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PÆg. 241638 NORMAS LEGALES Lima, jueves 27 de marzo de 2003 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 466-2002-INRENA Lima, 20 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política en su artículo 68º esta- blece que el Estado está obligado a promover la conser- vación de la diversidad biológica y de las áreas natura- les protegidas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 0750-74-AG se estableció el Santuario Histórico de Chacamarca, ubicado en la provincia y departamento de Junín,con el objeto conservar el escenario natural e histó- rico donde aconteció la Batalla de Junín, en fecha 06 de agosto de 1824, así como los restos arqueológi-cos pertenecientes a la cultura Pumpush que en esta área se encuentran; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 324-2001- INRENA se estableció provisionalmente la zona de amortiguamiento del Santuario Histórico de Chaca- marca; Que, el artículo 8º, literal g) de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, señala que el Instituto Nacional de Recursos Naturales, constituye el ente rec-tor del SINANPE y que entre sus funciones se encuen- tra la de aprobar los Planes Maestros de las Áreas Na- turales Protegidas; Que, el artículo 18º de la Ley antes citada, establece que las áreas naturales protegidas contarán con docu- mentos de planificación de carácter general y específi-cos por tipo de recurso y actividad aprobados por el INRENA con participación de los sectores correspon- dientes, los que constituyen normas de observancia obli-gatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro de las áreas; Que, el artículo 20º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas prescribe que la autoridad nacional apro- bará un plan maestro para cada área natural protegi- da, el cual constituye el documento de planificaciónde más alto nivel de las mismas y en el que se define la zonificación, estrategias y políticas generales para la gestión del área; la organización, objetivos, planesespecíficos requeridos y programas de manejo, y los marcos de cooperación, coordinación y partici- pación relacionados al área y su zona de amortigua-miento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-99-AG, se aprobó el Plan Director de las Áreas NaturalesProtegidas, donde también se señala que el planmaestro constituye el documento de planificación de más alto nivel para su gestión y que son elaboradospor medio de un proceso participativo y revisados cada cinco (5) años; Que, el artículo 37º del Reglamento de Áreas Na- turales Protegidas aprobado por Decreto Supremo Nº038-2001-AG, establece que el proceso de elabo- ración del plan maestro es liderado por el Jefe delArea Natural Protegida correspondiente, con la cola- boración de los gobiernos regionales y locales, los pobladores locales debidamente organizados, y lasinsituticiones públicas y privadas vinculadas al área natural protegida; Que, el artículo 37º, numeral 4, del Reglamento antes mencionando, señala que el plan maestro es aprobado mediante Resolución Jefatural del INRENA, con una vi- gencia de cinco (5) años, a propuesta de la DirecciónGeneral; Que, mediante un amplio proceso participativo con los usuarios y población local en general, institucio-nes públicas y privadas vinculadas a la conserva- ción, se ha elaborado el Plan Maestro del Santuario Histórico de Chacamarca, el que la Dirección Gene-ral de Áreas Naturales Protegidas ha propuesto para su aprobación; De conformidad a lo establecido en el artículo 8º lite- ral g), el artículo 20º de la Ley de Áreas Naturales Prote- gidas y el artículo 37º, numeral 4 del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Portegidas; y, En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 8º inciso j) del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Recursos Naturales-INRENA,aprobado por Decreto Supremo Nº 046-2001-AG. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Plan Maestro del Santuario Histórico de Chacamarca, como documento de planifi-cación para el desarrollo de las actividades que se lle- ven a cabo dentro del santuario histórico y orientar el desarrollo de las actividades en su zona de amortigua-miento. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Áreas Naturales Protegidas velar por la implementaciónde las estrategias establecidas en el referido plan maes- tro. Regístrese, comuníquese y publíquese. MATÍAS PRIETO CELI Jefe del INRENA REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar susdispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especialesrespectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correoelectrónico. normaslegales@editoraperu.com.peDIARIO OFICIALREPUBLICADELPERU