Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2003 (28/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, viernes 28 de marzo de 2003 VISTO:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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El Informe Nº 009-03-UAGS-OA/MDCH, referente al PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA. CONSIDERANDO: Que, el articulo 7º del TEXTO UNICO ORDENADO DE LA LEY DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO, concordante con el Articulo 7º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece con caracter de obligatoriedad que cada entidad debe elaborar el PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES, para el ano fiscal correspondiente; Que, la Unidad de Abastecimientos y Servicios Generales, en coordinacion con la Direccion de Administracion, ha propuesto el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Presupuestal del ano 2003, documento en el cual se consolida la informacion referente al Sistema de Abastecimiento; Estando a lo informado por la Unidad de Abastecimientos y Servicios Generales, contando con el V°B° de la Direccion de Administracion, Oficina de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas por el articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Presupuestal 2003 de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, el mismo que esta considerando los rubros de (Funcionamiento Inversiones), que anexado forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y su remision al CONSUCODE y PROMPYME, dentro de los plazos establecidos en la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE. Articulo Tercero.- Disponer que el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones, que es materia de la presente, se ponga a disposicion del publico en la Unidad de Abastecimientos y Servicios Generales de la Municipalidad Distrital de Chilca. Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion de Administracion y Unidad de Secretaria General el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 05994

Que, de acuerdo a lo prescrito en el articulo 21º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, modificado por Ley Nº 26317, el monto de las dietas se fijan de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de cada Municipio; y por Acuerdo de Concejo Municipal, adoptado una vez al ano; Que, la percepcion de la Dieta, esta condicionada a la asistencia efectiva a los senores Regidores a las Sesiones de Concejo, que adicionalmente cumplen labores de apoyo de la Municipalidad y a la comunidad en general, directamente a traves de las Comisiones que integran lo que les demanda mayor tiempo de trabajo; Que, conforme al inciso 1) del articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades concordante con el Art. 2º de la Ley Nº 26137, el Concejo Municipal debe sesionar ordinariamente cuando menos una vez cada 15 dias, y los senores Regidores pueden percibir dietas hasta un MORDAZA de 4 sesiones al mes; Que, la Ley Nº 26317 que modifica la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, en su Articulo Tercero dispone que el Acuerdo para fijar el monto de la dieta se adopta una vez al ano hasta el 31 de marzo de cada ejercicio presupuestal, y al Acuerdo que se publica obligatoriamente; Que, en la Sesion de fecha 20.1.03, se ha debatido el monto de Dieta que corresponde a los senores Regidores, y asimismo el senor MORDAZA, ha solicitado no incrementar las dietas, la misma que debe ratificarse al del ano proximo pasado; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 el Concejo Municipal, por MORDAZA mayoritario de sus miembros; SE ACUERDA: Articulo Primero.- RATIFICAR, para el ejercicio presupuestal 2003, el Acuerdo de Concejo Nº 04-99 de fecha 29.1.99, que establece el monto por concepto de dietas que percibiran los senores regidores de la Municipalidad Distrital de La Union por asistencia efectiva a cada Sesion de Concejo, abonandoseles hasta un MORDAZA de S/. 1,250.00 mensuales. Articulo Segundo.- RATIFICAR el Acuerdo de Concejo indicado en el articulo precedente, que establece la Remuneracion Mensual del senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La Union para el ejercicio Presupuestal del ano 2003, ascendente a S/. 2,200 mensuales. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Oficina de la Direccion Municipal, Administracion Municipal y demas componentes para el fiel cumplimiento del presente acuerdo. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA UNION
Ratifican acuerdos que establecen montos de dietas de regidores y remuneracion del MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-2003-MDLU La Union, 31 de enero del 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LA UNION VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 20.1.03 sobre fijacion de monto de dieta que percibiran los senores Regidores por asistencia efectiva a la Sesion de Concejo y monto de Remuneracion Mensual del senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La Union, para el ejercicio presupuestal del ano 2003.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 05963

Declaran en situacion de urgencia diversas areas administrativas y de servicios, y autorizan adquirir computadoras e impresoras, y contratar servicios de fiscalizacion tributaria
ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-2003/MDLU La Union, 21 de marzo del 2003 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 19.3.03, el Dictamen Nº 01-C.M.R.P.G.I-MDLU de fecha 17.3.03 de la Comision de Rentas, Presupuesto, Gastos e Inversiones, en la cual se declara en Situacion de Urgencia las diversas Areas Administrativas y de Servicios de la Municipalidad Distrital de La Union;

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