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PÆg. 241636 NORMAS LEGALES Lima, jueves 27 de marzo de 2003 AGRICULTURA Dejan sin efecto artículo de la R.S. N” 064-2000-AG, que aprobó planos definitivos y memorias descriptivas de tierras eriazas de libre disponibilidadubicadas en el departamento de Piura RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 009-2003-AG Lima, 26 de marzo de 2003 VISTO: El Oficio Nº 2641/2002/DE/SA/PROINVERSIÓN, del Director Ejecutivo de la Agencia de Promoción de la In- versión - PROINVERSIÓN; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 064-2000-AG, de 6 de julio de 2000, se aprobó los planos definitivos y me- morias descriptivas de 400.00 ha. de tierras eriazas de libre disponibilidad, ubicadas en los distritos de Piura yCastilla de la provincia y departamento de Piura, confor- mado por los lotes inscritos en las Fichas Nºs. 075242, 075241 y 075243 del Registro de la Propiedad Inmueblede la Oficina Registral Regional Grau, los mismos que cuentan con un área de libre disponibilidad de 8.37 ha., 158.88 ha. y 232.75 ha., respectivamente; Que, el artículo 2º de la referida Resolución Suprema dispuso la remisión de la documentación pertinente a la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI(hoy PROINVERSIÓN), a fin de que proceda a la venta o concesión de esas tierras, mediante subasta públicas; Que, al haber quedado desierta la convocatoria para la venta en subasta pública del mencionado terreno, con el oficio citado en la parte introductoria el Director Ejecu- tivo de PROINVERSIÓN remite la transcripción del acuer-do de la sesión de PROINVERSIÓN de fecha 13 de noviembre de 2002, por el que se acuerda solicitar al Ministerio de Agricultura, dar por concluido el encargoconferido a la Agencia de Promoción de la Inversión mediante la Resolución Suprema Nº 064-2000-AG, refe- rido a la transferencia de 3 lotes de tierras eriazas de8.37 ha., 158.88 ha. y 232.75 ha., ubicados en los distri- tos de Piura y Castilla del departamento de Piura; De conformidad con la Ley del Poder Ejecutivo dada por Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dejar sin efecto el artículo 2º de la Re- solución Suprema Nº 064-2000-AG, de 6 de julio de 2000. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 05979 Aprueban Planes Maestros de las Reservas Nacionales de Paracas, Titicaca y Lachay y del Santuario Histórico de Chacamarca RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 465-2002-INRENA Lima, 20 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política en su artículo 68º esta- blece que el Estado está obligado a promover la conser-vación de la diversidad biológica y de las áreas natura- les protegidas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 1281-75-AG se estableció la Reserva Nacional de Paracas, ubicada enla provincia de Pisco, en el departamento de Ica, siendo su objetivo de creación la preservación y uso sostenible de muestras representativas de la diversidad biológica,del desierto Pacífico Subtropical y del Desierto Pacífico Templado Cálido; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 053-96-IN- RENA se aprobó el Plan Maestro de la Reserva Nacio- nal de Paracas, el cual define sus zonas de manejo y organización; Que, el artículo 8º, literal g) de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, señala que el Instituto Nacional de Recursos Naturales, constituye el ente rec-tor del SINANPE y que entre sus funciones se encuen- tra la de aprobar los Planes Maestros de las Áreas Na- turales Protegidas; Que, el artículo 18º de la Ley antes citada, establece que las áreas naturales protegidas contarán con docu- mentos de planificación de carácter general y específi-cos por tipo de recurso y actividad aprobados por el INRENA con participación de los sectores correspon- dientes, los que constituyen normas de observancia obli-gatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro de las áreas; Que, el artículo 20º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas prescribe que la autoridad nacional aprobará un plan maestro para cada área natural protegida, el cual constituye el documento de planificación de másalto nivel de las mismas y en el que se define la zonifica- ción, estrategias y políticas generales para la gestión del área; la organización, objetivos, planes específicos re-queridos y programas de manejo, y los marcos de co- operación, coordinación y participación relacionados al área y su zona de amortiguamiento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-99-AG, se aprobó el Plan Director de las Áreas Naturales Protegi- das, donde también se señala que el plan maestro cons-tituye el documento de planificación de más alto nivel para su gestión y que son elaborados por medio de un proceso participativo y revisados cada cinco (5) años; Que, el artículo 37º del Reglamento de Áreas Natura- les Protegidas aprobado por Decreto Supremo Nº038- 2001-AG, establece que el proceso de elaboración delplan maestro es liderado por el Jefe del Area Natural Protegida correspondiente, con la colaboración de los gobiernos regionales y locales, los pobladores localesdebidamente organizados, y las insituticiones públicas y privadas vinculadas al área natural protegida; Que, el artículo 37º, numeral 4, del Reglamento antes mencionando, señala que el plan maestro es aprobado me- diante Resolución Jefatural del INRENA, con una vigencia de cinco (5) años, a propuesta de la Dirección General; Que, mediante un amplio proceso participativo con los usuarios y población local en general, instituciones públicas y privadas vinculadas a la conservación, se haelaborado el Plan Maestro de la Reserva Nacional de Paracas, el que la Dirección General de Áreas Natura- les Protegidas ha propuesto para su aprobación; De conformidad a lo establecido en el artículo 8º lite- ral g), el artículo 20º de la Ley de Áreas Naturales Prote- gidas y el artículo 37º, numeral 4 del Reglamento de laLey de Áreas Naturales Portegidas; y, En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 8º inciso j) del Reglamento de Organización y Funcionesdel Instituto Nacional de Recursos Naturales-INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 046-2001-AG. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Maestro de la Reserva Nacional de Paracas, como documento de planificación para el desarrollo de las actividades que se lleven a cabo dentro de la reserva nacional y orientar el desarro-llo de las actividades en su zona de amortiguamiento. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Áreas Naturales Protegidas velar por la implementación de las es-trategias establecidas en el referido plan maestro. Regístrese, comuníquese y publíquese. MATÍAS PRIETO CELI Jefe del INRENA