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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 2003 (09/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 22

PÆg. 243800 NORMAS LEGALES Lima, viernes 9 de mayo de 2003 misiones Sectoriales de Transferencia, presididas por un Viceministro del Sector correspondiente, las cualescoordinarán sus acciones con el Consejo Nacional deDescentralización; Que, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social en su calidad de órgano rector de las políticas sociales consideraa la descentralización como parte de las estrategias princi-pales para la superación de la pobreza y la inequidad enconcertación con los Gobiernos Locales y la Sociedad Civil; Que, de conformidad con la Ley Nº 27867 - Ley Or- gánica de Gobiernos Regionales, se constituyó por Re- solución Ministerial Nº 709-2002-MIMDES la ComisiónSectorial de Transferencia correspondiente al Ministeriode la Mujer y Desarrollo Social y sus Organismos Públi-cos Descentralizados, la misma que ha concluido satis-factoriamente sus funciones; Que, es necesario crear una Comisión Sectorial en- cargada de formular, monitorear y evaluar la imple-mentación de la transferencia de los programas socia-les para el año 2003; De conformidad con la Ley Nº 27793 - Ley de Organi- zación y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarro- llo Social, Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES - Reglamento de Organización y Funciones del Ministeriode la Mujer y Desarrollo Social, modificado por DecretoSupremo Nº 013-2002-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constitúyase la Comisión Sectorial encar- gada de formular, monitorear y evaluar la implementación dela transferencia de los programas sociales del Ministerio dela Mujer y Desarrollo Social para el año 2003, la misma queestará integrada de la siguiente manera: - Dr. ENRIQUE CÁRDENAS OJEDA, Viceministro de Desarrollo Social del Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial, quien la presidirá; - Arq. JULIO GUERRA CARRILLO, Director General de Descentralización, Concertación y Participación So- cial del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; - Sra. MARÍA ROSA BOGGIO CARRILLO, Directora General de Fortalecimiento Institucional del Ministerio dela Mujer y Desarrollo Social; - Sr. ALEJANDRO NARVÁEZ LICERAS, Director Eje- cutivo del Fondo Nacional de Compensación y Desarro- llo Social - FONCODES; y, - Sr. VÍCTOR CABALLERO MARTÍN, Jefe (e) del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA. Artículo 2º.- Las dependencias y Organismos Públi- cos Descentralizados del Sector brindarán el apoyo necesario que requiera la Comisión para el adecuado cumplimiento de sus funciones, pudiendo presentar ysustentar las propuestas que hubieran preparado al in-terior de cada institución. Asimismo la Comisión podrá disponer y/o proponer la conformación de Subcomisiones de Trabajo específi- co sobre las acciones de su competencia. La Dirección General de Descentralización, Concertación y Participación Social actuará como Se-cretaría Técnica de la Comisión. Artículo 3º.- La evaluación y monitoreo de la im- plementación de la transferencia de los programas so- ciales que realice la Comisión, será presentado a la Titu- lar del Sector y luego remitido al Consejo Nacional deDescentralización para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 08641 Designan Directora Adjunta de la Direc- ción General de FortalecimientoInstitucional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 283-2003-MIMDES Lima, 8 de mayo de 2003CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MIM- DES se aprueba el Reglamento de Organización y Fun- ciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; Que, se encuentra vacante el cargo de Director Ad- junto de la Dirección General de Fortalecimiento Institu-cional, Nivel Remunerativo F-4, del Ministerio de la Mujery Desarrollo Social; Que, es necesario designar al funcionario que desem- peñe dicho cargo público de confianza; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley Nº 27793, Decretos Supremos Nº 008-2002-MI-MDES y Nº 013-2002-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a la señora ELIZABETH SALCEDO LOBATON, en el cargo de Directora Adjuntade la Dirección General de Fortalecimiento Institucional,Nivel Remunerativo F-4, del Ministerio de la Mujer y De- sarrollo Social. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 08696 Modifican el Plan Anual de Contrata- ciones y Adquisiciones del INABIF INSTITUTO NACIONAL DE BIENESTAR FAMILIAR RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 121 Lima, 28 de abril de 2003 VISTO: El Informe Nº 319-2003/INABIF-OA-UL del 7 de abril del 2003 de la Unidad de Logística y el Informe Nº 046-2003-INABIF/OA del 11 de abril del 2003 de la Oficina deAdministración. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial Nº 016 del 24 de enero del 2003 se aprobó el Plan Anual de Adqui-siciones y Contrataciones del INABIF correspondienteal ejercicio presupuestal 2003; de conformidad con lodispuesto por el artículo 7º del Texto Único Ordenado dela Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM; Que, en el precitado Plan se encuentra programada la realización de una Licitación Pública para la adquisi-ción de alimentos para personas por un monto ascen-dente a S/. 6,825,000.00 nuevos soles; Que, mediante los documentos del visto, se sustenta la necesidad de adquirir los alimentos a través de laBolsa de Productos de Lima en el marco de su propianormatividad por cuanto genera mecanismos de trans-parencia, agilidad, amplitud de mercado y rentabilidad;exceptuándose aquellos alimentos que por su monto o por no estar inscritos en la Bolsa no pueden ser nego- ciados bajo dicha modalidad los cuales deben ser adqui-ridos mediante el proceso de selección correspondienteen el marco de la normatividad de contrataciones y ad-quisiciones del Estado; Que, atendiendo a lo expuesto, se propone excluir del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del INABIF del 2003 la Licitación Pública señalada propo-niendo la inclusión de una Adjudicación Directa Públicapor un valor referencial de S/. 214,476.14 nuevos solesque corresponde a los alimentos que no pueden sernegociados en la Bolsa de Productos; Que, por otro lado, teniendo en cuenta que la ne- gociación de alimentos en la Bolsa de Productos deLima se realiza a través de Corredores de Productos