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PÆg. 244283 NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de mayo de 2003 Declaran nulidad de concurso pœblico sobre contratación de servicio de segu-ridad y vigilancia privada para sedes delas Gerencias Locales del PRONAA PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA ALIMENTARIA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 315-2003-PRONAA/J Lima, 13 de mayo de 2003 VISTOS: El Informe Nº 002-2003-C.E.C.P. Nº 002-2003/ PRO- NAA del 30 de abril de 2003, emitido por el Comité Espe- cial encargado de conducir el Concurso Público Nº 002- 2003-PRONAA “Contratación del Servicio de Seguridady Vigilancia Privada para las Sedes de las Gerencias Locales del PRONAA en el ámbito nacional”; y el Informe Nº 152-2003-O.JURÍDICA/PRONAA del 13 de mayo de2003, emitido por la Oficina Jurídica del PRONAA; y, CONSIDERANDO: PRIMERO .- Que, mediante el segundo artículo de la Resolución Jefatural Nº 096-2003-PRONAA/J de fecha 13 de febrero de 2003 se designa al Comité Especial encargado de conducir el Proceso de Selección Con-curso Público Nº 002-2003-PRONAA “Contratación del Servicio de Seguridad y Vigilancia Privada para las Se- des de las Gerencias Locales del PRONAA en el ámbitonacional”, con el objeto de contratar a la(s) Empresas(s) que se encargue(n) de prestar servicios de Seguridad y Vigilancia en los locales de las Gerencias Locales a nivelnacional, en veintisiete (27) ítems, según el Requeri- miento del Servicio de Seguridad y Vigilancia Gerencias Locales - 2003, consignado en el Anexo 4-A de las Ba-ses Administrativas, cuyo valor referencial es de Cuatro Millones Ciento Veinticinco Mil Trescientos Noventa y Tres y 13/100 Nuevos Soles (S/. 4’125,393.13) incluido losimpuestos de Ley; SEGUNDO.- Que, a través del Informe Nº 002- 2003-C.E- C.P. Nº 002-2003/PRONAA de fecha 30 deabril de 2003, el Comité Especial encargado de con- ducir el Concurso Público Nº 002-2003-PRONAA hace de conocimiento de la Alta Dirección que, como con-secuencia de un error material e involuntario se ha otorgado la Buena Pro en un orden de prelación que no corresponde a los reales puntajes obtenidos poralgunos de los postores, en los Ítems Nºs. 07 - Cusco y 26 - Trujillo; toda vez que, en los documentos deno- minados “Evaluación de Propuestas” de fecha 25 deabril de 2003 de ambos ítems se ha consignado erró- neamente ciertos puntajes conferidos a las Ofertas Técnicas, difiriendo de las puntuaciones consignadasen el documento “Evaluación Técnica” (páginas 2 y 6), e igualmente, se ha incluido en dichas Evaluacio- nes de Propuestas montos distintos a los señaladosen las propuestas económicas presentadas, como se aprecia en el Cuadro que a continuación se consigna, solicitando se retrotraiga el Proceso a la etapa de eva-luación de la Propuesta Económica: ÍTEM Nº 07 - CUSCO PROPUESTA TÉCNICA PR OPUESTA ECONÓMICA ErrorDeber Ser Error. Debe ser: Puntaje Puntaje S/. S/. METRO SECURITY AND SERVICE SRL 100.00 97:00 70,016.57 159,050.64 ATLANTIC SECURITY SRL. 100.00 97:50 68,165.16 172,905.36 ÍTEM Nº 26 - TRUJILLO PROPUESTA TÉCNICA PR OPUESTA ECONÓMICA ErrorDeber Ser Error. Debe ser: Puntaje Puntaje S/. S/. POLICIA PARTICULAR EL OBSERVADOR Sin Error 95.00 124,819.92 146,772.72 SERVICIOS GENERALES SRL Sin Error 100.00 Sin Error 160,699.41 CONSORCIO PROCPER SA - VICMER SAC Sin Error 99.00 Sin Error 154,854.70 ESVICSAC Sin Error 100.00 Sin Error 156,379.56 AGENCIA DE VIGILANCIA PRIVADA NOVO Sin Error 100.00 Sin Error 149,205.24TERCERO.- Que, a través del Informe Nº 152-2003- O.JURÍDICA/PRONAA del 13 de mayo de 2003, la Ofici- na Jurídica del PRONAA determina que, el Comité Es- pecial encargado de conducir el Concurso Público Nº002-2003-PRONAA “Contratación del Servicio de Segu- ridad y Vigilancia Privada para las Sedes de las Geren- cias Locales del PRONAA en el ámbito nacional” ha in-currido en error material e involuntario en los Ítems 07 - Cusco y 26 - Trujillo, al haber consignado erróneamente, en las Evaluaciones de Propuestas del 25 de abril de2003, los puntajes conferidos a las Propuestas Técni- cas, señaladas en el documento Evaluación Técnica, así como, al haber incluido en tales Evaluaciones dePropuestas montos distintos a los indicados en las pro- puestas económicas presentadas, otorgándose la Bue- na Pro en un orden de prelación que no corresponde alos puntajes obtenidos en las calificaciones de su pro- puesta técnica y/o al conferirse un puntaje equivocado a algunas propuestas económicas al consignarse montosdisímiles a los presentados, errores que implican un in- cumplimiento de lo regulado por el numeral 4. del artículo 68º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, configurándose una de las cau- sales de declaración de Nulidad fijadas por el artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado, en concordancia con el artículo 26º de su Reglamento, siendo necesario forma- lizarla a través de una Resolución Jefatural, retrotrayen-do el Proceso respecto de ambos ítems hasta la etapa pertinente; CUARTO: Que, conforme a lo dispuesto por el artí- culo 16º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, cada unode los ítems constituye un proceso menor dentro del procesos de selección principal, siéndoles aplicables las reglas correspondientes al proceso principal, con lasexcepciones previstas en el mismo Reglamento, respe- tándose la naturaleza del objeto de cada ítem; según lo regulado por el numeral 4. Determinación del puntajetotal del artículo 68º del mencionado Reglamento, una vez calificadas las propuestas mediante las evaluacio- nes técnica y económica se procederá a determinar elpuntaje total de las mismas según el método señalado en dicho artículo, eligiéndose como ganadora y otorgán- dosele la Buena Pro a la que obtenga el mayor puntaje; y,acorde al artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en con-cordancia con lo establecido por el artículo 26º de su Reglamento, se declararán nulos los actos administrati- vos expedidos por las Entidades, entre otros, cuandocontravengan las normas legales o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma pres- crita por la normatividad aplicable, debiendo expresarseen la Resolución que declara la Nulidad la etapa a la que se retrotraerá el proceso, la misma que deberá publicar- se en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5)días siguientes a su expedición; QUINTO: Que, según se advierte de los fundamen- tos citados en los párrafos precedentes, el Comité Es-pecial encargado de conducir el Concurso Público Nº 002-2003-PRONAA “Contratación del Servicio de Segu- ridad y Vigilancia Privada para las Sedes de las Geren-cias Locales del PRONAA en el ámbito nacional” no ha observado las formalidades ni ha cumplido con consig- nar adecuadamente, en los documentos denominados“Evaluación de Propuestas” de fecha 25 de abril de 2003 del Ítem 07 - Cusco y del Ítem 26 - Trujillo, los puntajes que realmente corresponden a la Evaluación Técnica y/o los montos incluidos en las Propuestas Económicas de algunos postores lo que causó una Evaluación Eco- nómica incorrecta, por error material, conforme se indi-ca en el Cuadro consignado en el Segundo Consideran- do de la presente Resolución Jefatural, contraviniéndo- se el artículo 68º del Reglamento del Texto Único Orde-nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, habiéndose incurrido en una de las causales de Nulidad previstas en el Texto Único Ordenado de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado; por lo que, resulta necesario declarar la Nulidad y retrotraer el citado Proceso de Selección, en lo que respecta a losÍtems 07- Cusco y 26 - Trujillo del Concurso Público Nº 002-2003-PRONAA, hasta la etapa de Evaluación de las Propuestas Económicas;