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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 2003 (08/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 32

PÆg. 243754 NORMAS LEGALES Lima, jueves 8 de mayo de 2003 fin de que oficialice la vacancia del cargo de Regidor de Jacob Roca Tello, declarada por dicho Concejo Munici-pal mediante Acuerdo Nº 9 de fecha 15 de marzo de2003, por encontrarse recluido en el EstablecimientoPenal de Yanamilla; y el Oficio Nº 751-2003-JM-SM-LM-CSJAY-PJ recibido el 15 de abril de 2003, del Juez delJuzgado Mixto de La Mar comunicando que en la Cau-sa Penal Nº 2003-20050501-JXSMPJ seguida contraJacob Roca Tello y otro por el delito de tráfico ilícito dedrogas, se ha dictado mandato de detención contradicha persona, la que se encuentra recluida desde el 4de marzo de 2003; CONSIDERANDO:Que de conformidad con lo señalado en el artículo 29º numeral 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853,modificada por Ley Nº 26491, los cargos de Alcalde y Re-gidor se suspenden automáticamente por impedimento le-gal, cuando tienen proceso penal abierto con mandato dedetención que ha quedado firme en primera o segundainstancia; Que en el presente caso, la situación jurídica de Jacob Roca Tello, Regidor del Concejo Distrital de Chun-gui, es la de procesado en juicio penal con mandato dedetención firme, según consta del auto de apertura deinstrucción de fecha 4 de marzo de 2003 expedido porel Juzgado Mixto de La Mar en el Expediente Penal Nº2003-0020, de fojas 10 a 12, y conforme lo señaladopor el Juez de la causa mediante Oficio Nº 751-2003-JM-SM-LM-CSJAY-PJ a fojas 3; lo que determina que elRegidor en mención se encuentra incurso en la causalde suspensión antes citada, y no en causal de vacan-cia, por lo que el Acuerdo Nº 9 de la sesión de fecha 15de marzo de 2003 del Concejo Distrital de Chungui,cuya acta corre en copia de fojas 23 a 27, en que sedeclara la vacancia del cargo de Regidor de Jacob RocaTello, debe ser declarado nulo; Que en tanto concluya el proceso penal respectivo, el Concejo Distrital de Chungui deberá ser integrado provisio-nalmente por el candidato no proclamado de la misma listaelectoral del Regidor suspendido, en aplicación de lo pre-visto en el inciso 2) del artículo 28º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 23853, debiéndose convocar a la can-didata no proclamada de la lista del Partido DemocráticoSomos Perú, señora Virginia Cárdenas Quispe, conformea la lista de candidatos remitida por el Jurado ElectoralEspecial de La Mar; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar infundada la solicitud del señor Hermenegildo Ortiz Chalco, sobre vacancia del car-go de Regidor del Concejo distrital de Chungui, provinciade La Mar, departamento de Ayacucho, del señor JacobRoca Tello, y nulo el Acuerdo Nº 9 del citado ConcejoMunicipal de fecha 15 de marzo de 2003 que declara dichavacancia. Artículo Segundo.- Declarar que el señor Jacob Roca Tello se encuentra suspendido en el cargo deRegidor del Concejo Distrital de Chungui, quedando susituación sujeta al resultado del proceso penal que sele sigue. Artículo Tercero.- Convocar a la ciudadana Virginia Cárdenas Quispe, candidata no proclamada de la lista delPartido Democrático Somos Perú para que asuma provisio-nalmente el cargo de Regidor en el Concejo distrital deChungui. Artículo Cuarto.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías que requiera el cumplimiento de lapresente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGASOTO VALLENASVELA MARQUILLÓROMERO ZAVALABALLÓN-LANDA CÓRDOVASecretario General 08506MINISTERIO PÚBLICO Modifican resolución respecto a la sede y competencia de fiscalía especializada en delitos de trÆfico ilícito de drogas RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 654-2003-MP-FN Lima, 6 de mayo de 2003 VISTO Y CONSIDERANDO:Que, por Resolución de Fiscalía de la Nación Nº 061- 2001-MP-FN de fecha 18 de enero del 2001, se crean lasFiscalías Especializadas contra el Tráfico Ilícito de Drogas,estableciéndose las Sedes a nivel nacional; Que, por Resolución de Fiscalía de la Nación Nº 1225- 2001-MP-FN de fecha 22 de noviembre del 2001, se modificala Resolución antes acotada, creando la Fiscalía Especializa-da en los delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, con sede enPuno, con competencia en Puno, Tacna y Moquegua; Que, de los cuadros estadísticos referente a la carga de los Fiscales Antidrogas a nivel nacional, se advierte la gran inci-dencia en el Departamento de Tacna, de personas involucra-das en la comisión de los delitos de Tráfico Ilícito de Drogas; Por lo que se hace necesario tomar las medidas pertinen- tes, a efectos de optimizar la labor que vienen desarrollandolos Fiscales Antidrogas, en los operativos de interdicción,investigación preliminar, control y verificación de InsumosQuímicos Fiscalizados, así como en los procedimientos espe-ciales de investigación Policial y el beneficio de "Excenciónde Pena", que se tramita durante la etapa de investigaciónpreliminar, previstos en el Decreto Legislativo Nº 824; cam-biando la Sede de la Fiscalía Especializada Antidrogas de laciudad de Puno a la ciudad de Tacna; De conformidad con el Art. 64º del Decreto Legislativo Nº 52, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modificar la Resolución de la Fisca- lía de la Nación Nº 1225-2001-MP-FN, de fecha 22 denoviembre del 2001, en cuanto a la Sede de la FiscalíaEspecializada de Puno, que a partir de la fecha tendrá lasiguiente Sede y Competencia. SEDE TACNA: (Comprende el departamento de Tacna, Puno y Moquegua). Artículo Segundo.- La Gerencia General del Ministerio Público, brindara el apoyo necesario, para el traslado delos bienes asignados a la Fiscalía Especializada de Puno ala ciudad de Tacna. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Re- solución a la Presidencia de la Corte Suprema de la República,Presidentes de las Cortes Superiores de Puno, Tacna, Fisca-les Superiores Decanos de Puno y Tacna, Gerencia Generaldel Ministerio Público, Gerencia de Registro de Fiscales,DIROPANDRO, Sección Anti-Nárcoticos de la Embajada deEstados Unidos de Norteamérica y al Dr. Walter Milla López,Fiscal Antidrogas, para los fines pertinentes. Artículo Cuarto.- Déjese sin efecto toda Resolución, que se oponga a la presente. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 08620 Dictan disposiciones relativas a la rees- tructuración de diversas fiscalías conla denominación de Fiscalías Provin-ciales de Prevención del Delito del Dis-trito Judicial de Lima RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 655-2003-MP-FN Lima, 7 de mayo de 2003