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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 2003 (09/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 31

PÆg. 243809 NORMAS LEGALES Lima, viernes 9 de mayo de 2003 modificables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación defrecuencias y otros parámetros técnicos si antes nose obtiene la correspondiente aprobación del Minis- terio; Que, la Dirección de Administración de Frecuencias mediante Informe Nº 311-2002-MTC/15.19.03.2, señalaque al haber resultado satisfactorias las pruebas de fun-cionamiento, emite su conformidad técnica para que seotorgue a PANAMERICANA TELEVISIÓN S.A. autoriza- ción por el plazo de diez (10) años, incluyendo el cambio de frecuencia, para la operación de la referida estaciónde televisión; Que, la Dirección de Asesoría Técnica mediante Informe Nº 556-2002-MTC/15.19.01, opina que esprocedente autorizar la operación de la citada esta- ción de radiodifusión por el plazo de diez (10) años, que incluye el período de instalación y prueba otor-gado por la Resolución Suprema Nº 059-84-COMS-DGCS; así como el cambio de frecuencia solicitado; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomuni- caciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93- TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el TUPAdel Ministerio; y, Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) años a PANAMERICANA TELEVISIÓN S.A., la operación de una estación del servicio de radiodifusión comercial portelevisión en VHF, así como el cambio de frecuencia, enel distrito y provincia de Casma, departamento de An-cash, de acuerdo a las siguientes características técni-cas: Estación :BC-TV Frecuencia : Banda III Video: 205.25 MHzAudio: 209.75 MHz Canal :12 Indicativo :OAY-3HPotencia :Vi deo: 100 w Audio: 10 w Emisión : Video: C3F Audio: F3E Horario :H24 Ubicación de la Planta : Cerro Casma, distrito y provincia de Casma, de-partamento de Ancash. Coordenadas: L.O. 78° 18' 18" L.S. 09° 27' 07" Artículo 2º.- El plazo de la autorización a que se refiere el artículo precedente, incluye el período de ins- talación y prueba de un (1) año concedido por la Reso- lución Suprema Nº 059-84-COMS-DGCS, y se otorgaen períodos sucesivos, por tanto vencerá el 8 de juniodel año 2004. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 08574 Relación de Agencias Generales, Ma- rítimas, Fluviales, Lacustres, Empre-sas y Cooperativas de Estiba y Des- estiba autorizada para ejercer sus ac- tividades RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 117-2003-MTC/13 Lima, 28 de abril de 2003CONSIDERANDO: Que, el Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 707, dispone que corresponde a la Dirección General de Transporte Acuático del Ministerio de Transportes y Co- municaciones, la dirección, regulación, control y fiscali-zación de las Agencias Generales, Agencias Marítimas,Agencias Fluviales y Agencias Lacustres, así como, delas Empresas y Cooperativas de Trabajadores de Estibay Desestiba; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 010-99- MTC (09.ABR.99), se aprobó el Reglamento del refe-rido Decreto Legislativo, en el cual se establecen losrequisitos y procedimientos que deben cumplir lascitadas Agencias, Empresas y Cooperativas de Esti-ba y Desestiba, para poder obtener sus Licencias y/ o prorrogarlas, para ejercer sus actividades en los puertos autorizados; Que, conforme a lo dispuesto por los Artículos 31º y 32º del acotado Reglamento, la Dirección Ge-neral de Transporte Acuático expidió la ResoluciónDirectoral Nº 260-2002-MTC/15.15 (19.NOV.02) y la Resolución Directoral Nº 003-2003-MTC/13 (13.ENE.03), mediante las cuales se establecieronlos procedimientos y plazos para que las Agencias,así como las Empresas y Cooperativas de Estiba yDesestiba, soliciten la prórroga de sus Licencias parael período del año 2003. Que, asimismo el Art. 34º del mencionado Regla- mento dispone que la Dirección General de Trans-porte Acuático mediante Resolución Directoral publi-cada en el Diario Oficial El Peruano, dará a conocersemestralmente, la Relación de Agencias, Empresasy Cooperativas de Estiba y Desestiba legalmente hábiles para ejercer sus actividades en cada puerto autorizado; Que, en consecuencia resulta necesario emitir la Resolución Directoral correspondiente dando a conocerla Relación de Agencias Generales, Agencias Maríti-mas, Agencias Fluviales, Agencias Lacustres, Empre- sas y Cooperativas de Estiba y Desestiba, a las que se les ha autorizado la prórroga de sus Licencias; así comoa las que se les ha otorgado nuevas licencias en eltranscurso del presente año; Estando a lo opinado por el Director de Empresas y Actividades Portuarias en el Informe Nº.194-2003-MTC/ 13.02; De conformidad con el Artículo 49º del Decreto Le- gislativo Nº 560; Ley Nº 27791; Decreto Legislativo Nº707 y su Reglamento, aprobado por Decreto SupremoNº 010-99-MTC., modificado por Decreto Supremo Nº010-2001-MTC (28.FEB.01); SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar a conocer la Relación de las Agencias Generales, Agencias Marítimas, AgenciasFluviales, Agencias Lacustres, Empresas y Coope-rativas de Estiba y Desestiba, a las que se les haautorizado la prórroga de sus respectivas licencias,la misma que forma parte de la presente Resolución, en mérito a lo cual están autorizadas para continuar ejerciendo legalmente sus actividades como tales,desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del2003, en los puertos que se especifican en cada caso. Artículo 2º.- Dar a conocer como parte complemen- taria de la presente Resolución la Relación de Agencias Marítimas, Fluviales, Agencias Lacustres, Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba, a las que se les haotorgado nuevas licencias en el transcurso del presenteaño, para ejercer sus actividades hasta el 31 de diciem-bre de 2003. Artículo 3º.- Remitir copia autenticada de la presen- te Resolución Directoral a la Dirección General de Capi- tanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú,Empresa Nacional de Puertos S.A., Terminal Internacio-nal del Sur S.A., Superintendencia Nacional de Aduanasy a la Asociación Peruana de Agentes Marítimos, parasu conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. EFRAÍN COLL CALDERÓN Director GeneralDirección General de Transporte Acuático