Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2003 (27/03/2003)


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RESOLUCION JEFATURAL Nº 467-2002-INRENA MORDAZA, 20 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 27 de marzo de 2003

Que, la Constitucion Politica en su articulo 68º establece que el Estado esta obligado a promover la conservacion de la diversidad biologica y de las areas naturales protegidas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 185-78-AG, se creo la Reserva Nacional del Titicaca, ubicada en las aguas continentales del Lago Titicaca y en las inmediaciones de las Provincias de MORDAZA y Huancane del departamento de MORDAZA, con los objetivos de conservar la MORDAZA y fauna MORDAZA del Lago Titicaca, apoyar el desarrollo socioeconomico de las poblaciones humanas que habitan las inmediaciones del lago, fomentar la recreacion en la naturaleza y mantener las tradiciones culturales de los grupos que habitan en las inmediaciones de la reserva; Que mediante Resolucion Directoral Nº 097-80-DGFF, se aprobo el primer Plan Maestro de la Reserva Nacional del Titicaca que definio los objetivos de la reserva, ubicacion, superficie, y su manejo; Que el articulo 8º, literal g) de la Ley Nº 2684, Ley de Areas Naturales Protegidas, senala que el Instituto Nacional de Recursos Naturales constituye el ente rector del SINANPE y que entre sus funciones se encuentra la de aprobar los Planes Maestros de las Areas Naturales Protegidas; Que, el articulo 18º de la Ley MORDAZA citada, establece que las areas naturales protegidas contaran con documentos de planificacion de caracter general y especificos por MORDAZA de recurso y actividad aprobados por el INRENA con participacion de los sectores correspondientes, los que constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro de las areas; Que, el articulo 20º de la Ley de Areas Naturales Protegidas prescribe que la autoridad nacional aprobara un plan maestro para cada area natural protegida, el cual constituye el documento de planificacion de mas alto nivel de las mismas y en el que se define la zonificacion, estrategias y politicas generales para la gestion del area; la organizacion, objetivos, planes especificos requeridos y programas de manejo; y los MORDAZA de cooperacion, coordinacion y participacion relacionados al area y su MORDAZA de amortiguamiento; Que mediante Decreto Supremo Nº 010-99-AG, se aprobo el Plan Director de las Areas Naturales

Protegidas, en el que tambien se senala que el plan maestro constituye el documento de planificacion de mas alto nivel para su gestion y que son elaborados por medio de unproceso participativo y revisados cada cinco (5) anos; Que el Articulo 37º numeral 1, del Reglamento de Areas Naturales Protegidas aprobado por Decreto Supremo Nº038-2001-AG, establece que el MORDAZA de elaboracion del plan maestro es liderado por el Jefe del Area Natural Protegida correspondiente, con la colaboracion de los gobiernos regionales y locales, los pobladores locales debidamente organizados, y las instituciones publicas y privadas vinculadas al area natural protegida; Que, el articulo 37º, numeral 4, del Reglamento MORDAZA mencionado, senala que el Plan Mestro es aprobado mediante Resolucion Jefatural del INRENA, con una vigencia de cinco (5) anos, a propuesta de la Direccion General; Que, mediante un amplio MORDAZA participativo con las comunidades campesinas, colonos, instituciones publicas y privadas vinculadas a la conservacion, se ha elaborado el Plan Maestro de la Reserva Nacional del Titicaca, el que la Direccion General de Areas Naturales Protegidas ha propuesto para su aprobacion; De conformidad a lo establecido en el articulo 8º literal g) , el articulo 20º de la Ley de Areas Naturales Protegidas y el articulo 37º, numeral 4 del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas; y, En uso de las atribuciones conferidas en el articulo 8º literal j) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Recursos Naturales-INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 046-2001-AG. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan Maestro de la Reserva Nacional del Titicaca, como documento de planificacion y orientacion para el desarrollo de las actividades que se lleven a cabo dentro de la reserva nacional y orientar el desarrollo de las actividades en su MORDAZA de amortiguamiento. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Areas Naturales Protegidas velar por la implementacion de las estrategias establecidas en el referido plan maestro. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del INRENA

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DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE TEXTOS UNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- MORDAZA Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos MORDAZA en la separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los MORDAZA de los MORDAZA deben venir trabajados en Excel, una linea por celda, sin justificar. 2.- Los MORDAZA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco dias de anticipacion a la fecha de ser publicados. 3.- El MORDAZA ademas, debe ser remitido en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe.

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