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PÆg. 243797 NORMAS LEGALES Lima, viernes 9 de mayo de 2003 INTERIOR Adjudican inmueble a favor de la Sociedad de Beneficencia Pœblica de Huancayo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0641-2003-IN-1101 Lima, 5 de mayo del 2003 VISTOS, el Oficio Nº 093-PRES-SBH-95-L de fe- cha 6.JUL.95 y Carta Nº 062-98-PRES-SBH de fe- cha 24.FEB.98 con los cuales la Sociedad de Benefi- cencia Pública de Huancayo, solicita la adjudicación de inmueble incautado por Tráfico Ilícito de Drogas; CONSIDERANDO: Que, el inmueble tipo casa habitación ubicado a me- dia cuadra de la avenida Unión Auray - Anexo de Auray, del distrito de Chilca, provincia de Huancayo, departa- mento de Junín, fue incautado en el proceso seguido a JOSÉ LUIS PORRAS LOARDO y otro, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas; y asignado a la Sociedad de Beneficencia Pública de Huancayo, para uso del servi- cio oficial; Que, el citado inmueble se encuentra decomisado a favor del Estado, por Resolución Judicial de la Pri- mera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Junín de fecha 6.MAY.97, medida que se encuentra inscrita en el rubro Títulos de Dominio de la Ficha Registral Nº 30794 del Registro de la Propiedad In- mueble de la Oficina Registral Regional Andrés Ave- lino Cáceres, siendo pertinente adjudicarlo a favor de la entidad asignataria para que continúe en uso del servicio oficial; Estando a lo propuesto por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas (OFECOD) y a lo opinado por la Ofi- cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Inte- rior; y, De conformidad con lo dispuesto en el Art. 70º del D.L. Nº 22095 sustituido por el Art. 7º del D.L. Nº 22926; Art. 2º del D.S. Nº 039-94-JUS y Art. 19º del D.S. Nº 154- 2001-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ADJUDICAR a favor de la Sociedad de Beneficencia Pública de Huancayo para que continúe en uso del servicio oficial, el inmueble tipo casa habitación ubicado a media cuadra de la avenida Unión Auray - Anexo de Auray - del distrito de Chilca, provincia de Huancayo, departamento de Junín por plazo indetermi- nado. Artículo 2º.- La entidad adjudicataria deberá proce- der a la inscripción del inmueble en el Margesí de Bienes de la Superintendencia de Bienes Nacionales del Minis- terio de Economía y Finanzas. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Sociedad de Beneficencia Pública de Huan- cayo, al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, y Superintendencia de Bienes Nacionales del Ministerio de Economía y Finanzas para conocimiento y fines per- tinentes. Artículo 4º.- Por mérito de la presente Resolución, la entidad adjudicataria deberá inscribir la transferencia de dominio del mencionado inmueble, en la Oficina Regis- tral correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO M. SANABRIA ORTIZ Ministro del Interior 08586JUSTICIA Autorizan a persona jurídica el funcionamiento de centro de formación y capacitación de conciliadores con sede en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 046-2003-JUS Lima, 5 de mayo de 2003 Vista, la solicitud de registro Nº 03470, de fecha 10 de febrero de 2003, sobre Autorización de Centro de Formación y Capacitación de Conciliadores, presentada por la asociación civil ASOCIACIÓN CÁMARA PERUA-NA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE; CONSIDERANDO: Que, la mencionada asociación civil, ha solicitado autorización para el funcionamiento del Centro de Forma-ción y Capacitación de Conciliadores denominado, CEN-TRO DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DECONCILIADORES AVENDAÑO, con sede en la ciudadde Lima; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 491-2003- JUS/STC, la recurrente cumple con todos los requisitosestablecidos en los artículos 77º y 78º del Reglamentode la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº016-2001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento del Centro de Formación y Capacitación de Conciliadores solicitado; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 -Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Su- premo Nº 039-2001-JUS, que precisa alcances de lasfunciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Con-ciliación, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento,aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modifi-cado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, a la asociación civil ASO- CIACIÓN CÁMARA PERUANA DE CONCILIACIÓN YARBITRAJE, el funcionamiento del Centro de Forma- ción y Capacitación de Conciliadores denominado, CENTRO DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DECONCILIADORES AVENDAÑO, con sede en la ciu-dad de Lima. Artículo 2º.- Para la realización de los Cursos de Formación y Capacitación de Conciliadores Extrajudicia- les, el Centro de Formación y Capacitación de Concilia- dores, autorizado por la presente Resolución, deberásolicitar y obtener, en cada oportunidad, la autorizaciónde la autoridad competente del Ministerio de Justicia,quien previamente a su otorgamiento verificará que losCursos cumplan con todos los requisitos legales y reglamentarios. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO SOLF MONSALVE Viceministro de Justicia 08638 Autorizan a persona jurídica el cierre de centro de conciliación con sede en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 047-2003-JUS Lima, 5 de mayo de 2003