Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2003 (07/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 7 de MORDAZA de 2003

de Presidente del Consejo Nacional de Inteligencia (CNI), dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 08561

Que, es necesario designar al Presidente del Consejo Nacional de Inteligencia (CNI); De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27479 y la Ley Nº 27594; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al Vicealmirante (r) MORDAZA MORDAZA Panizo Zariquiey como Presidente del Consejo Nacional de Inteligencia (CNI). Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 08562

Designan Presidente del Consejo Nacional de Inteligencia (CNI)
RESOLUCION SUPREMA Nº 128-2003-PCM MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ley Nº 27479 - Ley del Sistema de Inteligencia Nacional (SINA), el Consejo Nacional de Inteligencia (CNI) es el organo rector del mas alto nivel del Sistema de Inteligencia Nacional, que orienta, coordina, controla e integra las actividades de Inteligencia estrategica y de contrainteligencia;

Designan Secretario Tecnico de la Comision Nacional de la Juventud
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 134-2003-PCM MORDAZA, 6 de MORDAZA del 2003 Visto, el Memorando Nº 511-2002-PCM/SG.200;

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LICA DEL P E

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DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a dos (2) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias ademas, deben ser remitidas en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 5.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

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