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PÆg. 241252 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de marzo de 2003 (ii) Programa de inversiones: Se ha incluido un pro- yecto de perforación de cinco pozos de agua subterrá- nea que no ha sido considerado en el Plan Maestro ni ha sido justificado técnica, económica y financieramente.Asimismo, existen proyectos sobrevalorados, como los referidos a la ampliación de redes de agua potable y de alcantarillado e instalación de medidores, cuyos compo-nentes no han sido especificados. (iii) Desarrollo de mercado: La expansión de la co- bertura debería dar prioridad a la demanda insatisfechade la zona del cono norte de Arequipa, ya que existen alrededor de 50 000 (cincuenta mil) habitantes que no cuentan con servicios de saneamiento. (iv) Programa de financiamiento: La empresa debe reducir el componente de recursos propios como fuente principal de financiamiento por la alta incidencia que tie-ne este mecanismo en el nivel de incremento tarifario. Como alternativa, la empresa debe diversificar sus fuen- tes de financiamiento. (v) Niveles de eficiencia en la gestión: Contraria- mente a lo señalado por SEDAPAR, se evidencia pro- blemas en la eficiencia de la gestión. En tal sentido,debe reducirse las pérdidas sobre todo comerciales, a través de la sectorización del agua, de un mejor control operacional y del mejoramiento en los nivelesde micromedición, aumentar la cantidad de usuarios facturados a través de la reactivación de los usua- rios cuya conexión se encuentra cerrada, de la am-pliación de la cobertura y la realización de nuevos catastros, asimismo debe invertir recursos en dismi- nuir sus niveles de morosidad. 3.3. Sobre el procedimiento de determinación de fórmulas tarifarias 3.3.1. El Procedimiento de Fijación de Tarifas de las Empresas Prestadoras de los Servicios de Saneamien-to -aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 008-2002-SUNASS-CD y modificado por la Resolución de Consejo Directivo Nº 056-2002-SUNASS-CD- esta-blece que realizada la audiencia pública, la Gerencia de Regulación Tarifaria debe evaluar si la propuesta del pro- grama de inversiones, metas de gestión, niveles de co-bertura y calidad y el programa tarifario de la empresa prestadora contenidos en el plan financiero son técnica- mente consistentes. 3.3.2. La referida norma establece que de ser con- sistente el plan financiero deberá continuarse con el trá- mite. De no serlo, la Gerencia de Regulación Tarifariadeberá evaluar si las deficiencias pueden ser subsana- das. Si la propuesta contiene deficiencias insubsana- bles, la Gerencia General deberá denegar la solicitudpresentada. 3.3.3. Coincidiendo con lo informado por la Ge- rencia de Regulación Tarifaria, se aprecia que el planfinanciero presentado por SEDAPAR no considera la expansión necesaria de los servicios, no propone mejoras importantes en la cobertura y calidad de losservicios ni en la mejora en la gestión de la empresa. Asimismo, el programa de financiamiento no está di- versificado, lo que ocasiona que el incremento tarifa-rio sea muy alto y por consiguiente oneroso para la población. 3.3.4. Según lo expuesto, el plan financiero presenta- do por SEDAPAR contiene deficiencias insubsanables, ya que sólo pueden ser superadas con su reformula- ción. En consecuencia, corresponde denegar la solici-tud presentada por SEDAPAR. En uso de las facultades conferidas mediante Reso- lución de Consejo Directivo Nº 056-2002-SUNASS-CD; SE RESUELVE:Artículo Único.- Denegar la solicitud de aprobación de fórmulas tarifarias presentada por Empresa de Servi-cio de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa Socie- dad Anónima. Regístrese, notifíquese y publíquese. JOSÉ LUIS BONIFAZ FERNÁNDEZ Gerente General 05461S U N A T Encargan funciones de la Intendencia Nacional Jurídica de la SUNAT SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 064-2003/SUNAT Lima, 21 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que la Intendente Nacional Jurídica (e) de esta Superintendencia, señorita Clara Rossana Urteaga Goldstein, va a hacer uso de su período vacacional a partir del 24 de marzo hasta el 14 de abril del año encurso; Que a fin de garantizar el normal funcionamiento de dicha Intendencia, se hace necesario encargar las fun-ciones del cargo de Intendente Nacional Jurídico, mien- tras dure la ausencia de la mencionada funcionaria; De conformidad con lo establecido en el inciso u) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funcio- nes de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar a partir del 24 de marzo de 2003 y mientras dure la ausencia de la señorita Clara Rossana Urteaga Goldstein, las funciones del cargo deIntendente Nacional Jurídico a la señorita Mónica Patri- cia Pinglo Tripe, Gerente de Dictámenes Tributarios. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Superintendente Nacional 05609 Exoneran de proceso de selección co- rrespondiente a prórroga de contratode arrendamiento de inmueble ubica-do en el departamento de Ayacucho SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 065-2003/SUNAT Lima, 21 de marzo de 2003CONSIDERANDO: Que el inciso g) del Artículo 19º del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Licitación, Concurso Público o Adjudicacio-nes Directas las prórrogas del plazo de los contratos de arrendamiento de inmuebles siempre que la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del índicegeneral de precios al por mayor; Que una vez aprobada la exoneración correspon- diente, la contratación debe efectuarse a través de unproceso de adjudicación de menor cuantía, conforme a lo establecido por el Artículo 20º de dicho Texto Legal; Que en los Artículos 105º y 116º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 013-2001-PCM, se establecen los procedimien-tos a que deben someterse tales contrataciones, precisándose que deberá indicarse en la resolución exo- neratoria el órgano que se encargará de llevar a cabo lacontratación;