cuarto.- Publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 05624MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Regulan tasa de arbitrios de limpieza pœblica, serenazgo, parques y jardinespara el aæo 2003 ORDENANZA Nº 094 Villa María del Triunfo, 28 de febrero del 2003EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 28 de Febrero del 2003, bajo la presidencia del Señor Alcalde Dr. Washington Ipenza Pacheco y con la asistencia delos Señores Regidores Sr. Emiliano Yrribarren Chamo- rro, Sra. Gina Casafranca Delgado, Sr. Carlos Palomino Maldonado, Sr. Javier Salas Zamalloa, Sr. Eudaldo Vi-ches Silva, Sr. David Romero Ríos, Sr. Donato Izarra Palomino, Sr. Moisés Félix Olazábal, Sr. Elías Vara Fran- co, Sr. José Guerra Velásquez y Sr. Wilfredo Bazán Ra-mírez; se trató sobre Tasa de Arbitrios Municipales para el año 2003; y, CONSIDERANDO: Que, los Arts. 191º y 192º de la Constitución Polí- tica del estado, otorga a las Municipalidades autono- mía política, económica y administrativa en los asun- tos de su competencia, otorgando potestad tributariapara crear, modificar, suspender o suprimir contribu- ciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos munici- pales; Que, de conformidad con el Art. 69º del Decreto Le- gislativo Nº 776 - del Sistema Tributario Municipal y mo- dificado por Ley Nº 26728, las tasas por servicios públi-cos se calculan dentro del primer trimestre de cada ejer- cicio y se aprueban mediante Ordenanza con plazo máxi- mo al 30 de abril, explicando los costos efectivos quedemande el servicio según el número de contribuyentes y los criterios que justifiquen el incremento de ser el caso ; Que, mediante Ordenanza Nº 062 se establece en la jurisdición de Villa María del Triunfo, el Marco Normativo de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública y Sere-nazgo, regulando el ámbito de aplicación, sujetos del tributo, periodicidad, vencimiento y montos de arbitrios para el ejercicio 2002; Que, en estos últimos años nuestro distrito ha habili- tado una gran cantidad de áreas verdes, y siendo nece- sario un plan de mantenimiento a fin de garantizar supermanencia en el tiempo; Que, resulta neceario establecer los importes de los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardinesy Serenazgo para el Ejercicio 2003, y a fin de no incrementar la carga económica financiera de los contribuyentes, se ha considerado conveniente rati-ficar los arbitrios de Limpieza Pública y Serenazgo fijados para el año 2002; Que, mediante Decreto Supremo Nº 191-2002-EF se establece la Unidad Impositiva Tributaria - UIT - en S/. 3,100.00 la que rige para el presente año 2003; De conformidad con los Arts. 36º, Inc. 3), 109º y 110º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades ; con el voto Mayoritario de los Señores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, se ha emi-tido la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA TASA DE ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, SERENAZGO, PARQUES Y JARDINES PARA EL AÑO 2003 Artículo Primero.- APLICAR para el Ejercicio Fiscal 2003 las disposiciones y montos de las Ordenanzas Nºs. 023-2001 y 062-2002, publicado en el Diario OficialEl Peruano el 21.MARZO.2002 y ratificadas por el Con- cejo Metropolitano mediante Acuerdo de Concejo Nº 148-