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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2003 (27/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 10

PÆg. 241640 NORMAS LEGALES Lima, jueves 27 de marzo de 2003 Protegidas, en el que también se señala que el plan maestro constituye el documento de planificación demás alto nivel para su gestión y que son elaborados por medio de unproceso participativo y revisados cada cinco (5) años; Que el Artículo 37º numeral 1, del Reglamento de Áreas Naturales Protegidas aprobado por Decreto Su- premo Nº038-2001-AG, establece que el proceso de ela-boración del plan maestro es liderado por el Jefe del Área Natural Protegida correspondiente, con la colabo- ración de los gobiernos regionales y locales, los pobla-dores locales debidamente organizados, y las institucio- nes públicas y privadas vinculadas al área natural prote- gida; Que, el artículo 37º, numeral 4, del Reglamento antes mencionado, señala que el Plan Mestro es aprobado mediante Resolución Jefatural del INRENA, con una vi-gencia de cinco (5) años, a propuesta de la Dirección General; Que, mediante un amplio proceso participativo con las comunidades campesinas, colonos, instituciones públicas y privadas vinculadas a la conservación, se ha elaborado el Plan Maestro de la Reserva Nacionaldel Titicaca, el que la Dirección General de Áreas Naturales Protegidas ha propuesto para su aproba- ción; De conformidad a lo establecido en el artículo 8º lite- ral g) , el artículo 20º de la Ley de Áreas Naturales Pro- tegidas y el artículo 37º, numeral 4 del Reglamento de laLey de Áreas Naturales Protegidas; y, En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 8º literal j) del Reglamento de Organización y Funcionesdel Instituto Nacional de Recursos Naturales-INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 046-2001-AG. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Maestro de la Reserva Nacional del Titicaca, como documento de planificación y orientacion para el desarrollo de las actividades que se lleven a cabo dentro de la reserva nacional y orientar eldesarrollo de las actividades en su zona de amortigua- miento. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Áreas Naturales Protegidas velar por la implementación de las estrategias establecidas en el referido plan maes- tro. Regístrese, comuníquese y publíquese. MATÍAS PRIETO CELI Jefe del INRENARESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 467-2002-INRENA Lima, 20 de diciembre de 2002CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política en su artículo 68º esta- blece que el Estado está obligado a promover la conser- vación de la diversidad biológica y de las áreas natura-les protegidas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 185-78-AG, se creó la Reserva Nacional del Titicaca, ubicada en lasaguas continentales del Lago Titicaca y en las inmedia- ciones de las Provincias de Puno y Huancané del depar- tamento de Puno, con los objetivos de conservar la floray fauna silvestre del Lago Titicaca, apoyar el desarrollo socioeconómico de las poblaciones humanas que habi- tan las inmediaciones del lago, fomentar la recreación enla naturaleza y mantener las tradiciones culturales de los grupos que habitan en las inmediaciones de la reser- va; Que mediante Resolución Directoral Nº 097-80-DGFF, se aprobó el primer Plan Maestro de la Reserva Nacio- nal del Titicaca que definió los objetivos de la reserva,ubicación, superficie, y su manejo; Que el artículo 8º, literal g) de la Ley Nº 2684, Ley de Áreas Naturales Protegidas, señala que el Instituto Na-cional de Recursos Naturales constituye el ente rector del SINANPE y que entre sus funciones se encuentra la de aprobar los Planes Maestros de las Áreas NaturalesProtegidas; Que, el artículo 18º de la Ley antes citada, establece que las áreas naturales protegidas contarán con docu-mentos de planificación de carácter general y específi- cos por tipo de recurso y actividad aprobados por el INRENA con participación de los sectores correspon-dientes, los que constituyen normas de observancia obli- gatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro de las áreas; Que, el artículo 20º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas prescribe que la autoridad nacional aprobará un plan maestro para cada área natural protegida, elcual constituye el documento de planificación de más alto nivel de las mismas y en el que se define la zonifica- ción, estrategias y políticas generales para la gestión delárea; la organización, objetivos, planes específicos re- queridos y programas de manejo; y los marcos de co- operación, coordinación y participación relacionados alárea y su zona de amortiguamiento; Que mediante Decreto Supremo Nº 010-99-AG, se aprobó el Plan Director de las Áreas Naturales REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA - Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALREPUBLICADELPERU