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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2003 (22/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 59

PÆg. 241253 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de marzo de 2003 Que el Informe Técnico Legal Nº 001-2003-2O0100, indica que se requiere prorrogar por un (1) año el plazo del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en el Pasaje Alfonso Ugarte s/n (Altura Cuadra 3 de la Ave-nida El Ejército), Ayacucho; en virtud a que el referido inmueble reúne las características mínimas necesarias y se encuentra acondicionado para el almacenaje de losbienes embargados y comisados por la Oficina Remota de Ayacucho; Que lo expuesto en dicho Informe justifica técnica y legalmente la exoneración del proceso de selección para la prórroga del contrato de arrendamiento, cumpliéndo- se así con lo establecido en el Artículo 113º del mencio-nado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado y en los Artículos 105º, 113º y 116º de su Reglamento; y en uso de las facultades conferidas en el inciso u) delArtículo 19º del Reglamento de Organización y Fun- ciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de selección correspondiente, a la prórroga del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en el Pasaje Al-fonso Ugarte s/n (Altura Cuadra 3 de la Avenida El Ejército), Ayacucho, con un área total de 715 m2, por el plazo de un (1) año contado a partir del 1 de abrilde 2003 hasta el 31 de marzo de 2004, por los funda- mentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Intendente Regional Ica a suscribir el Contrato respectivo con el señor Javier Arones Lagos mediante Adjudicación de Menor Cuan-tía y por una renta mensual de S/. 1,180.00 (Un mil ciento ochenta y 00/100 Nuevos Soles), incluido im- puestos. Artículo 3º.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administración remita copias de la presente Resolu- ción y del informe que sustenta esta exoneración a laContraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aproba- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Superintendente Nacional 05610 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN Autorizan contratar profesional encargado de realizar estudios de pre- inversión a nivel de prefactibilidad de acuerdo a contenidos del SistemaNacional de Inversión Pœblica RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 129-2003-GRJ/PR Huancayo, 13 de marzo de 2003 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN VISTO:El Informe Técnico Nº 084-2003-GRO/SGE, emi- tido por la Subgerencia de Estudios y el Informe Le-gal Nº 037-2003-GRJ/GRAJ, en los cuales se sus- tenta la exoneración de un Proceso de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, para la contratación deservicios, bajo la modalidad de Servicios Personalí- simos;CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Regional Junín, con la finalidad de cumplir con las normas del Sistema Nacional de Inver- sión Pública requiere la presentación de Estudios de Prefactibilidad debidamente aprobados y consideradosviables por el sector correspondiente y por la Oficina de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, para lo cual se hace necesario contar con el concurso de unprofesional con experiencia en la formulación del men- cionado estudio; Que, el Gobierno Regional Junín ha encontrado un mínimo de estudios de prefactibilidad aprobados, para la ejecución de obras en el presente año en el ámbito de su jurisdicción, debido a la ineficiencia delex CTAR JUNÍN en el ejercicio 2002 y; siendo deber de este nuevo Gobierno Regional el contar con pro- yectos aprobados y de impacto regional, ha visto porconveniente el contratar un profesional con expe- riencia en dicha materia; Que, el Gobierno Regional Junín se encuentra en proceso de organización e implementación en el área de proyectos, y requiere de un profesional con expe- riencia en proyectos de inversión pública, para de-sarrollar los estudios de preinversión a nivel de pre- factibilidad; Que, el Gobierno Regional de Junín cuenta con la disponibilidad presupuestal necesaria en la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados prevista en el Plan Operativo y Presupuesto Institucio-nal 2003, los cuales se requieren para los fines expues- tos y, siendo necesario concursar para la obtención de financiamiento ante el FIDE, se ha visto por convenienteconvocar a profesionales con experiencia en formula- ción de estudios de preinversión a nivel de prefactibili- dad; Que, de lo expresado en el Informe Técnico emitido por la Gerencia Regional de Operaciones y en el Infor- me Técnico Legal evacuado por la Gerencia Regional deAsesoría Jurídica, sustentan técnica y legalmente la contratación de los servicios personalísimos requeri- dos; Que, según lo previsto por el inciso h) del Art. 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, aprobado medianteDecreto Supremo Nº 012-2001-PCM, puede exone- rarse del proceso de Adjudicación Directa de Menor Cuantía la contratación de servicios personalísimos,observándose lo establecido por el Art. 20º de dicha Ley, resultando procedente esta exoneración, por cuanto conforme se señala en los informes aludidosen el visto, el Gobierno Regional de Junín requiere la contratación de un profesional con experiencia en la elaboración de los estudios de prefactibilidad, requi-sito éste que se ajusta a las condiciones estableci- das en el Reglamento de la Ley enunciada, ya que procede contratar a un profesional que ostente unacaracterística inherente y especial para esta clase de servicios y, dado a que el Gobierno Regional re- quiere dentro del presente ejercicio fiscal realizar pro-yectos y obras de impacto Regional; Que, en el artículo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM esta- blece las condiciones que debe reunir la contrata- ción para poder acceder a la causal de exoneraciónpor Servicios Personalísimos, señalando que ésta se refiere a los contratos de locación de servicios con personas naturales o jurídicas cuando para di-cha contratación se haya tenido en cuenta como re- quisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus características inherentes, particulares o espe-ciales, o por su determinada calidad, profesión, cien- cia, arte u oficio, estableciendo el trámite y procedi- miento para las contrataciones y adquisicionesexoneradas; Que, por ello la designación para la elaboración del estudio de prefactibilidad ha recaído en el Sr. Ing. Alfon-so Eduardo Escobar Zamalloa, quien prestará servicios para la formulación del estudio de preinversión a nivel de prefactibilidad de la construcción de la carretera Ricrán- Monobamba, tramo II Tambillo - Monobamba, indicando que el referido profesional reúne los requisitos señala- dos y posee amplia experiencia en proyectos de inver-sión pública;