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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2003 (27/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 21

PÆg. 241651 NORMAS LEGALES Lima, jueves 27 de marzo de 2003 Southern Peru Copper Corporation - Sucursal del Perú, por los fundamentos expuestos en la parte considerati- va de la presente Resolución. Artículo 2º.- La modificación contiene las siguientes características: Salida / Llegada de las Tensión Nº de Longitud líneas de transmisión (kV) ternas (km) Línea de transmisión que se modifica: CT Ilo - SE Botiflaca 138 01 84,94 Línea de transmisión modificada en 2 tramos CT Ilo - Torre T 170 138 01 54,34 Torre T 192 (T19 Enersur) - SE Botiflaca 138 01 23,87 Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Electri- cidad para suscribir, a nombre del Estado, la Minuta y la Escritura Pública a que dé lugar la modificación aproba- da en el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- El texto de la presente Resolución Su- prema deberá insertarse en la Escritura Pública a que dé origen la modificación al contrato de concesión Nº052-95. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53º delReglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será notificada al concesionario y deberá ser publi- cada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruanopor una sola vez, dentro de los cinco (5) días calen- dario siguientes a su expedición, conforme al artícu- lo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléc-tricas. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 05985 Aprueban transferencia de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía elØctrica a favor de Red de Energía del Perœ S.A. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 021-2003-EM Lima, 25 de marzo de 2003VISTO: El Expediente Nº 14015593 organizado por la Empresa de Transmisión Eléctrica Centro Norte S.A.(ETECEN), y la solicitud de transferencia de concesión definitiva de transmisión presentada el 1 de octubre de 2002 por Red de Energía del Perú S.A. (REP); CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 053-95-EM de fecha 3 de julio de 1995,se otorgó a favor de Electri- cidad del Perú S.A. (ELECTROPERÚ S.A.) concesióndefinitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica, aprobándose el contrato de conce- sión Nº 061-95; Que, en virtud de la Resolución Suprema Nº 071-96- EM de fecha 23 de agosto de 1996, se aprobó la transfe- rencia de una parte de la concesión definitiva señaladaen el considerando que antecede a favor de ETECEN, para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica únicamente con las líneas de transmisión ysubestaciones que se señalan en el artículo 1º de la mencionada Resolución Suprema, asumiendo ETECEN los derechos y obligaciones derivados de la menciona-da concesión sólo respecto de dichas instalaciones, pero sin que tal transferencia haya sido formalizada mediante un contrato de concesión suscrito entre el Estado Pe-ruano y ETECEN;Que, como consecuencia de la adjudicación de la Buena Pro de la Licitación Pública Internacional para la entrega en Concesión de los Sistemas de Transmisión Eléctrica del Estado (ETECEN - ETESUR), se ha consti-tuido la empresa Red de Energía del Perú S.A. (REP), conforme consta de la Escritura Pública de Constitución de Sociedad Anónima, extendida el 3 de julio de 2002 einscrita en la Partida Nº 11393349 del Registro de Perso- nas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, cuya copia obra en el Expediente; Que, Red de Energía del Perú S.A. (REP) ha solicita- do se transfiera a su favor la concesión de la que es titular ETECEN conforme al segundo considerando de lapresente Resolución, manifestando como sustento que en virtud del Contrato de Cesión de Posición Contractual suscrito el 5 de setiembre de 2002 por los representan-tes legales de ETECEN y REP, la primera cede a favor de la segunda los derechos y obligaciones derivadas de la mencionada concesión; Que, en consecuencia, procede aprobar la transfe- rencia solicitada y el contrato de concesión definitiva a ser suscrito entre Red de Energía del Perú S.A.(REP) y el Estado Peruano, designando al funciona- rio que lo suscriba en representación del Estado, con el objeto que la concesión materia de transferenciaadquiera carácter contractual conforme al artículo 29º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, debiendo elevarse el contrato a EscrituraPública, incorporando en ésta el texto de la presente Resolución e inscribirla en el Registro de Concesio- nes para la Explotación de los Servicios Públicos delRegistro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado porDecreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos es- tablecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Conce-siones Eléctricas y su Reglamento, y la solicitud cuenta con la opinión favorable según el Informe Nº 014-2003- EM/DGE; Estando a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 53º y en el artículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la conce- sión definitiva para desarrollar la actividad de transmi- sión de energía eléctrica con las líneas de transmisión y subestaciones comprendidas en el artículo 1º de la Re-solución Suprema Nº 071-96-EM del 23 de agosto de 1996, que efectúa Empresa de Transmisión Eléctrica Centro Norte S.A. (ETECEN), a favor de Red de Energíadel Perú S.A. (REP). Artículo 2º.- Aprobar el contrato de Concesión Nº 205-2003 a ser suscrito por el Estado Peruano con Redde Energía del Perú S.-A. (REP). Artículo 3º.- Designar al Director General de Electri- cidad para que, en representación del Estado, suscribael contrato de Concesión Nº 205-2003 y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 4º.- El texto de la presente Resolución Su- prema deberá ser incorporado en la Escritura Pública a que dé origen el contrato de Concesión Nº 205-2003. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53º del Regla- mento de la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Supremo Nº 009-93-EM, será notificada al concesiona-rio y deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, dentro de los cinco (5) días calendario de expedida. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 05986